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  • El Consejo COLEF recibe el Premio Nacional a las Artes y las Ciencias Aplicadas al Deporte

    EL CONSEJO COLEF RECIBE EL PREMIO NACIONAL A LAS ARTES Y LAS CIENCIAS APLICADAS AL DEPORTE El Consejo COLEF recibe el Premio Nacional a las Artes y las Ciencias Aplicadas al Deporte, galardón que se concede a profesionales que en el ejercicio de su actividad hayan destacado por una obra o hayan contribuido a impulsar o difundir la actividad físico-deportiva de forma singular o a lo largo de su trayectoria. Este Premio es fruto del compromiso de cada una de las personas colegiadas que cada día hacéis que la profesión avance. Sin vosotras y vosotros, no sería posible el trabajo que se realiza. Hemos recorrido un gran camino, pero todavía queda mucho más por conquistar. A principios de 2019 el Consejo COLEF conocía la noticia de haber sido galardonado en los Premios Nacionales del Deporte 2018 con el Premio Nacional a las Artes y las Ciencias Aplicadas al Deporte. Este reconocimiento quedaba plasmado en la Resolución de 27 de febrero de 2019, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes. Hoy, día 2 de marzo de 2021 el presidente del Consejo COLEF, D. Vicente Gambau, acompañado por Dña. Sonia Herce, secretaria general, ha acudido al Palacio de El Pardo al acto de entrega de estos Premios, presidido por Sus Majestades los Reyes, D. Felipe y Dña. Leticia. El Premio Nacional a las Artes y las Ciencias Aplicadas al Deporte se concede a profesionales que en el ejercicio de su actividad hayan destacado por una obra o hayan contribuido a impulsar o difundir la actividad físico-deportiva de forma singular o a lo largo de su trayectoria. Por ello, este galardón cobra especial importancia para una organización con 73 años de historia, 43 desde su consolidación como Colegio Profesional al amparo de la Ley 2/1974, de 13 de febrero. El Consejo COLEF es una corporación de derecho público que representa a la Organización Colegial creada en 1978, integra 17 Colegios Oficiales autonómicos en los que se adscriben las educadoras y educadores físico deportivos, es decir, profesionales colegiados/as con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (actualmente, en España hay más de 64.000 personas con esta titulación o equivalente). Entre los fines del Consejo COLEF destacan: la ordenación y representación en el Estado español de las personas educadoras físico deportivas, la defensa de los derechos e intereses profesionales de la colegiación y velar por la protección de la salud y la seguridad de las personas que reciben cualquier tipo de servicio relacionado con la Educación Física y Deportiva. Este Premio no es solo mérito del Consejo COLEF, sino de todas las personas que han contribuido a él durante tantos años, las diferentes Comisiones Permanentes, las personas integrantes del Pleno, las Juntas de Gobierno de todos los COLEF y COPLEF del Estado español y, sobre todo, de TODA LA COLEGIACIÓN que, con su compromiso, hace que la profesión avance día a día. Sin vosotras y vosotros, no sería posible el trabajo que se realiza. Hemos recorrido un gran camino, pero todavía queda mucho más por conquistar. CEREMONIA COMPLETA DE ENTREGA DE LOS PREMIOS NACIONALES DEL DEPORTE 2018

  • Obesidad, COVID-19 y ejercicio físico. ¿Por qué todavía no se han tomado medidas?

    OBESIDAD, COVID-19 Y EJERCICIO FÍSICO. ¿POR QUÉ TODAVÍA NO SE HAN TOMADO MEDIDAS? La obesidad representa un factor de riesgo para la hospitalización y mortalidad por coronavirus. La ciencia lleva años demostrando que el ejercicio físico es importante para luchar contra ella. Sin embargo, la práctica físico-deportiva sigue sin tener la relevancia que merece, a pesar de que diferentes estudios sobre obesidad y COVID-19 la señalen como parte de la solución. Este año, en el Día Mundial de la Obesidad, es preciso señalar que las circunstancias actuales han agravado la denominada “pandemia del siglo XXI”. La urgencia y gravedad de lo que acontece de forma directa en torno al coronavirus ha hecho que, probablemente, nos despreocupemos de sus consecuencias indirectas, entre las que se encuentra el aumento de la obesidad y el empeoramiento de sus comorbilidades. En el último año se han publicado diversas evidencias científicas que parecen no haber tenido suficiente repercusión, a la vista de las políticas en materia de salud pública que se han llevado a cabo. La Sociedad Europea para el Estudio de la Obesidad (EASO) se posicionó desde abril del pasado año (Frühbeck et al., 2020), y ya advirtió que no solo «las personas con obesidad tienen un riesgo elevado de hospitalización, enfermedad grave y mortalidad», sino que las restricciones tienen consecuencias «para los comportamientos de salud y el bienestar», los cuales son determinantes para las enfermedades crónicas, y también para la obesidad. Desde hace meses sabemos que, en relación con la COVID-19, «las personas con obesidad severa tienen más riesgo de hospitalización, cuidados intensivos, ventilación mecánica y/o muerte, independientemente de otras comorbilidades» (Petrova et al., 2020). Diferentes meta-análisis lo han ido confirmando y, actualmente, la evidencia apunta claramente a que la obesidad representa un factor de riesgo para la hospitalización y mortalidad por coronavirus (Földi et al., 2020; Ho et al., 2020; Yang, Hu y Zhu, 2021). Un artículo elaborado por científicos de diversos países publicado en julio de 2020 (Dicker et al., 2020) resume perfectamente, en sus diferentes apartados, la relación entre la obesidad y la COVID-19: Las personas adultas con obesidad son propensas a la infección por COVID-19 y sus complicaciones. Las personas adultas con obesidad tienen un mayor riesgo de ser ingresadas ​​en unidades de cuidados intensivos (UCI) e intubación. Las personas adultas con obesidad tienen una carga viral más prolongada y un efecto de vacunación más bajo. Los determinantes sociales de la salud, el sesgo de peso y el estigma de la obesidad pueden afectar el comportamiento de los y las pacientes y los resultados de COVID-19. Además, dichos autores listan las barreras que supone la pandemia por coronavirus para el tratamiento de la obesidad, pero también proponen soluciones a éstas, entre las que se encuentra «facilitar y fomentar la actividad física de leve a moderada a través de estrategias e intervenciones relacionadas con COVID-19, incluida la modificación personalizada para aquellos con barreras y limitaciones físicas». De hecho destacan que «el ejercicio físico tiene un efecto antiinflamatorio y se ha demostrado que mejora el medio hormonal, aumenta la adiponectina y la sensibilidad a la insulina y disminuye los niveles de insulina y leptina, y mejora la función inmunológica». En un meta-análisis que publicaron investigadores de Hungría, Rumanía y Polonia en la prestigiosa revista ‘Obesity Reviews’, incluyendo un total de 24 estudios que relacionan la obesidad como un factor de riesgo para desarrollar una condición crítica en pacientes con COVID-19, señalaron como una de las implicaciones para la práctica futura que «sigue siendo importante apoyar la pérdida de peso y la actividad física regular» (Földi et al., 2020). De la misma manera, el investigador español Fabian Sanchís Gomar, del prestigioso Instituto de Investigación Sanitaria INCLIVA, junto con colaboradores de otros países, señalaron que «existe una gran cantidad de evidencia que respalda el papel de la actividad física o el entrenamiento para disminuir la inflamación en personas con sobrepeso u obesidad». Además, hacían una llamada a la acción indicando que «mantener el peso corporal y mantenerse en forma representan un objetivo crucial para posibles pandemias futuras» (Sanchis-Gomar et al., 2020). Por otra parte, un informe publicado recientemente alerta que el lugar de Europa donde más se ha engordado durante la pandemia por coronavirus es en España, con una media de 5,7 kg (Ipsos, 2021). Estos datos son los primeros que nos informan de la grave situación que se va a encontrar nuestro país cuando se analice lo que ha sucedido durante esta crisis sanitaria, más allá de las consecuencias directas. No olvidemos que el sobrepeso y la obesidad son precursores de otras muchas enfermedades crónicas. Por todo ello, deben tomarse medidas, cuanto antes, en relación con la promoción de estilos de vida activos. Las personas educadoras físico deportivas, como especialistas en ejercicio físico, somos imprescindibles para disminuir el sobrepeso y la obesidad en la sociedad española. Una vez más, reclamamos que nuestros servicios sean esenciales (ver Manifiesto), y que aquello a lo que instó el Congreso de los Diputados el pasado 18 de febrero se materialice en medidas concretas determinadas por normativas, tanto autonómicas como estatales.

  • Manifiesto por una Educación Física de Calidad en el desarrollo reglamentario de la LOMLOE

    MANIFIESTO POR UNA EDUCACIÓN FÍSICA DE CALIDAD EN EL DESARROLLO REGLAMENTARIO DE LA LOMLOE - Adhiérete al Manifiesto - - Descarga las creatividades o la versión pdf - Tras la modificación de la Ley Orgánica de Educación, se presenta una oportunidad única para que la normativa de desarrollo de la LOMLOE plasme las indicaciones de la UNESCO, las solicitudes del Consejo COLEF y los colectivos docentes del área de Educación Física, así como las reclamaciones que políticos de todos los partidos han realizado mediante proposiciones no de ley tanto en el Congreso de los Diputados como en los hemiciclos autonómicos. ¿Qué solicitamos? Conoce todo el argumentario y adhiérete al Manifiesto. «Al ser la única parte del currículo escolar dedicada a desarrollar la competencia y confianza de los alumnos en el deporte y la actividad física, la educación física proporciona una vía de aprendizaje de las competencias, las actitudes y los conocimientos necesarios para una actividad física y deportiva a lo largo de toda la vida; por lo tanto, deberían ser obligatorias en todos los grados y niveles de la educación clases de educación física de calidad e incluyentes, impartidas por profesores de educación física cualificados» (UNESCO, 2015). En 2015 la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) publicó la ‘Carta internacional de la educación física, la actividad física y el deporte’ y la ‘Guía para los responsables políticos’ sobre Educación Física de Calidad. Ambos documentos deberían haber servido para impulsar cambios en la sociedad, y en concreto en la política educativa. Sin embargo, en España, en el ámbito estatal, desde entonces no se han registrado apenas modificaciones en la política o en la normativa que tomasen en cuenta las directrices de la organización internacional de referencia en materia de Educación. Dos años más tarde, en 2017, el Consejo General de la Educación Física y Deportiva (Consejo COLEF) comenzó el ‘Proyecto para una Educación Física de Calidad en España’, iniciándose con el ‘Posicionamiento del colectivo de docentes del área de Educación Física’, al que se adhirieron tanto maestros/as de Primaria como profesorado de Secundaria, Bachillerato y Ciclos Formativos, así como personal investigador universitario del área de la docencia de la Educación Física. Los siete ítems contenidos en la propuesta, basados en la ‘Argumentación científica’ elaborada por multitud de personas expertas, a día de hoy siguen siendo solicitudes que no han sido atendidas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Este proyecto se completaba con otra serie de documentos para facilitar la labor de adaptación normativa: Aumento de horas de EF: Reparto horario opción A; Reparto horario opción B. Competencia corporal para la salud y calidad de vida: Secuenciación. Proyecto Deportivo de Fomento de la AF y Hábitos Saludables. Ese mismo año se registró en el Congreso de los Diputados la ‘Proposición no de Ley relativa al impulso de una Educación Física de calidad’, siendo finalmente aprobada el 21 de marzo de 2018 con el beneplácito de PSOE, Unidas Podemos, Ciudadanos y el Grupo Mixto (BOCG, nº D-337, pág. 31, 2018). Esta PNL instaba al Gobierno, desde la Comisión de Cultura y Deporte, a llevar a cabo las solicitudes planteadas en el Posicionamiento del Consejo COLEF. Durante 2016, 2017 y 2018 también se aprobaron proposiciones no de ley para promover la Educación Física de Calidad en las Asambleas y Parlamentos de Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, La Rioja, Comunidad de Madrid y Región de Murcia. Además, el pasado 2 de febrero de 2021 la UNESCO hacía «un llamamiento a la inversión en educación física de calidad para apoyar la recuperación post COVID-19», presentando dos nuevas publicaciones: ‘¿Cómo influir en el desarrollo de políticas de Educación Física de Calidad? Guía práctica de promoción de políticas para jóvenes’. ‘En defensa del desarrollo de políticas inclusivas de Educación Física de Calidad: Informe de políticas’. En palabras de Gabriela Ramos, Subdirectora General de Ciencias Sociales y Humanas de la UNESCO, «la educación física de calidad es la base de una vida más sana, feliz y productiva, y todo empieza en la escuela. Tiene el potencial de acelerar los esfuerzos de recuperación tras la COVID y puede ayudar a diseñar una "nueva normalidad"». Ahora, tras la modificación de la Ley Orgánica de Educación, se presenta una oportunidad única para que la normativa de desarrollo de la LOMLOE plasme las indicaciones de la UNESCO, las solicitudes del Consejo COLEF y los colectivos docentes del área de Educación Física, así como las reclamaciones que políticos de todos los partidos han realizado mediante proposiciones no de ley tanto en el Congreso de los Diputados como en los hemiciclos autonómicos. En virtud de todo lo anterior, el Consejo COLEF desea manifestar que: 1. La Educación Física escolar es la única asignatura en la que se contribuye a que el alumnado, además de adquirir las competencias esenciales, sea competente a nivel motriz para afrontar las tareas físicas a las que se enfrente durante toda su vida. Esta materia contribuye a formar ciudadanos y ciudadanas con la suficiente alfabetización motriz que les permita desempeñar las tareas motoras cotidianas con éxito y seguridad durante toda la vida, fomentando, a su vez, los hábitos de vida saludables que les hagan ser parte de una sociedad sostenible, contribuyendo así a su desarrollo integral. La Asociación Americana del Corazón, a través de la coalición ‘Physical Education for All Kids’, expuso de forma muy didáctica la importancia y la necesidad de la alfabetización motriz, que se vehicula a través de la Educación Física escolar, para todas las etapas de la vida. 2. La Educación Física escolar garantiza la equidad para alcanzar los niveles mínimos de actividad física que recomienda la Organización Mundial de la Salud (OMS). El estudio global más extenso realizado sobre Educación Física escolar, confirma la importancia de aumentar el tiempo dedicado a la asignatura a un mínimo de 3 clases semanales, para contribuir favorablemente a la adquisición de hábitos de vida saludables en el alumnado y, en concreto, que aumenten sus niveles de actividad física suficientemente para alcanzar las recomendaciones de la OMS (Uddin et al., 2020). Además, los autores de dicho estudio atendiendo a la variable sobre el nivel socioeconómico comprobaron que «adolescentes de vecindarios de alta pobreza pueden tener menos oportunidades de realizar actividad física fuera de la escuela en muchos países de ingresos altos». Ésta es una de las razones por las que se insiste en la importancia de la Educación Física escolar, pues tiene la capacidad de que sus beneficios lleguen a todo el alumnado, independientemente de su procedencia o sus características. Es decir, «las oportunidades para una Educación Física de Calidad deben ser equitativas e inclusivas y estar disponibles para todos/as los/as menores independientemente de su género, condición de discapacidad, posición socioeconómica y antecedentes culturales o religiosos». Los resultados de esta investigación confirman las evidencias previas que ya estaban señalando la necesidad de aumentar el tiempo dedicado a la Educación Física en la escuela con el fin de disminuir la inactividad física y el comportamiento sedentario (UNESCO, 2014; Chen, Kim y Gao, 2014; Sigmund et al., 2014; da Costa et al., 2017; Mooses et al., 2017; Silva et al., 2018; Silva, Chaput y Tremblay, 2019). La evidencia científica es contundente al respecto, ya que la inactividad física es una de las principales causas de, al menos, 35 enfermedades crónicas (Booth, Roberts y Laye, 2012). Por tanto, aumentar la Educación Física escolar es una cuestión de salud pública. De hecho, la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública materializa en su preámbulo, de forma explícita, el ejercicio físico como constructo determinante de la salud. Por último, no debemos obviar que la Educación Física escolar debe ser fomentada y promovida en cumplimiento del artículo 43.2 de la Constitución Española -«Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios»-, pues hay suficientes evidencias que señalan su relación con la salud no solo de la población infantil y adolescente, sino de la ciudadanía en general. 3. El alumnado de Formación Profesional Básica y de Grado Medio tiene el mismo derecho de acceso a una Educación Física de Calidad que el resto de adolescentes de sus mismas edades que estudian Secundaria y Bachillerato. La propia Ley de Educación señala que la FP Básica tiene como fin «evitar la segregación del alumnado por razones socioeconómicas o de otra naturaleza» (artículo 30.1, LOE), haciendo ver la vulnerabilidad y el riesgo de exclusión de estos/as adolescentes. Estudios como el de Moreno Guerrero, 2018 confirman tal afirmación. Este autor exploró el perfil del alumnado que cursaba FP Básica en Ceuta y concluyó que esta población presentaba niveles altos de inadaptación debido a varios factores. Esta alternativa educativa debe prepararles para continuar su formación y en el futuro para su desempeño laboral. Pero, sobre todo, no debe olvidarse que debe proporcionarles los mismos derechos como ciudadanos y ciudadanas que los adquiridos en las etapas de Secundaria y Bachillerato: el acceso a la Educación Física es un derecho fundamental, tal y como se expresa en el artículo 1 de la Carta Internacional de la UNESCO (2015). Teniendo en cuenta la situación de vulnerabilidad de este alumnado, y conociendo las evidencias sobre la estrecha relación entre los menores niveles educativo y socioeconómico con la menor participación en la práctica físico-deportiva (Bantham et al., 2020; Guedes Martins et al., 2020), los poderes públicos deben ofrecerles una vía equitativa, como es la Educación Física, que les permita acceder a los niveles mínimos de actividad física que protejan su salud. De la misma manera, el alumnado de los Ciclos Formativos de Grado Medio debería tener las mismas oportunidades para continuar con su desarrollo integral, adquiriendo competencias motrices y hábitos de vida saludables para toda la vida, igual que el resto de escolares de su misma edad. Por otra parte, la Educación Física repercute positivamente en la adquisición de habilidades propias del desempeño laboral, a través de situaciones de aprendizaje y control motor aplicadas. También la prevención de riesgos laborales debería ser parte del contenido específico que aportaría la materia en este tipo de enseñanzas, tanto de Grado Básico como de Grado Medio, ya que el manejo de cargas, la higiene postural y la formación en primeros auxilios son esenciales. De hecho, la evidencia científica ha demostrado que la actividad física laboral no es beneficiosa, e incluso puede aumentar en un 18% el riesgo de mortalidad temprana (Coenen et al., 2018). Esto quiere decir que en estos Ciclos Formativos se hacen aún más necesarios los conocimientos señalados anteriormente, especialmente para el alumnado que se forma en ocupaciones activas, incidiendo también en una orientación adecuada sobre la importancia de la actividad física en el tiempo libre, la cual es beneficiosa para la salud, revirtiendo así los efectos de los trabajos físicamente exigentes. En este sentido, debe tenerse en cuenta que la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales hace especial mención a que «las Administraciones públicas promoverán la mejora de la educación en materia preventiva en los diferentes niveles de enseñanza y de manera especial en la oferta formativa correspondiente al sistema nacional de cualificaciones profesionales». Por tanto, ha lugar a que la Educación Física cobre especial importancia como parte de la formación en los Ciclos Formativos. 4. La Educación Física en Bachillerato debería contemplarse como una oportunidad para hacer descender la tasa de abandono de la práctica físico-deportiva, así como una materia fundamental para la orientación académica de multitud de estudiantes. La tasa de abandono de la práctica físico-deportiva durante la adolescencia es preocupante, especialmente en Bachillerato, cifrándola algunos autores en el 35,5% y aludiendo como motivo principal la falta de tiempo (Macarro Moreno, Romero Cerezo y Torres Guerrero, 2010). El drástico descenso de los niveles de actividad física en el final de la etapa adolescente debería ser un problema de primer orden a solucionar, y la Educación Física escolar en 2º de Bachillerato podría tener como objetivo ofrecer al alumnado las estrategias adecuadas para seguir manteniendo estilos de vida activos a pesar de las barreras, como la ya citada “falta de tiempo”. Por otra parte, esta materia es fundamental para aquellos y aquellas cuya orientación formativa en Ciclos Formativos de Grado Superior se dirige a la familia de las actividades físicas y deportivas, para quienes deciden estudiar el grado universitario en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (en 2019 lo impartían 51 facultades, con un total de 5.157 plazas), o incluso para todos los que estudiarán carreras de Ciencias de la Salud en las que, cada vez más, se integran contenidos sobre ejercicio físico. 5. Es imprescindible una nueva definición y actualización de los elementos curriculares de la materia de Educación Física, para acercarlos a la realidad del trabajo en las aulas. Es necesario cambiar el enfoque enciclopédico del currículo de la materia y concretar los contenidos y aprendizajes esenciales que tiene que adquirir el alumnado en cada nivel educativo, en relación con los ejes básicos de aprendizaje de la materia: desarrollo motriz, estilos de vida activos, hábitos saludables, conocimiento de las actividades físico-deportivas, riesgos asociados a la práctica físico-deportiva, principios cívicos y valores sociales, comportamiento personal y social responsable, etc. Todo ello adecuando su extensión a un necesario incremento de la carga lectiva de la materia. Es imprescindible definir las competencias específicas que tiene que adquirir el alumnado a través de la materia de Educación Física en cada nivel educativo, así como la contribución de la misma en la adquisición de las competencias esenciales. Además, es básico establecer unos criterios de evaluación que garanticen una continuidad en el aprendizaje entre los diferentes niveles de una manera inclusiva. La concreción de estos criterios debe ir asociada a la recomendación de una serie de propuestas en enfoques metodológicos y evaluativos contrastados científicamente que descarten otros que, en la actualidad, se continúan observando vinculados a la tradición y que nada tiene que ver con las metas que se pretenden alcanzar. En este sentido, la orientación del desarrollo curricular se antoja clave para llevar a cabo una Educación Física de Calidad. La educación para la salud y no hacia el rendimiento, sólo es una de las aportaciones de esta materia, y debe quedar claramente reflejado para evitar interpretaciones erróneas que nada tiene que ver con las competencias de ésta en el ámbito educativo y su aportación al desarrollo integral que se pretende. De hecho, tal es la contribución de la materia al desarrollo integral del alumnado, las competencias clave/esenciales y la prevención del abandono escolar temprano, que son numerosas las investigaciones que relacionan la educación física con mejores resultados académicos (Álvarez-Bueno et al., 2017). Por último, debe destacarse que es una área curricular que actúa de forma decisiva en el logro de las competencias básicas por la gran riqueza de contenidos que genera en contextos y situaciones reales y cotidianas. Esta versatilidad, conjugada con un enfoque globalizador que lleva implícita, otorga a la Educación Física un lugar privilegiado en el desarrollo de las personas a lo largo de la vida, ofreciendo aprendizaje integral, permanente y saludable. 6. La Educación Física escolar debe impartirse por verdaderos/as especialistas que cuenten con una formación de base lo suficientemente robusta para garantizar la calidad, así como proteger la salud y seguridad del alumnado. Debe tenerse en cuenta que la actividad físico-deportiva es beneficiosa para la salud siempre que ésta sea realizada en ciertas condiciones y concurriendo determinados factores, los cuales podrán determinar que la actividad sea potencialmente beneficiosa para la salud o bien, potencialmente perjudicial. Así, según el tipo de actividad y las medidas preventivas que se hayan interpuesto, será susceptible de una mayor o menor peligrosidad, y derivará en una mayor o menor probabilidad de lesión. En este sentido, la realización de ciertas actividades susceptibles de generar un riesgo para la salud, como también lo son las actividades físico-deportivas, precisan de la intervención de un tercero con una formación contrastada, considerando que siempre será adecuada toda formación oficial y reglada, cuya competencia y capacitación actúa como garantía de que la realización o dirección de las actividades no será lesiva. Por eso, la UNESCO en su Carta internacional de 2015 señala que todo el personal docente de Educación Física «debe tener las cualificaciones, la formación y el perfeccionamiento profesional permanente apropiados». Además, en la Guía para responsables políticos (UNESCO, 2015) esta organización internacional de referencia indica lo siguiente: La cualificación del personal docente es un indicador de referencia para una Educación Física de Calidad. El personal docente de Educación Física «al terminar su formación, deben contar con una sólida base teórica, arraigada en un enfoque positivo de la relación entre salud y estilo de vida y basado en fortalezas». «Es vital disponer de un mayor número de docentes cualificados para afrontar el actual déficit de especialistas en educación física, particularmente en las escuelas de primaria/elemental». En España, la Ley 77/1961, de 23 de diciembre, sobre Educación Física preveía la importancia de la cualificación y en su artículo noveno regulaba que «el personal docente de Educación Física deberá poseer el título correspondiente de la especialidad, expedido por el Instituto Nacional de Educación Física o Escuelas oficialmente reconocidas». Es más, el Real Decreto 2957/1978, de 3 de noviembre, reconocía la colegiación obligatoria para la profesión de ‘Profesor/a de Educación Física’ (en la que se integraban, al igual que ahora, todas las actividades de la misma, incluida la docencia), señalando que: «Para ejercer la profesión de Profesor de Educación Física, ya sea particularmente o al servicio de cualquier empresa o entidad no estatal, será condición obligatoria, además de cumplir todos los requisitos que las leyes y disposiciones vigentes prescriban, pertenecer al Colegio Oficial de Profesores de Educación Física o, en su caso, a los Colegios de ámbito territorial reducido que en su día se constituyan». Esto mismo se ratificó por el Tribunal Constitucional mediante la Sentencia 194/1998, de 1 de octubre, partiendo de la trascendencia de los actos profesionales de los/as educadores/as físico deportivos/as en la salud y en la integridad física de quienes reciben servicios de Educación Física y Deportiva: «Por último, también desde la perspectiva de la actividad profesional desarrollada puede justificarse la legitimidad de la adscripción obligatoria de los Profesores de Educación Física. En punto a la valoración de la trascendencia de la actividad que los mismos desempeñan hay que recordar que la propia Constitución contiene un mandato a los poderes públicos para que fomenten «la educación física y el deporte» (art. 43.3 C.E.) y que ambas actividades aparecen, por otra parte, estrechamente vinculadas con la salud --a la que se refiere el apartado 1 del mismo art. 43 C.E.--. De suerte que no sólo son un medio para su mantenimiento, sino que permite evitar las repercusiones negativas que sobre la misma puede tener un ejercicio no adecuado de las diversas actividades físicas y deportivas, especialmente en aquellos deportes cuyo ejercicio conlleva un riesgo muchas veces no pequeño. Sin que pueda, por otra parte, desconocerse la importancia y valoración cada vez mayor de estas actividades, a las que los poderes públicos vienen respondiendo con el establecimiento de nuevas exigencias de cualificación para los profesionales dedicados a las mismas y, de modo especial, para quienes tienen como función la de docentes de esta materia en los centros de enseñanza. Debe, además, tenerse en cuenta que los destinatarios de tales actividades son, en una buena parte de los casos, menores de edad, y ello redunda en unas mayores exigencias de preparación y responsabilidad para quienes asumen dicha docencia. Razones que en el presente caso legitiman la norma que impone dicha colegiación obligatoria para el ejercicio de la profesión». Ahora bien, por todo ello, no se entiende que en las últimas décadas los cambios normativos en el sistema educativo hayan obviado estas cuestiones, haciendo que para el acceso a la docencia de Educación Física no existan requisitos de acceso suficientes que protejan la salud y la integridad de los/as menores. En el caso de Primaria la formación de maestros/as se ha mermado hasta quedar en una mención que en muchas universidades se limita a 30 ECTS. En el caso de Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional, no existe limitación en la titulación de base para acceder a la docencia, tanto en centros públicos como en privados. Cualquier persona con cualquier titulación universitaria de licenciatura, ingeniería, arquitectura o grado, con el posgrado de formación pedagógica, podría trabajar como profesor/a de Educación Física en un centro privado o presentarse a las oposiciones. En un intento por salvaguardar la integridad de la población adolescente, desde las Comunidades Autónomas, en uso de sus competencias, han intentado limitar qué titulados/as podrían optar al interinaje a través de las resoluciones, órdenes y decretos correspondientes. Sin embargo, en muchos casos tampoco lo han limitado adecuadamente a la única titulación universitaria que otorga las competencias para la enseñanza de la Educación Física: el grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (BOE-A-2018-12774). Es urgente solucionar este problema, que atañe no solo a los procesos de aprendizaje de la población infantil y adolescente, sino también a su salud y su integridad física, siendo ésta última un derecho fundamental según el artículo 15 de la Constitución Española. Por todo ello SOLICITAMOS: Que se alcancen al menos 3 horas semanales de Educación Física escolar en todas las etapas educativas, como medida equitativa e inclusiva para la alfabetización motriz y la disminución de la inactividad física y el sedentarismo. Que se introduzca la materia de Educación Física en los Ciclos de Formación Profesional de Grado Básico y Medio, como una medida necesaria para atender a sus derechos fundamentales, promover su salud y prevenir futuros riesgos derivados de las ocupaciones laborales en las que se están formando. Que en 2º de Bachillerato se incorpore la Educación Física como materia obligatoria con el fin de frenar la tasa de abandono de la práctica físico-deportiva en esta etapa, así como por la cada vez mayor orientación del alumnado hacia titulaciones de FP y universitarias de la educación física, la actividad física y el deporte, o que integran contenidos relacionados. Que los elementos curriculares que se establezcan en la normativa de desarrollo de la LOMLOE sean actualizados, consensuados y den orientaciones claras a todo el personal docente de la materia de Educación Física. Que el personal docente de la materia tenga las competencias, la formación inicial y el desarrollo profesional continuo apropiados para el desarrollo cabal y la seguridad de todas las personas a su cargo (UNESCO, 2015). En Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional debe ser requisito obligatorio para el ejercicio de la docencia de Educación Física la titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. ¡ADHIÉRETE AL MANIFIESTO! Puedes sumarte a nuestras solicitudes para que los responsables políticos escuchen nuestras voces y, por fin, hagan que España cuente con una Educación Física de Calidad. Tanto si eres una entidad o un organismo, un centro educativo, la persona responsable del departamento o una persona física, únete. - Descarga las creatividades del Manifiesto - Ya puedes adherir a tu centro educativo al DEFC 2021, que se celebrará el próximo 28 de abril y este año reivindica este Manifiesto. Con C de Calle, Centro educativo o Casa, según te permitan las circunstancias, pero que todo el mundo nos oiga reclamar una Educación Física de Calidad.

  • #RegulaciónProfesionalYA y esencialidad de la AFD en la reunión de presidencias de COLEF y COPLEF

    LAS PRESIDENCIAS DE LOS COLEF Y COPLEF AUTONÓMICOS INFORMAN DE QUE SUS GOBIERNOS AUTONÓMICOS TAMBIÉN QUIEREN UNA LEY ESTATAL DE #REGULACIÓNPROFESIONALYA El trabajo que se hace desde los COLEF y COPLEF autonómicos es esencial para que las solicitudes estatales del Consejo COLEF se hagan efectivas. Por eso, las presidencias de los Colegios expusieron los trabajos que están llevando a cabo para que sus gobiernos autonómicos impulsen la ley estatal de #RegulaciónProfesionalYA, así como de las acciones relacionadas con la esencialidad de la actividad física y el deporte. El Consejo COLEF convocó a las presidencias de los COLEF y COPLEF autonómicos en reunión telemática para informar sobre diversos asuntos que se están llevando a cabo desde las corporaciones colegiales. El encuentro, celebrado el pasado sábado 20 de febrero de 2021, vía telemática, trató fundamentalmente la actualidad, desde el reconocimiento de la esencialidad de los servicios de educación física, actividad física y deporte, hasta la ordenación profesional impulsada por el Consejo Superior de Deportes. Vicente Gambau, presidente del Consejo COLEF, expuso todas las acciones que se habían llevado a cabo para conseguir que finalmente se aprobase en el Congreso de los Diputados que se inste a declarar la actividad física y el deporte como actividad esencial (ver noticia): Elaboración y publicación del Manifiesto. Envío del documento a todos los agentes de interés. Reuniones con los grupos parlamentarios. Difusión de la presentación de la Proposición no de ley y apoyo a la misma. Negociaciones para su aprobación. El presidente del Consejo COLEF animó a todos los Colegios autonómicos, si todavía no lo hubieran hecho, a tomar el Manifiesto con el fin de animar a los grupos políticos de sus Asambleas y Parlamentos a presentar también PNL, promover su aprobación y fomentar cambios normativos que contemplen las solicitudes de dicho documento. La ordenación profesional fue otro de los asuntos centrales de la reunión, interviniendo varias de las presidencias de los COLEF y COPLEF autonómicos para comentar cuáles parecía que iban a ser las posiciones de sus respectivos gobiernos autonómicos en relación con la futura ley estatal. Las direcciones y secretarías generales competentes en materia de deporte de las diferentes Comunidades Autónomas parecen estar de acuerdo con la necesidad de una ley armonizadora y que sea un paraguas para la normativa autonómica. También se anunció que el próximo 2 de marzo de 2021 el Consejo COLEF recogerá, por fin, el Premio Nacional a las Artes y las Ciencias Aplicadas al Deporte, que el Consejo Superior de Deportes otorgó en 2018 a esta corporación colegial. Por último, se informó que el 94º Pleno del Consejo COLEF sería también virtual, como el anterior, debido a la situación de la pandemia, y se celebrará el próximo 17 abril. Para el siguiente Pleno, que se convocará a final de año, si la crisis sanitaria lo permite, tendrá como sede Zaragoza, pues a la par se desarrollarán otra serie de eventos en la ciudad organizados por el Consejo COLEF, como es el Meeting de EUPEA de 2021.

  • El proyecto de real decreto que actualiza la Org. Colegial en Audiencia e información pública

    EN TRÁMITE DE AUDIENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA EL PROYECTO DE REAL DECRETO QUE ACTUALIZARÁ LA ORGANIZACIÓN COLEGIAL Y FACILITARÁ LA IDENTIFICACIÓN DE LA PROFESIÓN EN LA #REGULACIÓNPROFESIONALYA - Acceso al trámite de Audiencia e información pública - En marcha el siguiente paso de la actualización jurídica del Consejo COLEF y sus Colegios: publicada la Audiencia e información pública del proyecto de real decreto por el que se modifica su denominación y se aprueban sus nuevos Estatutos Generales. La publicación definitiva de esta norma será de suma importancia para la correcta identificación de la profesión y facilitará la ordenación profesional. La tramitación del proyecto de real decreto de cambio de denominación y nuevos Estatutos Generales del Consejo COLEF y sus Colegios se encuentra en las últimas fases, tal y como se explicó de forma detallada en la nota ‘Aspectos clave sobre la denominación: educadores/as físico deportivos/as’, publicada el pasado 11 de febrero de 2021. Haciendo un repaso cronológico, en el 88º Pleno (Las Palmas de Gran Canaria, noviembre 2018) y en el 89º Pleno (Toledo, marzo 2019) se aprobaron el cambio de denominación y los nuevos Estatutos Generales respectivamente. Con esto, las fases de este proceso, competencia de la Organización Colegial, daban paso a las correspondientes al Gobierno, tal y como se refleja en la Ley de Colegios Profesionales. Debe recordarse que el Consejo COLEF tiene un funcionamiento democrático y, como tal, las decisiones adoptadas se debaten y votan en el seno de su máximo órgano de representación: el Pleno, integrado por 55 personas de las Juntas de Gobierno de todos los COLEF y COPLEF autonómicos. Desde entonces, el proyecto de real decreto ha pasado diferentes trámites en el Consejo Superior de Deportes (CSD), el Ministerio de Cultura y Deporte, e incluso en el Ministerio de Presidencia a través de la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa. Los procedimientos relativos a los cambios estatutarios de los Consejos Generales pasan por muchos trámites, y también tienen una gran demora, como informa Unión Profesional a través de su ‘Informe de seguimiento sobre la situación de los Estatutos Generales de las profesiones colegiadas’ (2018). En noviembre de 2019 dicho proyecto de real decreto superó la consulta pública previa. Ahora, el Ministerio de Cultura y Deporte ha iniciado la Audiencia e información pública, que estará abierta desde el día 19 de febrero hasta el 11 de marzo de 2021. Con este trámite finalizarán los procesos de información y participación pública, y estará más cerca de su publicación. La publicación definitiva de este real decreto permitirá la actualización jurídica del Consejo COLEF y de todos sus Colegios autonómicos (COLEFs y COPLEFs), de forma normalizada y adaptada a la realidad actual, especialmente en materia de transparencia y digitalización. Este proceso se ha intentado impulsar en diversas ocasiones debido a la necesidad de normalizar la situación jurídica de la Organización Colegial. Cuatro décadas después del Reglamento de 1981 que, como señala la propia provisionalidad con la que se publicaba, debía haber sido transitorio durante un breve periodo de tiempo (Real Decreto 2353/1981, de 13 de julio) el Consejo COLEF y sus Colegios siguen aplicando dicho Reglamento y unos Estatutos de Colegio Nacional que, además de su completa desactualización, tienen un dificultoso encaje ante una estructura colegial completamente diferente a la de 1978. Esto provoca inseguridad jurídica para las 18 corporaciones colegiales, para todos los cargos de los diferentes órganos de gobierno, para la colegiación y, en especial, para la ciudadanía, pues no se concretan por normativa los accesos y vías de reclamación. De hecho, la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) emitió un escrito dirigido al Consejo COLEF, con fecha 20 de junio 2011, instando a la actualización estatutaria en cumplimiento de la normativa vigente. Más tarde, en 2013, dicho organismo remitió de nuevo advertencias, en este caso a diversos Colegios autonómicos, en el mismo sentido. Por otra parte, el cambio de denominación facilitará la identificación de la profesión en la futura ley de ordenación profesional que está proyectando el CSD. La denominación actual de la profesión, ‘licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte’ (Real Decreto 1641/1999, de 22 de octubre) tiene como antecedente la denominación de ‘Profesores de Educación física’ (Real Decreto 2957/1978, de 3 de noviembre). Sin embargo, una nomenclatura de profesión que corresponde con títulos extinguidos, tal y como ya advirtiera la CNMC en sus informes sobre los colegios profesionales (2008 y 2012), «en muchos casos no se define en qué consiste la profesión que se está regulando, sino que simplemente su nombre coincide con el de la titulación exigida. Ello provoca que no quede claro qué funciones o actividades se están reservando, generando así litigiosidad entre profesionales e incertidumbre para los usuarios». Por tanto, la publicación de este proyecto de real decreto es sumamente importante para que la ley de ordenación profesional no obvie la existencia de una profesión, reconocida jurídicamente desde 1978, con el rango de profesión regulada, titulada y colegiada. Esperamos que, tras esta Audiencia e información pública, las siguientes fases se realicen con premura, para que el proyecto de real decreto llegue lo antes posible al Consejo de Ministros, con el objeto de que su aprobación definitiva permita a la Organización Colegial un funcionamiento normalizado como profesión y tenga sus efectos positivos sobre la ordenación profesional.

  • Se aprueba en el Congreso que la actividad física y el deporte se declaren esenciales

    SE APRUEBA EN EL CONGRESO QUE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE SE DECLAREN ESENCIALES La Comisión de Cultura y Deporte del Congreso de los Diputados aprueba la ‘Proposición no de ley relativa a la urgente necesidad de declarar la actividad física y deporte como actividad esencial tras la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19’, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, tras haber aceptado una enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Socialista. La Comisión de Cultura y Deporte del Congreso de los Diputados ha debatido y votado en el día de hoy la ‘Proposición no de ley relativa a la urgente necesidad de declarar la actividad física y deporte como actividad esencial tras la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19’ (Núm.Exp. 161/001821), resultando finalmente aprobada por 25 votos a favor y 12 abstenciones. La PNL, registrada el 11 de diciembre de 2020 por el Grupo Parlamentario Popular, ha suscitado controversia entre los diferentes partidos, como se pudo comprobar en el debate de la Moción similar debatida y votada el pasado martes en el Senado. En esta ocasión, las negociaciones entre el Grupo Parlamentario Socialista y los Populares, con el fin de integrar una enmienda transaccional que modifica en algunos puntos el texto, han sido fructíferas, dando como resultado el apoyo del PSOE sobre la iniciativa propuesta por el PP. El texto finalmente aprobado ha sido el siguiente: «En el marco de una declaración de estado de alarma como consecuencia de una emergencia sanitaria, siempre que las circunstancias sanitarias lo aconsejen, valorar con el resto de autoridades competentes si las hubiere: El reconocimiento, de la Actividad Física y Deporte como “Actividad Esencial” por ser y tener un claro beneficio para la salud de las personas que lo practican, haciendo énfasis en su esencialidad desde el contexto de la pandemia sanitaria del COVID-19, dentro del marco de la declaración de la actividad física y el deporte como una cuestión de interés general, aprobada el pasado mes de octubre en la Comisión de Cultura y Deporte del Congreso de los Diputados. Adoptar las medidas necesarias para garantizar la protección y continuidad de los servicios profesionales prestados en el ámbito de la práctica de la actividad física y deportiva y dirigidos al conjunto de la sociedad. Garantizar a las personas que requieran una especial atención, por razón de la edad, capacidad física o psíquica, o patologías, que sigan recibiendo los servicios de ejercicio físico prestados por personal con cualificación en actividad física y deporte. Expedir certificados para la práctica físico-deportiva supervisada por personal con cualificación en ejercicio físico y deporte, para los casos en que sea necesario acreditar el desplazamiento de las personas que practiquen la actividad física y deporte. Este reconocimiento se verá solamente alterado de manera excepcional cuando las circunstancias sanitarias lo hagan necesario e imprescindible.» A pesar del apoyo mayoritario de los diputados y diputadas de la Comisión, y agradeciendo la aprobación de esta PNL basada en el Manifiesto elaborado y publicado por el Consejo COLEF en el pasado mes de noviembre, tras escuchar algunas intervenciones debe recordarse que: Las políticas públicas deben preocuparse de la práctica físico-deportiva de la ciudadanía, más allá de la realizada en el ámbito federado, pues de otra manera solo se estaría protegiendo al 8% de la población. La actividad físico-deportiva es beneficiosa para la salud siempre que ésta sea realizada en ciertas condiciones y concurriendo determinados factores, los cuales podrán determinar que la misma sea potencialmente beneficiosa para la salud o bien, potencialmente perjudicial. Está demostrado científicamente que la práctica físico-deportiva no supervisada es menos efectiva que aquella supervisada por profesionales cualificados/as (Mazzetti y cols., 2000; Storer y cols., 2014; Lacroix y cols., 2016; Fennell, Peroutky y Glickman, 2016). La supervisión en la práctica físico-deportiva juega un papel fundamental para reducir el riesgo de lesiones (Faigenbaum y Myer, 2010; Gray y Finch, 2015). Por otra parte, esperamos que esta iniciativa cobre la relevancia que se merece y que sirva para que tanto el Gobierno de España como los diferentes Gobiernos autonómicos ofrezcan alternativas al cierre de instalaciones, como las que el propio Consejo COLEF propone, facilitando espacios públicos al aire libre a todas las entidades y profesionales para que sigan prestando sus servicios, o expidiendo certificados a las personas que necesiten desplazarse para la práctica físico-deportiva, especialmente a aquellas para las que los programas de ejercicio físico sea una herramienta coadyuvante a los tratamientos de carácter sanitario. Conoce las iniciativas presentadas en las CCAA sobre la esencialidad de la actividad física y del deporte: https://www.consejo-colef.es/post/pnl-actividad-esencial-congreso

  • PowerFrail: la app para evaluar la potencia muscular y fragilidad de nuestros mayores

    POWERFRAIL: LA APP PARA EVALUAR LA POTENCIA MUSCULAR Y FRAGILIDAD DE NUESTROS MAYORES PowerFrail es una app basada en la evidencia científica diseñada para evaluar la potencia muscular y la fragilidad de las personas mayores en el ámbito clínico y otros ámbitos relacionados con la salud. PowerFrail es la primera aplicación con base científica que te permite evaluar la potencia muscular y la fragilidad de las personas mayores de manera sencilla, aportando, además, recomendaciones individualizadas sobre qué contenidos deben ser mejorados y qué tipo de actividad física debe realizarse para alcanzar unos niveles saludables. Esta app ha sido desarrollada gracias a la colaboración del grupo GENUD Toledo (Facultad de Ciencias del Deporte; Universidad de Castilla-La Mancha) y al grupo del Estudio Toledo de Envejecimiento Saludable (Hospital Virgen del Valle; Complejo Hospitalario de Toledo), ambos pertenecientes al Centro de Investigación Biomédica en Red de Fragilidad y Envejecimiento Saludable (CIBERFES) del Instituto de Salud Carlos III. Te permite evaluar la potencia muscular y la fragilidad de forma rápida, sencilla y fiable gracias a dos herramientas validadas científicamente: 1) el test de potencia STS, que evalúa la potencia muscular de las extremidades inferiores durante el ejercicio de levantarse y sentarse de la silla (Alcázar et al., 2018); y 2) el test de fragilidad FTS-5, que evalúa el grado de fragilidad mediante 5 sencillos ítems: índice de masa corporal, equilibrio, fuerza manual, velocidad de la marcha y actividad física (García García et al., 2020). La Organización Mundial de la Salud ha declarado que el principal objetivo de los sistemas de salud con respecto a las personas mayores debe ser el mantenimiento y desarrollo de la capacidad funcional de éstas. Tanto la potencia muscular como la fragilidad son dos de los aspectos más relevantes para la consecución de un envejecimiento saludable por parte de las personas mayores. De tal modo que unos niveles bajos de potencia muscular y un alto grado de fragilidad se encuentran estrechamente relacionadas con multitud de eventos adversos en las personas mayores: caídas, dependencia, hospitalización e incluso la muerte. Por ello, la detección a tiempo de aquellas personas mayores en riesgo de baja potencia y fragilidad debe ser prioritaria, con el objetivo de elaborar un plan de abordaje que permita revertir el devenir de una enfermedad o evento adverso en el colectivo de personas mayores. Gracias a PowerFrail podrás detectar si una persona mayor presenta una potencia muscular deteriorada y si tiene o no fragilidad. Además, gracias a un algoritmo de decisión, PowerFrail te aportará recomendaciones individualizadas de ejercicio físico en base al déficit específico presentado. Ésta es una aplicación pensada para ser implementada en el día a día de las consultas de geriatría, aunque también puede ser utilizada por cualquier educador físico deportivo que trabaje con personas mayores y cuyo objetivo sea la mejora de la capacidad funcional y calidad de vida de los mismos. - Descarga PowerFrail, ya disponible para Android -

  • La esencialidad de la actividad física y el deporte a debate en el Congreso

    LA ESENCIALIDAD DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE A DEBATE EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS ESTE JUEVES Este jueves 18 de febrero se debatirá y votará en la Comisión de Cultura y Deporte del Congreso de los Diputados la ‘Proposición no de Ley relativa a la urgente necesidad de declarar la actividad física y deporte como actividad esencial tras la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19’, basada en el Manifiesto elaborado y publicado por el Consejo COLEF el pasado mes de noviembre. La segunda ola de la pandemia trajo aparejado el cierre de centros y servicios del sector de la educación física, la actividad física y el deporte. Ante aquella situación, el Consejo General de la Educación Física y Deportiva (Consejo COLEF) se movilizó, elaborando y publicando un Manifiesto en el que constaban una serie de solicitudes para que la prestación de servicios a cargo de profesionales y técnicos cualificados, se reconociese como actividad esencial. Este Manifiesto, publicado el 9 de noviembre de 2020 por el Consejo COLEF, se ha utilizado por los Colegios autonómicos integrantes en la Organización Colegial para que las solicitudes estatales también se compartieran por los representantes políticos de las Comunidades Autónomas y, desde los diferentes gobiernos y parlamentos, se buscase una solución para declarar los servicios de la EF, la AF y el deporte, prestados por personal cualificado, como esenciales. Las argumentaciones integradas en dicho documento, así como todo lo señalado en una nota previa del Consejo COLEF publicada el 23 de octubre de 2020 en la que se incluían referencias sobre el papel del ejercicio físico como una herramienta frente a la COVID-19, se han empleando por organizaciones y personas no solo de España, sino también de muchos otros países, como base para defender las actividades físico-deportivas como parte fundamental en la lucha contra la pandemia. Tras la publicación del Manifiesto, el Consejo COLEF solicitó reunión a diferentes agentes de interés con el fin de exponerles las solicitudes e impulsar acciones para la consecución de los objetivos planteados. Varios grupos parlamentarios se interesaron por el trabajo del Consejo COLEF, incluso los que forman parte del Gobierno. Finalmente, en diciembre, el PP registró una Proposición no de ley que incluye en su exposición de motivos parte de la argumentación del Consejo COLEF, e insta al Gobierno a abordar varias de las solicitudes indicadas en el Manifiesto de la corporación colegial. De la misma manera, también el PP registró el 10 de diciembre en el Senado una 'Moción por la que se insta al Gobierno a reconocer como actividad esencial la prestación de servicios de educación física, actividad física y deporte, a cargo de profesionales y técnicos cualificados, así como a garantizar dichos servicios a las personas que requieran especial atención' (661/000714). El grupo parlamentario Ciudadanos también presentó recientemente, el 05/02/2021, una Proposición no de ley en el Congreso (161/002019) en la que, además de instar al Gobierno considerar la práctica deportiva como una actividad esencial, solicita la reducción del IVA de los servicios del sector. Esta PNL incluye, de forma genérica, las solicitudes de la PNL sobre la declaración de actividad esencial mencionada anteriormente y de otra PNL sobre la reducción del IVA presentada por Vox en octubre de 2020 (161/001625). La ‘Proposición no de Ley relativa a la urgente necesidad de declarar la actividad física y deporte como actividad esencial tras la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19’ (161/001821) presentada por el PP se debatirá y votará en la Comisión de Cultura y Deporte del Congreso de los Diputados este jueves 18 de febrero de 2021. Esperamos que esta PNL corra mejor suerte que la Moción debatida en el Senado, pues en el día de hoy ha sido rechazada en Comisión (ver vídeo de intervenciones). Teniendo en cuenta que todos los grupos parlamentarios con los que ha hablado el Consejo COLEF se han mostrado favorables al Manifiesto, y que varios partidos políticos están instando a sus gobiernos autonómicos a que los servicios de práctica físico-deportiva se declaren esenciales, se espera que sea unánime el pronunciamiento a favor de esta PNL que, además, propone soluciones para la prestación de servicios por personal cualificado en el marco de la pandemia frente a las restricciones decretadas. Este movimiento por la declaración de los servicios de EF, AF y deporte como esenciales, gracias a la labor de los COLEF tomando el Manifiesto estatal para sus solicitudes autonómicas, ha tenido repercusión en las acciones parlamentarias de diferentes CCAA: LA RIOJA: 10L/PNLP-0199. Proposición no de ley en Pleno relativa a que el Parlamento de La Rioja inste al Gobierno riojano a solicitar al Gobierno de España la declaración del deporte como actividad esencial en todos sus ámbitos. Presentada por PP el 23/11/2020. EXTREMADURA: PPRO-67. Propuesta de pronunciamiento para su debate ante el Pleno de la Cámara instando al Gobierno de España a que se reconozca como actividad esencial la prestación de servicios de educación física, actividad física y deporte a cargo de profesionales y técnicos cualificados… Presentada por PP el 28/01/2021. COMUNIDAD VALENCIANA: RE número 29.687. Proposición no de ley de tramitación especial de urgencia sobre la esencialidad de la actividad física. Presentada por PSOE el 13/01/2021. RE número 30.549. Proposición no de ley sobre apoyo e impulso a la actividad física y el deporte. Presentada por PP el 19/01/2021. MADRID: PNL-53/2021. Proposición no de ley para considerar la práctica deportiva como una actividad esencial y solicitar la bajada del impuesto de valor añadido (IVA) a servicios vinculados a la actividad física y deportiva. Presentada por Ciudadanos el 04/02/2021. ILLES BALEARS: 10-2021/PRON-0063. Proposición no de ley para considerar la práctica deportiva como actividad esencial y adoptar medidas de apoyo económico al sector ante la crisis sanitaria provocada por la COVID-19. Presentada por Ciudadanos. Presentada por Ciudadanos el 10/02/2021. CASTILLA-LA MANCHA: Proposición no de Ley relativa a la urgente necesidad de declarar la Actividad Física y Deporte como Actividad Esencial tras la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Presentada por PP. Pendiente de incorporación en el registro de las Cortes de Castilla-La Mancha (ver noticia relacionada). En definitiva, el trabajo realizado desde el Consejo COLEF, e impulsado en las diferentes CCAA por los COLEF, está teniendo su reflejo en la acción política, que esperamos se materialice pronto en la declaración como actividad esencial de los servicios de práctica físico-deportiva prestados por personal cualificado. El próximo jueves 18 de febrero estaremos atentos a la Comisión de Cultura y Deporte del Congreso de los Diputados para conocer el posicionamiento de los diferentes grupos políticos, pues la situación de inactividad física y sedentarismo y de inseguridad en las actividades físico-deportivas no supervisadas por personas cualificadas está siendo alarmante.

  • Consejo COLEF y Anecafyde trabajan en una postura común sobre #RegulaciónProfesionalYA

    CONSEJO COLEF Y ANECAFYDE TRABAJAN EN UNA POSTURA COMÚN PARA LA ORDENACIÓN PROFESIONAL Es necesario reflexionar sobre qué se quiere para los futuros egresados del grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte: ¿un grado universitario generalista que dé lugar a diversas ocupaciones, algunas de ellas compartidas con personas de cualificación inferior?; ¿o un grado universitario que dé lugar a una única profesión que ofrezca al estudiantado la seguridad de que, se dediquen a la especialidad que se dediquen al egresar del grado, accederán a una profesión regulada, titulada y colegiada? #RegulaciónProfesionalYA El pasado 15 de febrero se reunieron los representantes del Consejo General de la Educación Física y Deportiva (Consejo COLEF) con el nuevo Consejo Permanente de la Asociación de la Asociación Nacional de Estudiantes de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (Anecafyde). Vicente Gambau, Sonia Herce y Javier Portela, presidente, secretaria general y director general del Consejo COLEF respectivamente, charlaron con la nueva presidenta de Anecafyde, Isabel Noya, acompañada de Ana Isabel Martínez, vicepresidenta de asuntos externos, Rodrigo Yagüe, vicepresidente de asuntos internos, Esther García, secretaria, Joseba Andoni Garate, coordinador de zona norte, y Javier Hevilla, coordinador de zona sur. Uno de los asuntos centrales de la reunión fue la futura ley de ordenación profesional que actualmente se encuentra en trámite de elaboración en el Consejo Superior de Deportes (CSD). Vicente Gambau expuso el modelo ordenación de la Organización Colegial, para que los representantes del estudiantado tuvieran la oportunidad de preguntar todo aquello que les suscitase dudas. Por su parte, Isabel Noya expuso las aportaciones que desde Anecafyde se realizaron a la consulta pública previa de dicha ley. Tras un intercambio muy enriquecedor, pudo observarse que estudiantes y representantes de la profesión desean que la regulación diferencie claramente a las personas tituladas en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. Por tanto, una de las reflexiones es si se quiere un grado universitario generalista que dé lugar a diversas ocupaciones, algunas de ellas compartidas con personas de cualificación inferior, o si se apuesta por un grado universitario que dé lugar a una única profesión regulada, titulada y colegiada. Esta última opción, que es por la que apuesta el Consejo COLEF, supone el máximo rango de regulación que puede otorgarse a una profesión, y además ofrece al estudiantado la seguridad de que, se dediquen a la especialidad que se dediquen al egresar del grado, accederán a una profesión regulada. Una de las cuestiones que desde el nuevo Consejo Permanente de Anecafyde se desconocía es que la apuesta del Consejo COLEF es regular una profesión con especialidades. Es decir, para armonizar las leyes autonómicas en torno a la profesión de educador/a físico deportivo/a (EFD), aquellas ocupaciones que suponen actos propios simplemente se clasificarían como especialidades en la futura ley estatal: EFD especialista en preparación física, EFD especialista en readaptación físico-deportiva, EFD especialista en ejercicio físico orientado a la salud, EFD especialista en dirección científico-técnica, EFD especialista en enseñanza, EFD especialista en recreación socio-deportiva... Todo esto, fruto de un profundo análisis, además se ha desgranado en la enumeración de los actos profesionales expuestos en diferentes documentos plenarios debatidos y aprobados, como se puede observar en el artículo 2 de los Estatutos Generales aprobados en el 89º Pleno del Consejo COLEF, Toledo 2019, actualmente tramitación para su publicación mediante real decreto. Otro de los asuntos surgidos en el transcurso de la reunión ha sido el área de competencia 7 de la Resolución de 18 de septiembre de 2018 (BOE-A-2018-12774), sobre desempeño, deontología y ejercicio profesional, pues es el propio estudiantado el que debería reclamar su derecho a que los conocimientos sobre la profesión sean impartidos en todas las facultades, verificando que realmente el estudiantado adquiere las competencias al respecto, y no como algo transversal a lo que apenas se le da importancia y, en el mejor de los casos, se convierte en mera información anecdótica. Por otra parte, ambas entidades han mostrado su disposición para trabajar conjuntamente. Sonia Herce ha destacado la importancia de la visión fresca del estudiantado para tener en cuenta su perspectiva en los asuntos que afectan a su futuro profesional. Anecafyde, por su parte, ha manifestado la necesidad de que las personas que se egresen del grado en CAFyD se incorporen como colegiadas a los todos los COLEF de España, pues para conseguir un futuro mejor son conscientes que la profesión debe ser fuerte en número y recursos. El Consejo COLEF ha reiterado a Anecafyde que tienen las puertas de la Organización Colegial abiertas, a su disposición, pues un estudiantado fuerte e informado también dará como resultado profesionales comprometidos/as con la profesión y, en consecuencia, con la ciudadanía. VISIÓN GLOBAL DE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL Y ARMONIZACIÓN CON LAS LEYES AUTONÓMICAS - Descarga la presentación -

  • Ya disponibles los libros contables 2020 en el portal de transparencia del Consejo COLEF

    EL CONSEJO COLEF ACTUALIZA DE NUEVO SU PORTAL DE TRANSPARENCIA E INCORPORA LOS LIBROS CONTABLES 2020 EN FORMATO REUTILIZABLE El riguroso cumplimiento de la transparencia debe caracterizar a las corporaciones de derecho público como son los Colegios Profesionales. En este sentido, el Consejo COLEF anuncia una nueva actualización de su portal de transparencia e informa de la disponibilidad de los libros contables 2020 en formato reutilizable para toda la ciudadanía, tal y como recomienda el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno del Gobierno de España. El Consejo General de la Educación Física y Deportiva (Consejo COLEF) actualiza de nuevo su portal de transparencia con motivo de la incorporación de las cuentas anuales, en formato reutilizable, en riguroso cumplimiento de las indicaciones que realiza el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG). La información económica incorporada en el portal de transparencia fue debatida y aprobada en el 93º Pleno del Consejo COLEF, celebrado telemáticamente el pasado mes de diciembre. A pesar del crecimiento del número de colegiados/as en los últimos años, los libros contables siguen presentando un presupuesto muy modesto. Con respecto al pasado 2020, también las cuentas del Consejo COLEF reflejan la parálisis de acciones presenciales que ha provocado la pandemia en todas las organizaciones, pues el presupuesto destinado a ellas no se ha ejecutado. Por otra parte, el pasado 28 de enero el CTBG publicó su Plan de Evaluación para el año 2021 en el que se informa que la evaluación de la publicidad activa de los Consejos Generales se realizará durante los meses de junio y julio, y durante los doce meses la evaluación del derecho de acceso a la información. En este sentido, con el fin de cumplir con lo indicado en Ley de Transparencia y Buen Gobierno, así como con las recomendaciones del propio CTBG, el Consejo COLEF sigue escrupulosamente las indicaciones de la guía de Unión Profesional ‘Parámetros de transparencia de las corporaciones colegiales’, realizando actualizaciones periódicas del portal de transparencia y de la ventanilla única. La ciudadanía y la colegiación pueden acceder de forma directa a toda la información a través de la Plataforma COLEF, donde encontrarán, entre otros: Censo Colegial. Vías de reclamaciones. Info Institucional, organizativa y planificación. Registro de actividades de tratamiento. Información económica, presupuestaria y estadística. Memoria anual. Además, el Consejo COLEF, tras haber concluido un proceso de reevaluación del cumplimiento de la transparencia, ha iniciado una revisión de la publicidad actividad y el derecho a la información que proporcionan los Colegios Oficiales autonómicos a través de sus herramientas web digitales. Este proyecto se presentará en una próxima píldora de InterCOLEF, con el fin de que los equipos profesionales de los Colegios actualicen sus webs según las especificaciones que marca el CTBG.

  • Reunión de los Consejos Generales de la Educación Social y de la Educación Física y Deportiva

    LOS CONSEJOS GENERALES DE LA EDUCACIÓN SOCIAL Y DE LA EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTIVA PONEN EN COMÚN SU VISIÓN SOBRE LA EDUCACIÓN COMO CONCEPTO PARA TODA LA VIDA Educadores/as sociales y educadores/as físico deportivos/as tienen núcleos de acción comunes que interesa poner en común para potenciar las estrategias de cada una de las Organizaciones Colegiales. Ambos Consejos Generales se encuentran en fases similares de la tramitación de sus respectivos reales decretos que hagan efectiva su actualización jurídica. En el encuentro virtual también se trataron cuestiones relacionadas con el reconocimiento como profesiones sociosanitarias y la actual tramitación de la Ley de Cuerpos de Instituciones Penitenciarias. El pasado jueves 11 de febrero de 2021 se reunieron el Consejo General de Colegios de Educadoras y Educadores Sociales (CGCEES) y el Consejo General de la Educación Física y Deportiva (Consejo COLEF) para tratar diversos asuntos de interés para ambas profesiones. Por parte del CGCEES estuvieron en el encuentro virtual Dña. Lourdes Menacho (presidenta), Juan Manuel García (vocal) y D. Ricardo Pérez (responsable de la Comisión de Instituciones Penitenciarias). Representando al Consejo COLEF acudieron a la reunión D. Vicente Gambua (presidente), Dña. Sonia Herce (secretaria general) y D. Javier Portela (director general). Educadores/as sociales y educadores/as físico deportivos/as tienen núcleos de acción comunes que interesa poner en común para potenciar las estrategias de cada una de las Organizaciones Colegiales. En ambos casos nos encontramos en un proceso de tramitación de Estatutos para la actualización jurídica de nuestras profesiones, por lo que compartir experiencias a este respecto es extremadamente interesante, con el fin de agilizar, en la medida de lo posible, los proyectos de reales decretos que están en marcha. Por otra parte, educadores/as sociales también están comenzando a obtener reconocimiento como profesión sociosanitaria, y en concreto esto se ha materializado en Cantabria, de la misma manera que educadores y educadoras físico deportivas estamos avanzando en el reconocimiento de nuestros actos profesionales para la mejora de la salud de la ciudadanía. Otra de las cuestiones tratadas ha sido la situación de ambas profesiones en Instituciones Penitenciarias (IIPP), ante la negociación actual de la futura Ley de Cuerpos. El Consejo COLEF presentó un informe para mejorar la situación del personal responsable de los ‘Programas deportivos’ de IIPP, y actualmente se está reuniendo con diferentes agentes de interés para que las solicitudes se tengan en cuenta en la elaboración de dicha norma. El CGCEES también se encuentra en la misma situación para que sus peticiones sean atendidas. Consejo COLEF y CGCEES, que gracias a las oportunidades que brinda Unión Profesional ya habían tenido oportunidad de intercambiar opiniones sobre diferentes temas, han reconocido la necesidad de seguir compartiendo impresiones de una manera más directa, y en particular por la visión de ambas corporaciones en relación con que la educación es un concepto para toda la vida que no debe ser encasillado en los centros educativos, sino que se encuentra en muchos más lugares en los que ambas profesiones desarrollan sus actos profesionales.

  • Aspectos clave sobre la denominación: educadores/as físico deportivos/as

    ASPECTOS CLAVE SOBRE LA DENOMINACIÓN: EDUCADORES/AS FÍSICO DEPORTIVOS/AS (descarga aquí las creatividades) ¿Quieres conocer de dónde procede la propuesta de denominar educadoras físico deportivas a las personas colegiadas con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte? Breve reseña histórica, estado de la cuestión, título y profesión, lo que nos diferencia, compromiso profesional, una profesión única e indivisible y otras consideraciones. Era preceptivo abordar un cambio de nomenclatura, pues la vigente legalmente de ‘Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte’ corresponde a un título académico extinguido (desde la adaptación a Bolonia, la titulación de acceso a la profesión es un grado universitario). Esta coincidencia con el título se produjo porque, a la vez que cambiaba la nomenclatura del título, representantes del Colegio pensaron que sería positivo modificar también la denominación de la profesión haciéndola coincidir con éste. Sin embargo, esa estrategia con el tiempo se ha demostrado que no ha sido efectiva y que tenemos serios problemas para normalizar el funcionamiento de la Organización Colegial, así como para que la ciudadanía nos identifique. ¿Qué somos? ¿Inef? ¿Inefos? ¿CAFyD? ¿Licenciados? ¿LEF? ¿CCAFYDEs? La nueva nomenclatura de la profesión se aprobó por mayoría cualificada en noviembre de 2018 por el Pleno del Consejo COLEF, el máximo órgano representativo de la profesión. La potestad de poner o cambiar el nombre a una profesión corresponde exclusivamente a la Organización Colegial, que en una primera fase deberá aprobarlo democráticamente por mayoría cualificada en sede plenaria y, posteriormente, debe tramitarse en fase gubernamental para su verificación de legalidad y posterior publicación. Dos años después de aprobar democráticamente la nueva denominación de la profesión, algunas personas siguen cuestionando el por qué tal elección. ¿Es adecuada? ¿Representa todas las actividades profesionales propias de la profesión? ¿Tiene coherencia social y jurídica? ¿Falta algún paso más para su consolidación? Bien, a continuación encontrarás todas las respuestas. 1. BREVE RESEÑA HISTÓRICA Durante muchos años, el término ‘educador físico’ cohabitó indistintamente junto con la denominación oficial de la profesión, que en aquel momento era ‘Profesor/a de Educación Física’. Sí, Profesor/a de EF incluía todas las actividades profesionales, no solamente la docencia, pero, por varios acontecimientos que han sucedido a lo largo de los últimos 40 años, esta denominación quedó socialmente circunscrita únicamente a la enseñanza en el ámbito escolar. Por eso no procedía en esta actualización jurídica recuperar nuestra primera denominación oficial, pero sí recuperar el término que se utilizaba indistintamente con ella y que guarda toda la esencia de lo que somos. (Más información en: Perspectiva histórica del educador físico) 2. EL ESTADO DE LA CUESTIÓN En 2013, la Organización Colegial planteó un cambio de denominación, ante las advertencias de diferentes organismos sobre la necesidad del mismo. Desde el 2010, el Consejo COLEF intentaba tramitar unos nuevos estatutos (los primeros datan de 1978) pero el Consejo Superior de Deportes (CSD) indicó que la denominación no correspondía a ninguna profesión, sino a una titulación universitaria, titulación, además, de una profesión no regulada. Por este motivo, el Pleno del Consejo COLEF acordó en 2013 el cambio de denominación a ‘Profesionales de la Educación Física y del Deporte’. Sin embargo, la petición no pasó la primera fase de verificación de adecuación normativa. El CSD, máximo órgano del deporte español entendía que este término también integraba a otros/as profesionales. Por eso, en 2018, después de un profundo debate extendido en el tiempo, en el Pleno del Consejo COLEF se aprobó que la profesión se denominaría ‘Educación Física y Deportiva’ y sus profesionales ‘educadores/as físico deportivos/as’. Como se puede apreciar, son términos completamente distintos a lo presentado y rechazado en 2013. Siendo así, el Consejo COLEF trasladó la nueva solicitud de cambio de denominación al CSD a finales de 2018, señalando que ésta no sería atendida hasta que se presentase a este mismo organismo, por parte de la Organización Colegial, una propuesta de modificación estatutaria adaptada a la actual realidad social de la profesión, en la que debía incluirse la nueva denominación, para su tramitación mediante un único real decreto. La aprobación de estos Estatutos Generales se realizó en el 89º Pleno del Consejo COLEF (Toledo, marzo de 2019), también por mayoría cualificada. En octubre de 2019 el Consejo COLEF recibió informe favorable del Ministerio de Cultura y Deporte y del CSD en el que se recogen algunos aspectos sobre la denominación que resaltamos a continuación: «... nomenclatura que se acomoda mejor a la realidad social en que deben desenvolverse tales instituciones, así como las personas profesionales que las integran». «La denominación propuesta se encuentra en sintonía con la filosofía de una única interlocución de las profesiones económicas ante las Administraciones Públicas y, sobre todo, un mejor servicio de ordenación y desarrollo de la economía en general, y de la empresa en particular, así como a los consumidores y usuarios». «La nueva denominación, que consolida la realidad actual de una organización colegial aglutinadora de diversas ocupaciones en torno a las ciencias de la educación física y del deporte, ya reguladas en el ámbito estatal y autonómico, trata de ceñirse al ámbito material conceptual previsto en el artículo 43.3 de la Constitución: la educación física y el deporte». Así mismo, en dicho informe se indican, sobre la actual denominación de la profesión (‘Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte’) los siguientes aspectos: «La anterior denominación (...) basada en una titulación académica ha originado una desafortunada confusión entre profesión y titulación». «En la medida que la denominación de la organización colegial no puede basarse en una titulación, considerando que, además, a dicha titulación universitaria se le están sumando otras diferentes en el mismo área científica...». Poco después se habilitaba la consulta pública previa del proyecto de real decreto, cuyo plazo finalizó el 26 de noviembre del 2019 y en el que se volvía a destacar que la nueva denominación propuesta cumple los requisitos exigidos. En septiembre de 2020 se recibía en el Consejo COLEF informe de la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa, perteneciente al Ministerio de Presidencia, en el que se señala que «tanto el cambio de denominación de la organización colegial como la aprobación de sus Estatutos Generales se adaptan, en términos generales, a lo dispuesto al respecto en los artículos 4.2 y 6.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales». Actualmente, el real decreto se encuentra en las últimas fases de tramitación. Pero ha de recordarse que, según informe de Unión Profesional, la demora en la tramitación gubernamental de Estatutos de Consejos Generales es de varios años. 3. TÍTULO Y PROFESIÓN SIGUEN YENDO DE LA MANO El área de conocimiento en el que se integra la carrera de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte en el sistema universitario, desde sus inicios, es el área de la Educación Física y Deportiva, área de conocimiento creada ad hoc para esta titulación en 1984 (BOE-A-1984-24014). 4. QUÉ NOS DIFERENCIA COMO PROFESIONALES ¿Qué nos diferencia como profesionales con respecto a la multitud de técnicos de la familia de la actividad física y deportiva? Exacto, "la diferencia está en la ciencia". ¿Pero qué nos diferencia con respecto a otros profesionales que intentan emplear el movimiento? ¡Los métodos de enseñanza! Sí, nuestra carrera tiene esa dualidad entre Ciencias de la Salud y Ciencias Sociales, porque ambas partes son muy importantes para la dirección y la intervención en los servicios profesionales. Si intervienes, ya no solo en enseñanza, sino también en preparación física, readaptación, ejercicio físico orientado a la salud, recreación socio-deportiva, etc., ¿de verdad crees que la metodología de enseñanza no te es útil para optimizar los procesos de aprendizaje motor o de hábitos saludables, así como la adherencia de tus deportistas o clientes? Si te dedicas a la dirección y gestión, además de requerir de un conocimiento profundo de la realidad del sector y de los servicios profesionales específicos para conseguir los objetivos técnicos y garantizar la función social de la Educación Física y Deportiva, ¿de verdad crees que no empleas los métodos de enseñanza adquiridos durante los estudios en CAFyD para observar el trabajo de tus profesionales y técnicos, orientándoles sobre su planificación y programación o su forma de impartir las sesiones con el fin de mejorar la calidad de los servicios? Los servicios de dirección y gestión en el sector de la educación física, la actividad física y el deporte tienen un objetivo claro: que las personas tengan un desarrollo integral para una sociedad mejor mediante una práctica deportiva bien adaptada, planificada, implementada y supervisada en una constante mejora continua. De nada serviría un servicio deportivo implementado por educadoras y educadores físico deportivos si los responsables que lo dirigen y toman decisiones no están comprometidos con la educación de la ciudadanía. Sí, eres un/a educador/a. En cualquiera de nuestros actos profesionales lo eres y deberías estar orgulloso/a de ello, porque es uno de los dos aspectos fundamentales que te diferencian. 5. COMPROMISO CON LA PROFESIÓN ¡DIFERENCIÉMONOS! Si pretendemos usar la denominación de ‘licenciados y graduados en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte’, cambiando de nuevo el nombre de la profesión según las modificaciones producidas en el título, seguiríamos cayendo en el mismo error. Una persona que saliese de la carrera, automáticamente y de forma legal, se podría denominar, como ha sucedido hasta ahora, de la misma manera que la profesión, ejerciera o no, y estuviese colegiada o no. Ahora bien, tú que te has colegiado, cumpliendo con la obligación legal y el deber profesional, comprometiéndote así con la profesión y con la ciudadanía, sometiéndote al control de la deontología y al recto ejercicio profesional, ¿crees que no debes diferenciarte de manera visible de cara a la sociedad de aquellas personas que no lo han hecho? La diferencia no es solo el título, porque una persona no colegiada no está ofreciendo a su alumnado, deportistas o clientes las necesarias garantías. Por ejemplo, la posibilidad de una vía de reclamación en el caso de incurrir en faltas de ética profesional y/o mala praxis, pues el Colegio Profesional solamente puede aplicar el Código Deontológico a las personas colegiadas. Quienes no se colegian dejan desamparadas a las personas a las que prestan sus servicios. Por eso, por tu compromiso con la ciudadanía como colegiado/a, tu denominación no debe ser la misma que la de una persona que únicamente tiene el título y está en situación irregular. 6. LA PROFESIÓN DE EFD, ÚNICA E INDIVISIBLE Todos los COLEF y COPLEF, según sus fines y funciones, en base a la normativa corporativa, deben tener claro que integran una única profesión, cuya denominación oficial todavía es ‘Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte’. Decir que integran varias profesiones es eludir las obligaciones propias como corporación colegial. Por otra parte, las leyes autonómicas de regulación han sido muy positivas para crear conciencia política y presión social, pero no puede olvidarse que el fin último siempre ha sido, y es, una ley estatal que regule la profesión como una única profesión titulada y colegiada, con diferentes especialidades profesionales (como sucede en otras profesiones como, por ejemplo, la Medicina). Quedarse con el modelo autonómico actual e indicar que los COLEF y COPLEF integran las profesiones de las leyes autonómicas correspondientes, además de la incoherencia normativa, es una irresponsabilidad que pone en grave peligro los derechos fundamentales de la ciudadanía y la existencia de una organización con 70 años de historia. No es cierto que algunas leyes autonómicas dispongan de reserva de actividad para la dirección deportiva y la preparación física. Primero, porque existen vías de habilitación por parte de profesionales no universitarios e incluso de personas sin titulación para esas ocupaciones, y segundo, porque la regulación de profesiones tituladas se trata de una competencia estatal. 7. OTRAS CONSIDERACIONES El ordenamiento jurídico actual no impide la identificación referenciada. Lo que señalan algunas leyes autonómicas que regulan el ejercicio profesional es que, aquellas personas sin la titulación o cualificación que indica la ley, no pueden usar denominaciones que confundan a las personas consumidoras y usuarias, haciéndoles creer que pueden prestar servicios para cuyas funciones no están habilitadas ni cualificadas. Por ejemplo, la ilegalidad se produciría si una persona sin la titulación en CAFyD presta servicios de preparación física y, para eludir la ley, dijese que en realidad es “optimizadora deportiva”. Marquemos la diferencia, hagamos que la sociedad nos reconozca bajo una misma denominación. #DejemosDeSerInvisibles Si eres colegiado/a, cumplimenta tu ‘Perfil Profesional Público’ de forma gratuita a través de tu área colegial de la Plataforma COLEF con el objetivo de que clientes y entidades conozcan y soliciten tus servicios de una forma rápida, sencilla y segura (¿qué es el Perfil Profesional Público? ver más aquí). Además, podrás enlazar tu perfil público en tu web, en tu firma de correo electrónico, en tus redes sociales, o donde lo necesites, gracias a la URL individualizada de tu perfil colegial que genera esta plataforma. Nota: Si no dispones del acceso al área colegial de la plataformacolef.es, contacta con tu COLEF autonómico correspondiente. ¡Ahora todo el mundo sabrá dónde encontrarnos! Si dispones de la titulación en CAFyD y aún no estás dado de alta como profesional colegiado/a, no dudes más y accede a todos los servicios que ofrece la Organización Colegial cumplimentando el formulario de alta online.

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