Legislatura 2020-2024, Consejo COLEF (resumen)
En el Pleno de Lleida no nos imaginábamos los cuatro años que teníamos por delante, y menos aún cuando a los pocos días iniciaba el confinamiento por la pandemia de la COVID-19.
LA PANDEMIA
Pero, sin duda, si hay algo que destacar de estos cuatro años es que las acciones que realizamos en pandemia para ofrecer recomendaciones sobre actividad físico-deportiva hicieron que la Organización Colegial se posicionase institucionalmente. Fuimos la única corporación de derecho público cuya información estaba enlazada en la página oficial del Gobierno sobre la pandemia.
El mayor evento educativo durante el confinamiento fue el DEFC. Y las Recomendaciones para una EF escolar segura y responsable ante la “nueva normalidad” fueron seguidas por Administraciones y centros educativos de todas partes, incluso de otros países.
Además, el Manifiesto por la consideración como actividad esencial de la educación física, la actividad física y el deporte se hizo viral. Meses después se concretó en la aprobación de una PNL, que después sería clave para incorporar la esencialidad en la nueva Ley del Deporte.
Durante estos años se actualizó el protocolo de denuncias de intrusismo y se han impulsado las formaciones y posgrados comprometidos con la profesión. Además, el CTBG ha reconocido al Consejo COLEF como uno de los Consejos Generales más transparentes de España. Y en esta línea de trabajo, en conexión con la ampliación de los servicios a Colegios autonómicos y a la colegiación, se ha creado el Perfil Profesional Público, deporciencia, el Canal Ético, el Canal de difusión en Whatsapp y el Gestor documental.
ACTOS PROFESIONALES
En relación con la EF escolar, en la LOMLOE se incorporaron algunas de las sugerencias realizadas por el Consejo COLEF. Y el documento Bases y argumentos para una EFC en el currículo, sirvió para la elaboración de los currículos de EF en Primaria, ESO y Bachillerato. Muchas de las mejoras curriculares están alineadas con las propuestas realizadas por nosotros.
En el ámbito de la salud, en 2021 ganamos una importante sentencia defendiendo las competencias del Grado en CAFyD ante los ataques del Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas, y en 2022 se publicó el PAEF, en el que EFD somos protagonistas.
SISTEMA DE FORMACIÓN
También se han realizado acciones encaminadas a resolver el profundo problema que supone la amalgama de cualificaciones y formaciones profesionales que se solapan entre ellas y, además, invaden competencias de niveles de cualificación superiores. El punto de partida fue el Manifiesto por un sistema de formación acorde al empleo en el deporte, publicado en 2020. Dos años después, tras un arduo trabajo de colaboración con el INCUAL, las nuevas cualificaciones se comenzaron a publicar en el BOE adecuadas a los niveles que les corresponden.
ORDENACIÓN ESTATAL
En cuanto a la ordenación profesional estatal, por supuesto que está mucho más avanzada que hace cuatro años. En 2020 salió la consulta pública previa y en 2022 el CSD presentó a los agentes del sector un primer borrador de Anteproyecto de Ley, alineado con las propuestas que había realizado el Consejo COLEF.
Además, los trabajos realizados por el Consejo COLEF para colaborar con el CSD en esta Ley, y especialmente en la elaboración del test de proporcionalidad de la profesión, permitieron que, en el Informe Cumpliendo 2022, el Gobierno de España pudiera indicar que la MAIN y el test de proporcionalidad ya estaban elaborados y que, por lo tanto, el compromiso de regulación se encontraba “en proceso con avances”.
En cuanto a los trabajos realizados a propósito del test de proporcionalidad, que se trata de una obligación desde el año 2021, se han materializado en el libro La profesión de la EFD y su regulación, que se presentó en el CSD en 2023.
LEY DEL DEPORTE
Pero, sin duda, el gran logro de esta legislatura ha sido que la nueva Ley del Deporte recogiese muchas de las propuestas del Consejo COLEF: el concepto de ‘deporte’ similar al del Consejo de Europa; la práctica deportiva como un derecho; la educación física en todas las etapas de la vida; la definición amplia de persona deportista; la mención a todas y todos los profesionales del deporte cualificados y que la prestación de servicios por éstos sea un derecho… Y, sobre todo, la obligación de regulación profesional en el deporte.
Esa obligación, que aparece en la DF6ª, va más allá, porque, gracias a los pronunciamientos del Consejo de Estado durante la tramitación del proyecto de RD de Estatutos Generales y cambios de denominación de la Organización Colegial, se consiguió introducir un párrafo que reconoce expresamente a la profesión. Además, propicia la finalización del trámite de proyecto de RD para que por fin la Organización Colegial supere la situación normativa provisional que arrastra desde 1981. Y, por supuesto, nuevamente se ratifica que la profesión es titulada y de colegiación obligatoria.
¿Quién nos iba a decir que íbamos a conseguir tanto en tan poco tiempo?