top of page

Resultados de la búsqueda

Buscar en este sitio

Se encontraron 1570 resultados sin ingresar un término de búsqueda

  • Apoya más EF en las Órdenes sobre el currículo de Primaria, Secundaria y Bachillerato

    EL CONSEJO COLEF PIDE MÁS EF EN LAS ÓRDENES SOBRE EL CURRÍCULO DE PRIMARIA, SECUNDARIA Y BACHILLERATO. ¡APÓYANOS! El Consejo COLEF participa en la consulta pública previa de las Órdenes por la que se establecen la ordenación y el currículo de Primaria, Secundaria y Bachillerato en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Conoce todo lo que se ha solicitado para una Educación Física de Calidad. Además, puedes apoyar estas aportaciones hasta el próximo martes, 8 de febrero de 2022. El Ministerio de Educación y Formación Profesional está sometiendo a consulta pública las Órdenes por la que se establecen la ordenación y el currículo de Primaria, Secundaria y Bachillerato en el ámbito de su gestión, es decir, Ceuta, Melilla y el exterior. Este trámite de participación pública permanecerá abierto hasta el próximo martes, 8 de febrero de 2022. Por supuesto, el Consejo COLEF ha hecho llegar sus observaciones al Ministerio, y ahora las comparte con toda la ciudadanía y el colectivo profesional para que, antes de que finalice el plazo, cualquier persona o entidad pueda apoyarlas, en la forma que considere conveniente, a través de los correos electrónicos que proporciona el Gobierno: Para Primaria: tipinfaprimsgoa@educacion.gob.es Para Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato: tipesobachsgoa@educacion.gob.es ¿QUÉ ES LO QUE PIDE EL CONSEJO COLEF? En la línea con lo ya solicitado en los trámites de participación pública de los reales decretos curriculares sobre enseñanzas mínimas, y a la espera de conocer el texto final de las tres etapas mencionadas, la corporación colegial estatal ha seguido insistiendo en sus reivindicaciones para la concreción territorial de Ceuta, Melilla y el exterior. NOTA ACLARATORIA: Evidentemente, los correspondientes COLEF autonómicos se están ocupando de los próximos decretos curriculares en sus respectivas Comunidades Autónomas. Te resumimos a continuación todo lo solicitado en las tres Órdenes, pero también puedes descargarte los documentos íntegros que ha enviado el Consejo COLEF al Ministerio de Educación y Formación Profesional. No dudes en apoyar las aportaciones del Consejo COLEF enviando un correo electrónico, antes del 8 de febrero de 2022, a tipinfaprimsgoa@educacion.gob.es para Primaria y a tipesobachsgoa@educacion.gob.es para Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. Gracias a la colegiación podemos hacer que se escuchen nuestras voces como colectivo profesional en las iniciativas legislativas y reglamentarias de interés para la profesión y para el sector de la educación física, la actividad física y el deporte. Cuantas más personas estemos colegiadas, más se escucharán nuestras voces. Es tu responsabilidad, es tu compromiso con la profesión. Si todavía no te has colegiado, puedes hacerlo de forma fácil y sencilla a través de la PLATAFORMACOLEF.es

  • El Consejo COLEF solicita la convalidación del bloque específico de los títulos de TD y TDS

    EL CONSEJO COLEF SOLICITA LA CONVALIDACIÓN DEL BLOQUE ESPECÍFICO DE LOS TÍTULOS DE TÉCNICO DEPORTIVO Y TÉCNICO DEPORTIVO SUPERIOR El Consejo COLEF pide que las “maestrías” del Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte puedan convalidarse por el bloque específico de las enseñanzas deportivas de régimen especial, estableciendo un procedimiento que sea concreto y aporte suficiente seguridad jurídica a las personas solicitantes. Si quieres conocer más sobre las aportaciones realizadas en la consulta pública previa del proyecto de Orden que modificará el régimen de convalidaciones para los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior, lee la noticia. Una de las reivindicaciones más habituales de las personas egresadas de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte ha sido y es que las “maestrías” de los diferentes deportes que se cursan en la carrera pudieran convalidarse para obtener las titulaciones de las enseñanzas deportivas. Recientemente el Ministerio de Educación y Formación Profesional sometió a consulta pública previa un proyecto de Orden que pretende establecer las convalidaciones entre determinadas enseñanzas de los títulos oficiales relacionados con la actividad física y el deporte y las correspondientes del bloque común de las enseñanzas deportivas. Esta Orden sustituirá a la Orden ECI/3224/2004, de 21 de septiembre (BOE-A-2004-17359), la cual, en su anexo IV establecía el régimen de convalidación para las personas con Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. Pues bien, el Consejo COLEF, a pesar de que la iniciativa del Ministerio se centra en el bloque común, ha solicitado que se tenga en cuenta la formación cursada en el Grado en relación con las modalidades y disciplinas deportivas y prevea una vía concreta y eficaz para la convalidación total o parcial del bloque específico. Para aquellas personas ajenas a las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte a continuación haremos un breve resumen de la situación. Hay que tener en cuenta que el Libro Blanco del título de Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (ANECA, 2007) contempla 42 créditos ECTS de contenidos troncales relacionados con las modalidades deportivas. Éstos, denominados ‘Fundamentos de los deportes’, integran contenidos básicos tales como iniciación deportiva, deportes individuales, deportes colectivos y deportes de lucha y adversario. Estos créditos pueden ampliarse en los itinerarios elegidos por el estudiantado, que en materia de modalidades deportivas tradicionalmente se han denominado “Maestrías”. La posibilidad de obtener estas “maestrías”, que podrían considerarse itinerarios, significa que el estudiantado puede profundizar en un deporte, según la oferta de asignaturas de la universidad para este Grado, desde el primer al último año de la carrera universitaria, adquiriendo conocimientos realmente complejos, acordes al número de créditos cursos. De la misma manera, la ‘Resolución de 18 de septiembre de 2018, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Universidades de 17 de septiembre de 2018, por el que se establecen recomendaciones para la propuesta por las universidades de memorias de verificación del título oficial de Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte’ (BOE-A-2018-12774) indica que el plan de estudios deberá incluir, como mínimo, 42 créditos ECTS de formación obligatoria en ‘Fundamentos de los deportes’ (descriptores: bases de la iniciación deportiva, fundamentos técnico-tácticos del deporte, deportes individuales, deportes colectivos, deportes de lucha y adversario). En un estudio realizado por el propio Consejo COLEF, se ha podido comprobar cómo la formación obligatoria en modalidades deportivas en el Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte alcanza las 1018,75 horas (mediana de 50 planes de estudios). Por supuesto, como se ha indicado previamente, a esto debe añadirse la especialización/mención escogida por el propio estudiantado. Por todo ello, el Consejo COLEF no solo ha aprovechado esta consulta pública para solicitar que las personas con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte puedan seguir convalidando en su totalidad el bloque común de las enseñanzas deportivas de régimen especial, sino que la nueva Orden también contemple lo siguiente: Que el número de créditos ECTS sobre una modalidad o disciplina deportiva realizados y superados en el Grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte (o titulación equivalente) pueda ser convalidado por los bloques específicos, tanto de las enseñanzas de Técnico Deportivo, como de las enseñanzas de Técnico Deportivo Superior. Que se establezca un procedimiento para la convalidación total o parcial del bloque específico de las enseñanzas deportivas de régimen especial para personas con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, y que éste, en cualquier caso, sea concreto y aporte suficiente seguridad jurídica a las personas solicitantes. Esperamos que el Ministerio de Educación y Formación Profesional por fin resuelva esta situación, en la que se ha obviado que en las facultades de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte existe un alto nivel docente e investigador también en lo referente a las modalidades y disciplinas deportivas. Es decir, se ha obviado que dichas instituciones han formado a titulados universitarios altamente cualificados con competencias en los diferentes deportes, y que ante la falta de reconocimiento oficial en la modalidad o disciplina concreta, han sufrido consecuencias laborales, profesionales e incluso económicas. Gracias a la colegiación podemos hacer que se escuchen nuestras voces como colectivo profesional en las iniciativas legislativas y reglamentarias de interés para la profesión y para el sector. Cuantas más personas estemos colegiadas, más se escucharán nuestras voces. Es tu responsabilidad, es tu compromiso con la profesión. Si todavía no te has colegiado, puedes hacerlo de forma fácil y sencilla a través de la PLATAFORMACOLEF.es

  • Proyecto de Ley del Deporte: conversando sobre el trámite de enmiendas con el PSOE

    PROYECTO DE LEY DEL DEPORTE: CONVERSANDO SOBRE EL TRÁMITE DE ENMIENDAS CON EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA Juan Luis Soto, diputado socialista en el Congreso de los Diputados, recibe al Consejo COLEF para conocer las propuestas de la corporación estatal colegial al Proyecto de Ley del Deporte. Este político, jurista experto en derecho deportivo, coincide con el Consejo COLEF en la extensión de la práctica deportiva a toda la ciudadanía y en el impulso definitivo de la #RegulaciónProfesionalYA a través de la próxima ley estatal de profesiones del deporte. Inmediatamente después de que el Consejo COLEF hiciera llegar a los Grupos Parlamentarios sus propuestas para enmendar el proyecto de Ley del Deporte, el diputado socialista Juan Luis Soto recibió a Vicente Gambau, Eva Mª Navarro y Javier Portela, presidente, vocal y director general de la corporación colegial estatal. En la mañana del jueves 27 de enero los representantes del Consejo COLEF acudieron a los despachos del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados para exponer las modificaciones que pueden mejorar sustancialmente el texto de la futura Ley. Juan Luis Soto, como jurista experto en derecho deportivo, una vez más se ha preocupado por atender y entender los puntos de vista del colectivo profesional de educadoras y educadores físico deportivos. El diputado comparte la visión de que la práctica deportiva tiene que extenderse a toda la ciudadanía, y se compromete a valorar la posible incorporación de mejoras en el texto como las sugerencias 16, 17 y 18 del documento del Consejo COLEF, que propone adicionar tres artículos de carácter descriptivo, programático y con vocación de principios: uno sobre las actividades deportivas recreativas, otro sobre las actividades deportivas de desarrollo social, y uno más sobre las actividades deportivas sociosanitarias, que atiendan a este posicionamiento, más allá de la exposición de motivos. Por supuesto, también hubo lugar para conversar sobre las mejoras que debieran producirse para aportar seguridad jurídica a las personas profesionales prestadoras de servicios deportivos, pues la actual redacción pudiera dar pie a la confusión y, por tanto, a promover el conflicto, dando lugar a la interpretación de los jueces. Este punto, sumamente importante para el Consejo COLEF, derivó la reunión hacia la futura Ley de ordenación de las profesiones del deporte. Evidentemente, aunque todavía quede tiempo para su tramitación parlamentaria, el Grupo Socialista, como partido de Gobierno, tiene gran implicación en la orientación que pueda tomar el próximo Anteproyecto que se está comenzando a trabajar desde el Consejo Superior de Deportes. Desde el Consejo COLEF agradecemos la oportunidad que el Grupo Parlamentario Socialista ofrece una vez más a esta corporación de derecho público, y esperamos que el trabajo realizado, en esta ocasión con motivo del proyecto de Ley del Deporte, sirva para motivar la acción política hacia la mejora de esta norma tan cardinal para el sector deportivo y sus profesionales. Gracias a la colegiación podemos hacer que se escuchen nuestras voces como colectivo profesional en las iniciativas legislativas y reglamentarias de interés para la profesión y para el sector. Cuantas más personas estemos colegiadas, más se escucharán nuestras voces. Es tu responsabilidad, es tu compromiso con la profesión. Si todavía no te has colegiado, puedes hacerlo de forma fácil y sencilla a través de la PLATAFORMACOLEF.es

  • La Justicia reconoce razones de interés público en el aumento de la carga horaria de EF escolar

    LA JUSTICIA RECONOCE RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO EN EL AUMENTO DE LA CARGA HORARIA DE EDUCACIÓN FÍSICA ESCOLAR Ante el pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconociendo las razones de interés público vinculadas al aumento de la carga horaria de la materia de Educación Física, el Consejo COLEF espera que los Gobiernos de las Comunidades Autónomas sean suficientemente valientes y lo plasmen en los próximos Decretos curriculares que han de elaborar y publicar, siguiendo las recomendaciones los COLEF autonómicos correspondientes. En julio de 2020 el Consejo COLEF anunció que la tercera hora de Educación Física en las escuelas madrileñas ya estaba articulada mediante Decreto publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Esta norma autonómica estuvo envuelta de polémica y fue llevada a los tribunales por la Federación Regional de Enseñanza de Comisiones Obreras y por la Asociación Internivelar de profesores de francés de Madrid. NOTA: Este Decreto todavía no se ha hecho efectivo bajo la motivación de la situación generada por la pandemia. Para más información, puede acudir a nuestro Colegio autonómico en la Comunidad de Madrid (COPLEF Madrid) o consultar su web y redes sociales. Recientemente, varios medios de comunicación informaban que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ya se había pronunciado “a favor” del aumento horario de la materia de Educación Física. Pues bien, una vez conocidas las Sentencias públicamente, el Consejo COLEF informa a la ciudadanía que puede encontrarlas en el CENDOJ (STSJ M 12633/2021 y STSJ M 13059/2021). Por supuesto, deben destacarse las palabras del TSJ de Madrid en el Fundamento de Derecho Cuarto de la Sentencia nº 12633/2021, en las que se reconoce que el aumento de horas semanales de Educación Física se basa en razones de interés público: «Interesa destacar que objeto del Decreto se centra exclusivamente en modificar el currículo escolar para incrementar una hora la asignatura de Educación Física por razones de interés público, de modo que la disposición reglamentaria no ha sido directamente diseñada para modificar ni las condiciones laborales, ni la plantilla, siendo de recordar que luchar contra la obesidad infantil es el fin que avala la reforma». «La elección de esta opción se ha basado en el hecho de que la Educación Física es cursada por todos los alumnos y se pretende que la modificación horaria llegue a todos ellos, por los motivos expuestos anteriormente; se ha optado a este respecto por dichas materias como objeto de ese cambio, dada la opcionalidad y la libre elección que los alumnos realizan para cursar alguna de estas asignaturas, frente a la materia de Educación Física que es cursada por todos los alumnos, minimizando así todo posible menoscabo y anulando todo posible impacto negativo que, en cualquier caso, habría quedado compensado por el beneficio universal del aumento de horas de la Educación Física». Esperamos que estas Sentencias, y en concreto el reconocimiento de las razones de interés público vinculadas al aumento de la carga horaria de la materia de Educación Física, sirvan para que los Gobiernos de las Comunidades Autónomas sean suficientemente valientes y lo plasmen en los próximos Decretos curriculares que han de elaborar y publicar, con la colaboración de los respectivos COLEF autonómicos. Gracias a la colegiación podemos hacer que se escuchen nuestras voces como colectivo profesional en el Gobierno y en la Administración General del Estado. Cuantas más personas estemos colegiadas, más se escucharán nuestras voces. Es tu responsabilidad, es tu compromiso con la profesión. Si todavía no te has colegiado, puedes hacerlo de forma fácil y sencilla a través de la Plataforma COLEF.

  • La REEFD retoma la recepción de artículos a partir de 2022 tras una profunda reestructuración

    LA REEFD RETOMA LA RECEPCIÓN DE ARTÍCULOS A PARTIR DE 2022 TRAS UNA PROFUNDA REESTRUCTURACIÓN La Revista Española de Educación Física y Deportes (REEFD) ha finalizado su reestructuración para la mejora de la calidad. La nueva dirección no sólo ha impulsado un cambio en la política editorial y ha renovado el equipo de personas editoras y asesoras, sino que también está modificando la imagen de la revista, en colaboración con el equipo profesional del Consejo COLEF, y ha tomado la decisión de abandonar definitivamente el papel. Todo ello supone que de nuevo se retoma la recepción de artículos. ¡Calls for papers! La Revista Española de Educación Física y Deportes (REEFD) comienza una nueva etapa tras la incorporación de su nuevo Director, Javier Fernandez Río (EFD 5.675), y el cierre del anterior periodo anual con los artículos pendientes de publicación. La suspensión de la recepción de artículos durante el último año, al objeto de finalizar 2021 con la línea editorial previa, se da por concluída, para así comenzar una nueva etapa para la revista de Educación Física más antigua del mundo en idioma español que todavía sigue editándose. La REEFD ha sido reestructurada en diversos aspectos, desde su política editorial, hasta el equipo compuesto por el director, el consejo editorial, las editoras y editores de área y las asesoras y asesores externos e internacionales. Además, como se puede comprobar, la plataforma ‘Open Journal Systems’ se ha mejorado para facilitar la lectura y conectividad, también para que la revista se adapte totalmente al entorno digital, pues ha dejado de imprimirse. Este último hito, en el que la Revista abandona el papel, ha supuesto una difícil decisión, teniendo en cuenta el recorrido histórico de esta publicación, pero necesaria en el marco social de la Agenda 2030, y especialmente haciendo hincapié en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, 12 -producción y consumo responsable-, 13 -acción por el clima- y 15 -vida de ecosistemas-. Por otra parte, el nuevo equipo de la REEFD espera que el camino tomado aumente progresivamente su impacto científico, logrando estar a la par que las citaciones y visualizaciones que ya tienen muchos de sus artículos. Es por ello que la política editorial se ha reforzado en varios aspectos, entre ellos, el proceso de revisión. En este contexto, desde la REEFD se retoma la “llamada de artículos” de investigaciones científicas originales relacionadas con las áreas de dirección y gestión deportiva, enseñanza de la Educación Física, ejercicio físico para la salud, rendimiento físico-deportivo, intervención social deportiva, recreación deportiva y otros ámbitos relacionados con la educación física y el deporte. También se incluirán revisiones de la literatura, recensiones críticas de libros (de publicación reciente), resúmenes de tesis doctorales, documentos académicos y profesionales de interés para el colectivo, y experiencias y buenas prácticas en el ámbito de las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. Animamos al personal investigador a formar parte de esta revista a través de sus trabajos. Y, por último, agradecemos a las lectoras y lectores de todo el mundo la excelente acogida que está teniendo la REEFD en los últimos años mediante su versión digital. Actualización (24/01/2022) La REEFD ya dispone de su propio Digital Object Identifier (DOI): 10.55166. El DOI es un enlace permanente en forma de código alfanumérico que identifica de forma única un contenido electrónico. A partir del próximo número cada artículo publicado tendrá su propio DOI.

  • Anuario de Estadísticas y Evolución de los COLEF 2021

    ANUARIO DE ESTADÍSTICAS Y EVOLUCIÓN DE LOS COLEF 2021: LA MASA COLEGIAL AUMENTA EN MÁS DE MIL PERSONAS EN UN AÑO El Consejo COLEF aumenta su masa colegial en más de un millar en tan solo un año gracias a la gran labor de los 17 Colegios Oficiales autonómicos. Este dato y muchos más ya están disponibles en el ‘Anuario de Estadísticas y Evolución Colegial 2021’. La profesión crece gracias a sus colegiadas y colegiados. Ahora, con la previsión del Gobierno de elaborar la ley de #RegulaciónProfesionalYA en 2022, vuestro apoyo será fundamental. Cada seis meses, el Consejo COLEF actualiza las estadísticas de colegiación con los datos de todos los Colegios Oficiales autonómicos. A su vez, en enero, se publica el anuario que recoge la evolución comparada año tras año, y el de 2021 ya está disponible en todas nuestras plataformas. El crecimiento que se está produciendo en los COLEF está permitiendo su profesionalización, lo cual redunda en que éste sea cada vez más exponencial. Pues, a pesar de que nos encontramos ante una profesión titulada y de adscripción obligatoria, sus atribuciones profesionales todavía no tienen un marco estatal regulatorio, por lo que esto ha conllevado serias dificultades para el impulso de la obligación de colegiación. El compromiso de las personas tituladas universitarias en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte que se colegian para ejercer la profesión con todas las garantías es lo que ha permitido y está permitiendo avanzar en la consecución de los fines esenciales y las funciones de todos los COLEF y su Consejo General. Por ello, agradecemos a las 16.534 educadoras y educadores físico deportivos colegiados que están haciendo posible conducir a la profesión hacia su definitiva regulación profesional (se prevé para 2022). Este agradecimiento también se extiende a los 749 profesionales jubilados que han decidido seguir vinculados con la Organización Colegial, y también a las y los 637 estudiantes que, a través de la precolegiación, quieren informarse y comprometerse con su futura profesión. NOTA: EJERCIENTES: Desempeñan la profesión en cualquiera de sus actividades como educadores/as físico deportivos/as. En todos los COLEF del Estado español tienen incluido el seguro de responsabilidad civil profesional. NO EJERCIENTES: Pertenecen a la Organización Colegial, cumplen los requisitos de acceso, pero no ejercen la profesión. No tienen incluido el seguro de responsabilidad civil profesional. La masa colegial total ya asciende a 17.920 personas, lo cual quiere decir que en un año se ha producido un aumento de 1.032 personas. Una estupenda cifra de mejora que da cuenta del gran trabajo realizado en los 17 Colegios Oficiales autonómicos. La distribución por género es similar al pasado año: 72,56 % hombres y 27,4 4% mujeres. Aunque leve, sigue descendiendo el porcentaje de mujeres (desde 2016 un 2,72%). Este problema de falta de paridad en la profesión preocupa profundamente al Consejo COLEF. Por eso, se están realizando diversas acciones encaminadas al análisis de la brecha de género, para poder encontrar soluciones. En cuanto a la edad, la mayor parte de la colegiación se encuentra en el rango de edad de los 23 a los 53 años: el 18,40% tiene entre 23 y 28 años, el 26,17% entre 29 y 35 años, el 20,45% entre 36 y 42 años y el 22,42% entre 45 y 53 años. La evolución en los últimos años nos informa que las nuevas generaciones parecen incorporarse al Colegio al egresar en mayor medida a lo que lo hacían anteriormente. Esto puede ser fruto de los grandes esfuerzos de los COLEF acudiendo a las facultades y acercándose a los futuros profesionales mediante las redes sociales. También es destacable el establecimiento en toda la Organización Colegial de un régimen económico ventajoso para que puedan ofrecerse, con mayor facilidad, promociones para las personas recién egresadas del Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. En definitiva, la profesión crece gracias a sus colegiadas y colegiados. Ahora, con la #RegulaciónProfesionalYA por delante (mira la última noticia al respecto), vuestro apoyo será fundamental. Para colegiarte, sigue los pasos que se indican en la Plataforma COLEF. Más información sobre por qué colegiarte.

  • Pedimos que el acceso a la docencia de EF quede reservada a verdaderos especialistas

    EL CONSEJO COLEF PIDE QUE EL ACCESO A LA DOCENCIA DE LA ESPECIALIDAD DE EDUCACIÓN FÍSICA QUEDE RESERVADA A VERDADEROS ESPECIALISTAS El Consejo COLEF solicita al Ministerio de Educación y Formación Profesional que la modificación prevista al Real Decreto de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes también contemple una disposición sobre la cualificación del personal docente del área de Educación Física que señale la obligatoriedad de que éste, además de la capacitación pedagógica de posgrado, debe contar con la titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, en base a las recomendaciones internacionales, la normativa estatal, además de la referida a la profesión de ‘Profesor de Educación Física’, y la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional. El pasado 30 de diciembre de 2021 el Ministerio de Educación y Formación Profesional inició el trámite de Audiencia e Información Pública del ‘Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley’. Por supuesto, el Consejo COLEF ha participado enviando sus aportaciones dentro del plazo proporcionado, abierto hasta mañana día 21 de enero de 2022. Para la corporación de derecho público estatal las modificaciones que propone el Gobierno no son suficientes, pues solo se refieren a la situación laboral de temporalidad del personal docente, que ha de adaptarse a la reciente ‘Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público’ El Consejo COLEF considera que el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, debería modificarse también introduciendo en el ‘Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes’ una disposición sobre la cualificación del personal docente del área de Educación Física que señale la obligatoriedad de que éste, además de la capacitación pedagógica de posgrado, debe contar con el Grado universitario en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, Ciencias del Deporte, o título homologado, declarado equivalente o reconocido por el Estado español en materia de Educación Física y Deportiva, en base a las recomendaciones internacionales, la normativa estatal, además de la referida a la profesión de ‘Profesor de Educación Física’, y la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional. En el documento remitido al Ministerio se han reiterado los aspectos expuestos semanas antes en el trámite de Consulta Pública Previa, y que se resumen en los siguientes puntos: PROTECCIÓN DE LA INTEGRIDAD FÍSICA EN LA EDUCACIÓN FÍSICA: El Estado debe tomar todas las medidas posibles para garantizar la integridad física, como derecho fundamental, en una materia como la Educación Física, cuyas actividades pueden causar graves consecuencias, incluso la muerte; hechos éstos últimos que pueden corroborarse incluso a través de la jurisprudencia. ORGANISMOS INTERNACIONALES ANTE LA CUALIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DE EDUCACIÓN FÍSICA: UNESCO y Consejo de Europa coinciden en que el personal docente de Educación Física debe tener formación suficiente, y que el Estado tiene la responsabilidad de asegurar que las y los docentes cuentan con cualificación específica del área. NORMATIVA Y DOCTRINA DEL CARÁCTER DIFERENCIADOR DE LA FUNCIÓN DOCENTE EN EL ÁREA DE EDUCACIÓN FÍSICA: El Tribunal Supremo, en la Sentencia 15799/1987, de 3 de octubre de 1987 destacó que la identidad de actuación entre el personal docente de Educación Física y el profesorado del resto de materias exigen planteamientos diferentes. La actual homogeneización de los requisitos de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades está obviando el pronunciamiento del Tribunal Constitucional en la Sentencia 194/1998, de 1 de octubre, y los efectos que deberían haberse producido tras ello, pues en la Educación Física nos encontramos ante una profesión titulada y colegiada, en base a su interés general. SITUACIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA: La formación especializada en Educación Física de las maestras y maestros de Educación Primaria ha sido insuficiente, y actualmente lo es aún más. Bien es cierto que la normativa vigente, la ‘Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación’, permitiría solucionar el actual problema mediante la aplicación del artículo 93.1. SITUACIÓN EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO: Ni lo establecido en el artículo 36.3 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, ni el apartado 4.2 del anexo de la Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre, ni la normativa autonómica que limita a ciertas titulaciones el acceso a la bolsa de interinaje, parecen ser medidas suficientemente efectivas para garantizar que el personal docente de Educación Física tiene la cualificación suficiente como para enseñar Educación Física en Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. En cualquier caso, es inaceptable que el Estado equipare las pruebas de la fase de una oposición con la adquisición de competencias y resultados de aprendizaje de una titulación universitaria de 4 o 5 años. SITUACIÓN EN FP Y ENSEÑANZAS DEPORTIVAS DE RÉGIMEN ESPECIAL: La superación de la oposición de profesorado para la especialidad de Educación Física no asegura que personas sin la formación de Grado específico tengan todas las competencias necesarias para impartir la materia en Secundaria y Bachillerato, pero menos aún lo hace para el resto de actividades docentes a las que se dedica el profesorado de esta especialidad: formación profesional de la familia de actividades físicas y deportivas y enseñanzas deportivas de régimen especial. En el caso que nos ocupa, el de la formación profesional y las enseñanzas deportivas de régimen especial, la incapacidad del personal docente alcanzaría incluso a las personas deportistas sobre las que prestará sus servicios el alumnado egresado. Por todo lo anteriormente expuesto, el Consejo COLEF considera totalmente necesario que se formulen las modificaciones pertinentes al Real Decreto de 2007, especialmente para que el Estado promueva todas las acciones que están en su mano para proteger los derechos constitucionalmente reconocidos del alumnado de Educación Física, de formación profesional de la familia de actividades físicas y deportivas y enseñanzas deportivas de régimen especial.

  • ANECA explica el miércoles, 19 de enero, los criterios y baremos para la evaluación de sexenios

    ANECA EXPLICA EL MIÉRCOLES 19 DE ENERO, LOS CRITERIOS Y BAREMOS PARA LA EVALUACIÓN DE SEXENIOS A través de cuatro sesiones de Conversaciones con ANECA, en YouTube, el próximo 19 de enero la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación explicará los criterios específicos para la evaluación de la actividad investigadora del profesorado universitario para cada uno de los campos de evaluación. Esperamos que este encuentro, online y gratuito, sea de utilidad para todas las personas colegiadas que vayan a tramitar la evaluación de su actividad investigadora mediante el programa CNEAI (“sexenios”). El primer día de este año se publicó la ‘Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación’ (BOE-A-2022-58). El Consejo COLEF, en colaboración con COLEF Andalucía, está trabajando para acercar los procesos de evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) a la colegiación dedicada a la docencia e investigación desde la universidad, ya sea desde los ámbitos de conocimiento de Educación Física y Deportiva o Didáctica de la Expresión Corporal, u otros. Por ello, damos difusión al próximo evento de la Agencia que, a buen seguro, será de utilidad para aquel profesorado universitario que vaya a tramitar la evaluación de su actividad investigadora mediante el programa CNEAI (“sexenios”). ANECA ha programado para el próximo 19 de enero cuatro encuentros online a través de su espacio #ConversacionesConANECA, en el canal de la Agencia en YouTube, ANECAtv, para explicar en detalle el desarrollo de criterios y los baremos que utilizará cada comité evaluador en la convocatoria de la evaluación de la actividad investigadora correspondiente al año 2021 (BOE-A-2022-58). Está previsto que se realicen varias sesiones para que las presidentas de todos los comités puedan abordar con detalle los pormenores de cada uno de los campos. Las sesiones se realizarán de acuerdo con el siguiente horario: 09:00h a 11:00 h Comité 2: Química. Comité 3: Biología Celular y Molecular. Comité 4: Ciencias Biomédicas. Comité 5: Ciencias de la Naturaleza. 12:00h a 14:00 h Comité 1: Matemáticas y Física. Comité 6.1: Tecnologías Mecánicas y de la producción. Comité 6.2: Ingenierías de la Comunicación, Computación y Electrónica. Comité 6.3: Arquitectura, Ingeniería Civil, Construcción y Urbanismo. 16:00h a 18:00 h Comité 7.1: CC. Sociales, Políticas, del Comportamiento y de Estudios de Género. Comité 7.2: Ciencias de la Educación. Comité 8: Ciencias Económicas y Empresariales. 18:30h a 20:30 h Comité 9: Derecho y Jurisprudencia. Comité 10: Historia, Geografía y Arte. Comité 11: Filosofía, Filología y Lingüística. La emisión será en directo y se podrá seguir sin necesidad de inscripción previa. La participación estará abierta a través del chat del canal.

  • El Gobierno aprobará antes de fin de 2022 la Ley por la que se regulan las profesiones del deporte

    EL GOBIERNO PREVÉ APROBAR ANTES DE FINALIZAR EL AÑO LA LEY POR LA QUE SE REGULAN LAS PROFESIONES DEL DEPORTE El Plan Anual Normativo de 2022, aprobado en la última reunión del Consejo de Ministros, contempla la ‘Ley por la que se regulan las profesiones del deporte’ como una de las iniciativas legislativas que el Gobierno pretende finalizar de elaborar en este año, para elevarla a las Cortes Generales. El Real Decreto del cambio de denominación y aprobación de Estatutos Generales de la Organización Colegial también se contempla en este documento, ya que la demora de algunos trámites ha pospuesto su definitiva publicación. El Gobierno está obligado a aprobar cada año un plan en el que se indiquen las iniciativas legislativas o reglamentarias que vayan a ser elevadas para su aprobación en el año siguiente, según el artículo 25 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre. En este sentido, el Plan Anual Normativo de la Administración General del Estado para 2022 se aprobó en el día de ayer, martes 11 de enero, en reunión del Consejo de Ministros. Esto significa que lo que en él se contiene son las iniciativas legislativas o reglamentarias que los distintos departamentos ministeriales prevén elevar durante dicho año natural al Consejo de Ministros para su aprobación, según dispone el artículo 2 del ‘Real Decreto 286/2017, de 24 de marzo, por el que se regulan el Plan Anual Normativo y el Informe Anual de Evaluación Normativa de la Administración General del Estado y se crea la Junta de Planificación y Evaluación Normativa’ (BOE-A-2017-3415).. Por la importancia que tiene este documento gubernamental, el Consejo COLEF se ha llevado una grata sorpresa al conocer que Ministerio de Cultura y Deporte ha previsto que la ‘Ley por la que se regulan las profesiones del deporte’ debe ser aprobada por el Gobierno, para elevarse posteriormente a las Cortes Generales, antes de finalizar este año 2022. El Plan indica como objetivo de la norma «regular, catalogar y ordenar las profesiones del deporte, precisando las funciones y actividades profesionales de cada una de ellas, explicitando los títulos académicos que son precisos para poder ejercer dichas profesiones, con el doble objetivo de evitar el intrusismo profesional y garantizar la calidad de los servicios deportivos. Incorporar en la ley un catálogo de principios y deberes de actuación para el ejercicio de las profesiones del deporte común para todo el territorio nacional». La denominada coloquialmente “regulación profesional” es un compromiso del acuerdo de la coalición de Gobierno, se elevó a consulta pública previa en diciembre de 2020 (ver las aportaciones realizadas por el Consejo COLEF), se ha incluido en el ‘Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia’, en concreto en el proyecto correspondiente al Ministerio de Cultura y Deporte (de forma específica en el componente 26), y ha sido aceptada por la Comisión Europea como uno de los hitos que debe cumplir España antes del 31 de diciembre de 2023 (la implementación debe estar terminada en esa fecha) para el desembolso de los Fondos NextGenerationEU. Por otra parte, el Plan Anual Normativo de 2022 incorpora el Real Decreto del cambio de denominación y aprobación de Estatutos Generales de la Organización Colegial. Esta norma, que ya se había incluido en el Plan del pasado año, todavía no ha sido publicada por la demora en algunos trámites, y más aún teniendo en cuenta que ha sido elevada al Consejo de Estado, cuyo Dictamen se despachará en las próximas semanas. Una vez oído este órgano consultivo, y conforme con él si procediera, el Ministerio de Cultura y Deporte elevará el Real Decreto a la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios, y ésta última al Consejo de Ministros. Así pues, la definitiva publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta norma de la Organización Colegial ahora dependerá de cuándo se incluya en los órdenes del día de las reuniones de sendos órganos. OTRAS INICIATIVAS DE INTERÉS QUE PRETENDEN SER APROBADAS EN 2022 Ministerio de Cultura y Deporte: Ley de dopaje animal. Real Decreto de desarrollo de la Ley orgánica de lucha contra el dopaje en el deporte. Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento. Ministerio de Universidades y Ministerio de Ciencia e Innovación: Ley orgánica del sistema universitario. Ley por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación. Real Decreto por el que se modifican varios reales decretos reguladores de las evaluaciones del personal investigador de los organismos públicos de investigación y del personal docente e investigador de las universidades públicas, para potenciar la actividad de transferencia de conocimiento e innovación. Real Decreto por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de equivalencias y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros. Ministerio de Educación y Formación Profesional: Real Decreto por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la educación primaria. Real Decreto por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la educación secundaria obligatoria. Real Decreto por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del bachillerato. Real Decreto de ordenación de la formación profesional del sistema educativo real decreto por el que se establecen las microformaciones relacionadas con los títulos de formación profesional. Real Decreto por el que se regula la aplicación de la ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, tras la modificación realizada por la ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE), a las enseñanzas artísticas y las enseñanzas deportivas, y se modifican determinados aspectos de la ordenación general de dichas enseñanzas. Real Decreto por el que modifica el real decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria. Real Decreto por el que modifica el Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de música y de danza y la educación secundaria obligatoria y el bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de educación física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de danza. Real Decreto de modificación del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria. Real Decreto de modificación del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. Real Decreto por el que modifica el Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del cuerpo de maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de educación infantil y de educación primaria reguladas por la ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 860/2010, de 2 de julio, por el que se regulan las condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria y de bachillerato. Real Decreto por el que modifica el Real Decreto 476/2013, de 21 de junio, por el que se regulan las condiciones de cualificación y formación que deben poseer los maestros de los centros privados de educación infantil y de educación primaria. El Consejo COLEF, por su parte, además de la intensa participación que prevé realizar de cara a la ‘Ley por la que se ordenan las profesiones del deporte’, también participará en los trámites de consulta pública previa y audiencia e información pública de las iniciativas legislativas y reglamentarias aquí citadas, así como en otras que pudieran afectar a la profesión.

  • No solo se trata de regular el espacio profesional, hay que ordenarlo

    NO SOLO SE TRATA DE REGULAR EL ESPACIO PROFESIONAL, HAY QUE ORDENARLO «Aprovechar la actuación del Estado en esta materia y obtener los beneficios de una adecuada intervención en servicios de educación física, actividad física y deporte por razones de interés general, debe ir más allá de enumerar profesiones sin tener en cuenta el nivel de cualificación del profesional, sino también ORDENAR con coherencia y proporcionalidad el espacio profesional». Por Vicente Gambau i Pinasa, EFD 8.916, presidente del Consejo COLEF. La histórica reivindicación de las y los ‘licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte’ (EF y CAFyD) sobre la regulación profesional está incorporada en la agenda política del actual Gobierno y ya ha iniciado su camino con la primera consulta pública. Nueve Comunidades Autónomas ya han regulado el espacio profesional de la actividad física y del deporte en sus territorios, dos más están en proceso, mientras que el resto han mostrado interés en regular y, en algunos casos, se está a la espera de la norma estatal. Los trabajos del Consejo COLEF, y el último dictamen del Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana, analizan las leyes autonómicas reguladoras de las profesiones del deporte. El régimen competencial en materia de deporte, y de profesiones tituladas y profesiones reguladas, difieren entre Estado y Comunidades Autónomas. Digamos que las normas de juego son diferentes y lo que se regula para las CCAA no sirve para el Estado. Una de las conclusiones es que «en este momento, las distintas leyes autonómicas no han creado “profesiones tituladas”» (que exigen de forma exclusiva un título universitario), sino que han procedido a la regulación de actividades o servicios para las que se requiere de una cierta “capacitación oficial” como medio necesario para la protección de intereses generales. Regular una profesión titulada (y colegiada), como lo es la profesión de ‘licenciado en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte’, es una competencia reservada al Estado que va ligada a la superación del test de proporcionalidad preceptivo, tal y como indica la legislación estatal actual. Por lo tanto, varias cuestiones deben abordarse obligatoriamente en la regulación estatal para ordenar el espacio profesional: Atribuir los conocimientos específicos y técnicas propias de las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte en exclusiva a profesionales con titulación universitaria de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. Es la universidad quien aporta dichas competencias y no ninguna otra enseñanza. Diferenciar, al igual que en las profesiones tituladas sanitarias, a profesionales científico-intelectuales (profesión de educadoras y educadores físico deportivos: nomenclatura que sustituiría a la actual denominación jurídica de ‘licenciados EF y CAFyD’) del resto de profesionales técnicos. Establecer una estructura del espacio profesional diferenciando tres grupos en función de los niveles de cualificación: las educadoras y educadores físico deportivos (con niveles de cualificación 6-7-8 MECU); profesionales técnicos (nivel MECU 4 y 5), y auxiliares técnicos (niveles 3 e inferiores). No hay que confundir la profesión colegiada de ‘Profesor de Educación Física’ (reconocida jurídicamente en 1978 y modificada en su denominación en 1999), con la profesión titulada de profesor de enseñanza secundaria, bachiller y formación profesional o profesor de enseñanzas deportivas. Nunca las y los ‘licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte’ han tenido limitada su actuación a la enseñanza oficial de la materia de Educación Física en los centros escolares. Por todo ello, aprovechar la actuación del Estado en esta materia y obtener los beneficios de una adecuada intervención en servicios de educación física, actividad física y deporte por razones de interés general, debe ir más allá de enumerar profesiones sin tener en cuenta el nivel de cualificación del profesional, sino también ORDENAR con coherencia y proporcionalidad el espacio profesional. Serán luego las normas autonómicas las que deberán adaptarse a la normativa estatal y al resto del ordenamiento jurídico vigente en cada momento para dar armonía a ese espacio profesional. Para colegiarte, sigue los pasos que se indican en la Plataforma COLEF. Más información sobre por qué colegiarte.

  • Horizonte de futuro en la profesión de la Educación Física y Deportiva

    HORIZONTE DE FUTURO EN LA PROFESIÓN DE LA EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTIVA “El futuro próximo de la Educación Física y Deportiva no solo pasa por su reconocimiento como agente esencial en el fomento de los hábitos saludables, especialmente de los estilos de vida activos, y por el uso y aprovechamiento de la tecnología, sino también por moldear ciertas actividades profesionales a los nuevos requerimientos sociales”. - Artículo publicado originalmente en el nº 193 de la Revista Profesiones, de Unión Profesional - Por Vicente Gambau i Pinasa, EFD 8.916, presidente del Consejo COLEF. Las educadoras y educadores físico deportivos se aproximan a un futuro en el que la práctica físico-deportiva es y será un pilar fundamental para la sostenibilidad de la salud de la ciudadanía. Está profesión juega un papel fundamental, en primer lugar, como agente de salud temprano, a través de aquellas y aquellos que ejercen como docentes de Educación Física, inculcando hábitos saludables a la población infantil y adolescente. El esfuerzo de estas y estos profesionales no solo se centra en lo que se realiza en sus clases, sino que contribuye a un horizonte social con personas activas y con suficiente alfabetización motriz para llevar a cabo los diferentes retos físicos que se plantean en el día a día: desde la práctica de un deporte, hasta el hecho de transportar de forma segura las bolsas de la compra o caminar por diversas superficies minimizando el riesgo de lesión. Con una población cada vez más inactiva y sedentaria, y con más comorbilidades para las que se ha demostrado que el ejercicio físico es beneficioso, la Educación Física y Deportiva se torna imprescindible. De hecho, la Educación Física que se institucionaliza como materia en el sistema educativo, también encuentra su continuum en el ejercicio profesional de las educadoras y educadores físico deportivos que trabajan en el ámbito de la salud, planificando e implementando programas de ejercicio físico como herramienta coadyuvante a los tratamientos de carácter sanitario en personas con patologías o lesiones; o en el ámbito del rendimiento, llevando a cabo la preparación física de deportistas o trabajadores para optimizar su condición física, sus competencias motrices y sus capacidades coordinativas para la competición o situaciones laborales de exigencia física. Las educadoras y educadores físico deportivos son los profesionales del sector de la educación física, la actividad física y el deporte con mayor nivel de cualificación, pero no son los únicos. Esto significa que también son quienes se encargan de la dirección científico-técnica de los servicios, además de la intervención directa en aquellos con mayor complejidad y necesidad de conocimientos, capacidades y responsabilidades, como los mencionados anteriormente (docencia de la Educación Física, ejercicio físico orientado a la salud, preparación física). Ahora bien, en el futuro próximo es totalmente necesario que en España se afronte una ordenación de estas y estos profesionales del deporte con diferente nivel de cualificación, porque sin una ley estatal, actualmente existe un problema para la ciudadanía en el que se están prestando servicios complejos, y que comportan riesgo para la salud, por personas infracualificadas. En especial, esto es importante cuando se trata de poblaciones especiales o con factores de riesgo, a quienes cada vez se recomienda en mayor medida la actividad física. Ahora bien, países como Francia, Brasil, Canadá, Sudáfrica o Australia han asumido que, para afrontar el reto de las enfermedades no transmisibles, los profesionales del deporte con mayor cualificación, es decir, las educadoras y educadores físico deportivos, deben integrarse en el sistema sanitario. España debe mirar al futuro también con este objetivo. Esta ley estatal ordenadora se hace cada vez más necesaria ante la ola digital, ya imparable, que ha convertido la venta de servicios virtuales de práctica físico-deportiva en tendencia, con un crecimiento exponencial, y que también necesitan de principios deontológicos sobre los que sustentarse. El marketing del “todo vale”, la distorsión de la imagen corporal sin valores ni evidencias científicas, es habitual en los perfiles de redes sociales de supuestos “influencers” que comercializan fitness. Pero no solo es necesaria la intervención normativa para afrontar la definitiva regulación profesional del sector del deporte, sino que las educadoras y educadores físico deportivos deben estar preparados para ofrecer sus servicios en un entorno digital, ofreciendo una imagen profesional, y empleando plataformas online que favorezcan la práctica físico-deportiva a sus clientes, deportistas y alumnado. Esto también significa que sepan aprovechar todas las nuevas tecnologías que facilitan una cada vez más precisa evaluación de la condición física, para poder adaptar la dosis de ejercicio físico de una manera más milimétrica. Por otra parte, el futuro próximo de la Educación Física y Deportiva no solo pasa por su reconocimiento como agente esencial en el fomento de los hábitos saludables, especialmente de los estilos de vida activos, y por el uso y aprovechamiento de la tecnología, sino también por moldear ciertas actividades profesionales a los nuevos requerimientos sociales: asesorando en la elaboración y puesta en marcha de ciudades y municipios activos, llevando la preparación física de jugadores de e-sport, o incluso analizando los datos (big data) de deportistas y equipos para que las y los profesionales del entrenamiento deportivo y la preparación física puedan saber cómo obtener ventajas sobre los rivales. En todo este proceso de transformación de las actividades profesionales, las corporaciones colegiales juegan un papel muy importante, ofertando un desarrollo profesional continuo que satisfaga las necesidades de la colegiación para que puedan prestar servicios de calidad, y también detectando las posibles afectaciones deontológicas en las nuevas relaciones que está promoviendo la nueva sociedad tecnológica. Para colegiarte, sigue los pasos que se indican en la Plataforma COLEF. Más información sobre por qué colegiarte.

  • Disponible el número 434 de la REEFD

    DISPONIBLE EL NÚMERO 434 DE LA REEFD El número 434 de la Revista Española de Educación Física y Deportes (REEFD) es un especial sobre el XVI Congreso Internacional de la Asociación Española de Investigación Social Aplicada al Deporte (AEISAD) bajo el lema “Diálogos sobre el deporte (1975-2020)” ¡No te lo pierdas! La Revista Española de Educación Física y Deportes (REEFD) ya ha publicado el número correspondiente al tercer trimestre del año 2021. El 434, es un especial sobre el XVI Congreso Internacional de la Asociación Española de Investigación Social Aplicada al Deporte (AEISAD), con el lema “Diálogos sobre el deporte 1975-2020”, integrado dentro de un proyecto que se inició en el 2018 cuyo primer tiempo fue la publicación de un libro bajo el mismo nombre. En palabras de Pilar Martos Fernández, presidenta de la AEISAD en su presentación, “después de 45 años de democracia en España, el XVI congreso de la AEISAD ha pretendido impulsar la reflexión y el diálogo sobre la evolución del deporte desde su vertiente social, política, económica y cultural durante este período.” El proyecto “Diálogos sobre el Deporte” ha permitido conocer y analizar el pasado para abordar los retos del futuro. El diálogo intergeneracional entre los participantes ha favorecido el conocimiento del proceso de cambios en el sistema deportivo desde 1975 a la actualidad, con sus límites y sus logros. Este número recoge 10 actas del propio congreso, mostrando estudios de diversa índole y temática que abarca el mundo del deporte y su relación con la realidad social convergente. ACTAS DEL CONGRESO

bottom of page