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"Es necesario que la formación sobre orientación sexual, identidad de género o expresión de gén


MANIFIESTO POR UN DEPORTE MÁS INCLUSIVO CON LOS COLECTIVOS LGTBI+

Desde el Consejo General de Colegios Oficiales de la Educación Física y del Deporte (Consejo COLEF), en conjunto con la Agrupación Deportiva Ibérica LGTBI+ (ADI), expresamos la necesidad de trabajar, de una forma explícita, la no discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género o expresión de género en cualquiera de las manifestaciones del deporte.


Los/as profesionales y técnicos/as del deporte, en su mayoría, prestan servicios de intervención directa en los que aspectos relacionados con lo corporal y emocional toman gran relevancia. Por eso entendemos que deben ser agentes sensibles a la LGTBIfobia como forma específica de violencia, porque no solo interfiere en la vida de las personas LGBTI+, sino también en el desarrollo de las relaciones sociales


Tanto en los ámbitos propios de los/as educadores/as físico deportivos/as (enseñanza de la educación física y del deporte, la educación física orientada a la salud, la preparación física, la dirección técnico-deportiva y la educación física y deportiva en el turismo activo), como en los de ocupaciones propias del deporte (técnicos/as de competición institucionalizada, de recreación y de turismo activo), es necesario proveer de mecanismos para hacer efectiva la igualdad eliminando las discriminaciones.


En el caso concreto de la enseñanza de la Educación Física, según un estudio realizado en 2014, el grupo de docentes al que investigaron no eran conscientes o no reconocían “sus propias concepciones sobre estas temáticas. En concreto se trata de estereotipos y roles sociales que en muchos casos reproducen de manera inconsciente con su alumnado, transmitiendo a sus discentes una educación discriminativa. Esto deja patente las necesidades de formación que tienen en los campos del género, la coeducación y el respeto ante la diversidad sexual” (Piedra, Ramírez-Macías y Latorre, 2014).


Por otra parte, el 64,5% del alumnado de Secundaria en las clases de Educación Física ha sido testigo de comportamientos homofóbicos entre estudiantes y un 33% los ha sufrido en primera persona en alguna ocasión, incluso siendo heterosexuales (Piedra de la Cuadra, Rodríguez Sánchez, Ries y Ramírez Macías, 2013).


En otros ámbitos, como el federativo, sorprende la escasa visibilidad LGTBI+ en muchos deportes, especialmente en los que más espectadores reúnen. Uno de los datos más destacados por las Asociaciones LGTBI+ es que en La Liga de fútbol profesional no hay ningún jugador que haya declarado públicamente una orientación sexual diferente a la heteronormativa.


Esto podría contrastarse con los comportamientos de los espectadores: los delitos de odio más denunciados en 2014 (513) fueron los motivados por la orientación sexual de las personas, muchos de ellos acaecidos en campos deportivos.


En relación a transexualidad e intersexualidad al deporte todavía le queda un amplio camino por recorrer. En el ámbito del deporte competición la regla de la testosterona no se adecua a la conceptualización de identidad de género, y de cualquier manera establece una forma binaria de clasificación. En los ámbitos del deporte con otros fines diferentes al competitivo (salud, recreación, educación, etc.) instalaciones y profesionales no contemplan las necesidades de las personas transexuales e intersexuales, por ejemplo en cuanto al uso de vestuarios, y especialmente en los procesos de transición de transexualidad.


El género, entendido de forma binaria, hombre-mujer, se ha estudiado como una distinción biológica diferenciadora para las respuestas y adaptaciones al entrenamiento. Sin embargo, faltan evidencias científicas sobre el entrenamiento en personas transexuales e intersexuales, donde los parámetros hormonales pueden ser determinantes a la hora de la programación de entrenamiento, e incluso la práctica físico-deportiva podría afectar a los procesos de transición.


Por todos estos motivos,

EXPONEMOS y MANIFESTAMOS:


  • Que es necesario que la formación sobre orientación sexual, identidad de género o expresión de género de los colectivos de profesionales y técnicos/as del deporte esté asegurada en todos los niveles y ámbitos educativos.


  • Que las estrategias para prevenir y erradicar los delitos de odio relacionados con la orientación sexual, identidad de género o expresión de género deben visibilizar las particulares intersecciones entre sexo, género y sexualidad.


  • Que los/as profesores/as de Educación Física deberían introducir en sus clases contenidos transversales con perspectiva de género que incluya la diversidad sexual, familiar y de identidad de género, y así con ello ayudar a reducir la violencia en los ámbitos educativos.


  • Que los/as profesionales y técnicos/as del deporte deben utilizar un lenguaje coherente y respetuoso que tenga en cuenta la autoidentidad de género de las personas.


  • Que los espacios de los vestuarios deben rediseñarse “para convertirlos en lugares seguros, confortables e inclusivos, que atiendan sus necesidades y que se correspondan con las respectivas identidades de género. Se debería asegurar a las mujeres trans el acceso a los vestuarios femeninos y a los hombres trans a los masculinos. Asimismo, sin tener la obligación de utilizar un vestuario ‘neutral de género’, cualquier persona que lo solicitara debería tener acceso a un espacio privado” (Fuentes Miguel, 2015).


  • Que las entidades deportivas del ámbito competitivo deberían introducir normativas que contemplen la realidad transexual e intersexual y su derecho a competir.


  • Que se fomente la investigación en cuanto a orientación sexual, identidad de género o expresión de género en las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte para mejorar las estrategias de intervención profesional en torno a aspectos fisiológicos por una parte (en relación a transexualidad e intersexualidad), y a aspectos socio-educativos por otra.


  • Que todas las entidades deportivas deberían diseñar e implantar un protocolo de actuación ante discriminación LGTBI+, que incluya mensajes y medidas proactivas de visibilidad de la realidad estos colectivos.


  • Que la legislación deportiva contemple de manera específica las medidas que se deben tomar para la erradicación de la discriminación por razones de orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

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