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- Carta abierta a la Ministra del MEFP sobre las propuestas de reforma de la función docente
CARTA ABIERTA A LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL SOBRE LAS PROPUESTAS DEL GOBIERNO PARA REFORMAR LA FUNCIÓN DOCENTE El Consejo COLEF ha decidido pronunciarse sobre las propuestas del Gobierno para la mejora de la función docente, pues varias de ellas concuerdan con las solicitudes que se han hecho en los últimos años desde la Organización Colegial en relación con el profesorado de Educación Física. La reformulación del acceso a la docencia podría por fin asegurar que la materia de Educación Física se imparta por personas verdaderamente especialistas: tituladas universitarias en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. Excma. Sra. Dña. Pilar Alegría, Ministra de Educación y Formación Profesional: Le escribo en representación del Consejo General de la Educación Física y Deportiva* (Consejo COLEF), corporación de derecho público que representa a la organización colegial creada en 1978. El Consejo COLEF integra 17 Colegios Oficiales autonómicos en los que se adscriben las educadoras y educadores físico deportivos, es decir, profesionales colegiados/as con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (actualmente, en España hay más de 64.000 personas con esta titulación o equivalente). Entre los fines del Consejo COLEF destacan: la ordenación y representación en el Estado español de las personas educadoras físico deportivas, la defensa de los derechos e intereses profesionales de la colegiación y velar por la protección de la salud y la seguridad de las personas que reciben cualquier tipo de servicio relacionado con la Educación Física y Deportiva. Nuestra Organización Colegial integra a las personas tituladas universitarias en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte y análogas y, por lo tanto, al profesorado de la especialidad de Educación Física tanto en Secundaria, como en Bachillerato y Formación Profesional. Por ello, nos llevamos una grata sorpresa al conocer las 24 propuestas para la reforma de la función docente, pues varias de ellas llevamos reivindicándolas desde que cambiaron algunas cuestiones en el acceso a la docencia hace ya varias décadas. Esta carta, que se ha propuesto en modalidad abierta para conocimiento de toda la ciudadanía, no solamente es un agradecimiento, sino un apoyo de esta corporación colegial estatal a sus propuestas, y en especial a las siguientes: PORQUE: Actualmente, la realidad es que las titulaciones que se corresponden con la especialidad están quedando a criterio de las Universidades, y aunque en la especialidad de Educación Física en muchos casos el acceso es exclusivo para personas con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, en otros esta titulación se establece como preferente, a veces junto con otras, y se permite el acceso a otras muchas. La prueba mencionada en la Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre (BOE:núm. 312, de 29/12/2007, pp. 53751 a 53753), para aquellas personas sin una titulación vinculada a la especialidad, no parece anunciarse en ninguno de los Máster oficiales con la especialidad de Educación Física, sino que habitualmente establecen que aquellas personas sin los requisitos preferentes podrán acceder si no se cubren las plazas. Es digno de mención el problema generado con esto, no solo porque se esté permitiendo el acceso a cualquier persona con una titulación universitaria, sino porque en concreto en el listado de aquellas afines a esta especialidad se contempla el título de Grado en Educación Primaria con mención en Educación Física, o equivalente. En este caso la citada mención no supone una formación suficiente (ver tabla), pero además se produce el agravio comparativo de que personas con estos títulos accedan a la docencia tanto en la etapa educativa de Primaria como en la de Secundaria con este Máster, aun siendo su formación específica para la primera etapa, sin ser verdaderos especialistas en ninguna de las áreas de Secundaria (tampoco en Educación Física). PORQUE: El Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes (BOE:núm. 53, de 02/03/2007, pp. 8915 a 8938) no detalla las titulaciones académicas requeridas para cada especialidad, y solo dice lo siguiente en relación con la prueba a superar en la oposición: «En el caso de concordancia entre la titulación académica con la que se opta y la especialidad a la que se aspira, el tema será elegido por el aspirante de entre nueve elegidos al azar por el Tribunal». En base a esto, y teniendo en cuenta la distinción en el acceso a la docencia en centros públicos y privados, no parece adecuado justificar la ausencia del requisito de formación académica específica mínima para los centros públicos. En cualquier caso esto significa que el Estado hasta ahora está equiparando las pruebas de la fase de una oposición con la adquisición de competencias y resultados de aprendizaje de una titulación universitaria de 4 o 5 años. Es decir, establece la única distinción, entre personas con y sin cualificación previa, en una prueba concreta basándose en el azar. Los requisitos de acceso a las especialidades del Máster de Profesorado, y la posibilidad de que en la oposición las personas con una titulación concordante con la especialidad puedan elegir tema, reducen el porcentaje de personas sin cualificación adecuada que finalmente impartan docencia de Educación Física en Secundaria en centros públicos, pero no son medidas suficientes. Además, si la superación de la oposición de profesorado para la especialidad de Educación Física no asegura que personas sin la formación de Grado específico tengan todas las competencias necesarias para impartir la materia en Secundaria y Bachillerato, menos aún lo hace para el resto de actividades docentes a las que se dedica el profesorado de esta especialidad: formación profesional de la familia de actividades físicas y deportivas y enseñanzas deportivas de régimen especial. PORQUE: Además de lo ya mencionado anteriormente, hasta ahora han sido las Comunidades Autónomas las que, en uso de sus competencias, han limitado qué personas tituladas podrían optar al interinaje a través de sus normativas correspondientes. Sin embargo, en muchos casos tampoco lo han limitado adecuadamente a la única titulación universitaria que otorga las competencias para la enseñanza de la Educación Física, el Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. PORQUE: En lo que respecta a la Educación Física, en el Real Decreto 860/2010, de 2 de julio (BOE:núm. 173, de 17/07/2010, pp. 63092 a 63100) que se establece el criterio que rige actualmente, y en el que se indican como condiciones de formación inicial: Cualquier título de Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Grado, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia. Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, Educación Física. Licenciatura en Medicina acreditando estar en posesión del Diploma de Especialista en Medicina Deportiva. A pesar de que la única titulación universitaria española con formación suficiente y especializada en Educación Física es el Grado universitario en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (BOE:núm. 228, de 20/09/2018, pp. 91209 a 91217), sigue incluyéndose como título de acceso la Medicina, cuando su especialidad deportiva se desvinculó en los años ‘60 del siglo XX de cualquier contenido y/o práctica relacionada con la docencia y/o intervención directa en la práctica físico-deportiva. Esto quiere decir que las y los especialistas en Medicina del Deporte no tienen competencias para impartir clases de Educación Física, ni para prestar servicios de práctica físico-deportiva de cualquier índole. Tampoco se entiende que, para impartir una materia que afecta a la salud y seguridad de menores, habida cuenta de la Sentencia del Tribunal Constitucional 194/1998, de 1 de octubre (BOE:núm. 260, de 30/10/1998, pp. 55 a 61), se autorice a personas con cualquier titulación universitaria, cuyo único requisito relacionado (acreditación de experiencia docente o de formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia) queda a criterio de la empresa privada educativa. Todas estas propuestas que apoyamos de forma específica tienen una base fundamentada que exponemos en el ANEXO de esta carta, y que se resumen en los siguientes tres puntos: UNESCO y Consejo de Europa coinciden en que el personal docente de Educación Física debe tener formación suficiente, y que el Estado tiene la responsabilidad de asegurar que las y los docentes cuentan con cualificación específica del área. La identidad de actuación entre el personal docente de Educación Física y el profesorado del resto de materias exigen planteamientos diferentes, tal y como destacó el Tribunal Supremo, en la Sentencia 15799/1987, de 3 de octubre de 1987 y el Tribunal Constitucional en la Sentencia 194/1998, de 1 de octubre, en la que se reconoce la Educación Física, en base a su interés general, como una profesión titulada y colegiada. El Estado debe tomar todas las medidas posibles para garantizar la integridad física, como derecho fundamental, en una materia como la Educación Física, cuyas actividades pueden causar graves consecuencias, tal y como refleja la jurisprudencia generada al respecto. En definitiva, el Consejo COLEF espera que todas estas propuestas se concreten en futuras normas, en cuyo trámite de participación pública por supuesto que remitirá las aportaciones, en caso de ser pertinentes, al objeto de colaborar con el Estado en mejorar la calidad de la función docente y, en concreto, del profesorado de la especialidad de Educación Física. Quedando a la espera de sus noticias, reciba un cordial saludo. Vicente Gambau i Pinasa. Presidente del Consejo COLEF. Gracias a la colegiación podemos hacer que se escuchen nuestras voces como colectivo profesional en el Gobierno y en la Administración General del Estado. Cuantas más personas estemos colegiadas, más se escucharán nuestras voces. Es tu responsabilidad, es tu compromiso con la profesión. Si todavía no te has colegiado, puedes hacerlo de forma fácil y sencilla a través de la Plataforma COLEF.
- ¿Preparación física y readaptación como especialidad de los TDS? Decimos NO
¿PREPARACIÓN FÍSICA Y READAPTACIÓN COMO ESPECIALIDAD DE LOS TÉCNICOS DEPORTIVOS SUPERIORES? DECIMOS NO El Consejo COLEF y la Conferencia Española de Decanos de Ciencias del Deporte muestran al Consejo Superior de Deportes su preocupación y rechazo por la ubicación de la preparación física y la readaptación como una especialidad formativa de los Técnicos Deportivos Superiores de las enseñanzas deportivas de régimen especial. El Consejo COLEF y la Conferencia Española de Decanos de Ciencias del Deporte han remitido una carta al Consejo Superior de Deportes en relación con la sobredimensión y el solapamiento de competencias de las especializaciones del Técnico Superior de Balonmano. En concreto, el artículo 4 del recién publicado ‘Real Decreto 901/2021, de 19 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano y se fija su currículo básico y los requisitos de acceso’ (BOE-A-2021-18142) indica como una de las especializaciones de este título de enseñanzas deportivas de régimen especial la ‘Preparación Física, prevención y readaptación de lesiones en balonmano’. Aunque dicho Real Decreto no constituyen una regulación del ejercicio de profesión titulada alguna, como señala su disposición adicional primera, y ante la falta de la misma a nivel estatal, se evidencia una confusión manifiesta dentro del entorno laboral y, por otro lado, de las competencias que se atribuyen según el nivel de cualificación, siendo en este caso, sobredimensionadas y solapadas con las publicadas en la ‘Resolución de 18 de septiembre de 2018, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Universidades de 17 de septiembre de 2018, por el que se establecen recomendaciones para la propuesta por las universidades de memorias de verificación del título oficial de Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte’ (BOE-A-2018-12774). Asimismo, se debe tener presente que las diferentes leyes autonómicas de regulación del ejercicio profesional del deporte han regulado la cualificación necesaria para la prestación de servicios de preparación física, en las que se indica de forma expresa que debe ejercerse de forma exclusiva por personas con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. Por todo lo anterior, Consejo COLEF y Conferencia Española de Decanos de Ciencias del Deporte han mostrado su preocupación y rechazo ante otra iniciativa de formación que no tiene en cuenta ni el sector, ni el Marco Español de Cualificaciones, ni las enseñanzas preexistentes, ni tampoco las tendencias legislativas en materia de regulación profesional (aún siendo autonómicas). Además, han querido dejar claro que en el diseño de estas formaciones se están usurpando competencias profesionales, personales y sociales propias de la formación científica e intelectual correspondientes a niveles de cualificación de las personas tituladas universitarias en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, generando, a su vez, graves problemas en el mercado laboral, ante la falta de una regulación profesional estatal. Por supuesto, se ha solicitado que se modifique el citado Real Decreto 901/2021, de 19 de octubre, pero también ambas instituciones piden encarecidamente que, antes de diseñar más formaciones, se realicen las labores de coordinación pertinentes entre los diferentes agentes protagonistas y se clarifique el escenario profesional en el sector de las actividades físicas y deportivas, con la premisa de adecuar la oferta de formación a las necesidades del mercado de trabajo. Desde el Consejo COLEF se espera una respuesta favorable del Consejo Superior de Deportes, más aún teniendo en cuenta que el equipo actual está sensibilizado y comprometido con la regulación profesional. Gracias a la colegiación podemos hacer que se escuchen nuestras voces como colectivo profesional en el Gobierno y en la Administración General del Estado. Cuantas más personas estemos colegiadas, más se escucharán nuestras voces. Es tu responsabilidad, es tu compromiso con la profesión. Si todavía no te has colegiado, puedes hacerlo de forma fácil y sencilla a través de la PLATAFORMA COLEF.
- Consejo COLEF envía sugerencias para el Proyecto de Ley del Deporte a los Grupos Parlamentarios
EL CONSEJO COLEF ENVÍA SUGERENCIAS DE ENMIENDAS PARA EL PROYECTO DE LEY DEL DEPORTE A TODOS LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS Uno de los aspectos que más le preocupan al Consejo COLEF sobre el Proyecto de Ley del Deporte es la inseguridad jurídica en la prestación de servicios deportivos, tanto para la ciudadanía como para los agentes y entidades del sector, ante la falta de identificación precisa y clara de las y los profesionales propios del deporte. Conoce todas las sugerencias de enmiendas que se han hecho llegar a los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados para que las hagan suyas y así mejoren la futura Ley del Deporte. El pasado 17 de diciembre de 2021 el Consejo de Ministros daba luz verde al Anteproyecto de Ley del Deporte. El 14 de enero de 2022 el texto por fin estuvo disponible en el Boletín Oficial del Congreso de los Diputados, para el inicio de su tramitación parlamentaria. Ahora, los Grupos Parlamentarios tienen en sus manos el debate y la mejora de este Proyecto de Ley a través de las enmiendas. Por ello, y como es habitual en los Proyectos de Ley de materias de interés, el Consejo COLEF ha remitido, a todos los Grupos Parlamentarios de la Comisión de Cultura y Deporte del Congreso de los Diputados, un documento con la sugerencia de enmiendas que, esta corporación de derecho público estatal, considera necesarias para que la futura Ley del Deporte pudiera tener una cobertura real para toda la ciudadanía. Esta sugerencia de enmiendas está totalmente alineada con lo ya solicitado en el trámite de audiencia e información pública. En el mes de julio el Consejo COLEF presentó 20 aportaciones, de las cuales han sido tenidas en cuenta 6. Ahora, y dados los cambios producidos en el texto, el Consejo COLEF propone a los Grupos Parlamentarios 19 enmiendas. Éstas se resumen en los aspectos que preocupan al Consejo COLEF sobre este Proyecto de Ley del Deporte: La falta de precisión sobre qué profesionales están cualificados para prestar servicios deportivos, lo cuál no consigue el objeto de prevenir los riesgos en la práctica físico-deportivos, por lo que seguirá habiendo consecuencias sobre la integridad física y la salud de la ciudadanía. La inseguridad jurídica en la prestación de servicios deportivos, tanto para la ciudadanía como para los agentes y entidades del sector, ante la falta de identificación precisa y clara de las y los profesionales propios del deporte. Incluso descuida hacer referencia a la única profesión del deporte titulada y colegiada -la de las educadoras y educadores físico deportivos-, amparada en el Real Decreto 2957/1978, de 3 de noviembre, y la Sentencia del Tribunal Constitucional 194/1998, de 1 de octubre. La limitación de las competencias del Consejo Superior de Deportes, en el apoyo y la promoción de la formación, a los técnicos deportivos, obviando a más de la mitad de los profesionales del sector: Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte y formación profesional de la familia de las actividades físicas y deportivas. El reconocimiento de derechos que tienen una proyección para el cuidado de toda la ciudadanía únicamente para aquellas personas deportistas de alto nivel. El olvido de otros subsectores que no son el competitivo institucionalizado y, por tanto, negando un soporte normativo estatal para el 85,21% de los practicantes deportivos. La falta de precisión en ciertos conceptos del ámbito federativo, utilizando nomenclaturas que amplían la esfera de actuación, por ejemplo, en la clasificación de deportistas: cualquier deportista fuera del modelo federativo es “de no competición”, y también puede ser “ocasional”, sin embargo la ley vincula estas denominación genéricas únicamente al ámbito federado. La definición y las especificaciones sobre el término ‘entidad deportiva’ es otro de los ejemplos de falta de precisión en este proyecto de ley. La insuficiencia del articulado en relación con el voluntariado, que obvia preceptos de la Ley 45/2015, de 14 de octubre. El olvido sistemático de la corporación de derecho público tutelada por el Consejo Superior de Deportes, con vinculación normativa desde 1978: la Organización Colegial de la Educación Física y Deportiva. La ausencia de reconocimiento del papel de las Facultades de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. Si quieres conocer las enmiendas que sugiere el Consejo COLEF y la justificación de cada una, no dudes en acceder al documento completo. Este documento se han enviado a todos y cada uno de los Grupos Parlamentarios: Socialista, Popular, VOX, Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Republicano, Plural, Ciudadanos, Vasco (EAJ-PNV), Euskal Herria Bildu y Mixto. Esperamos que tengan a bien hacer suyas estas enmiendas y coincidir unánimemente en la necesidad de modificar el texto en el sentido que propone el Consejo COLEF. Gracias a la colegiación podemos hacer que se escuchen nuestras voces como colectivo profesional en las iniciativas legislativas y reglamentarias de interés para la profesión y para el sector de la educación física, la actividad física y el deporte. Cuantas más personas estemos colegiadas, más se escucharán nuestras voces. Es tu responsabilidad, es tu compromiso con la profesión. Si todavía no te has colegiado, puedes hacerlo de forma fácil y sencilla a través de la PLATAFORMACOLEF.es
- La práctica físico-deportiva, ¿puede mejorar el rendimiento laboral?
LA PRÁCTICA FÍSICO-DEPORTIVA, ¿PUEDE MEJORAR EL RENDIMIENTO LABORAL? La teoría indica que la práctica físico deportiva reporta mejoras en los niveles de estrés en el trabajo, lo cual a su vez podría tener consecuencias positivas en una mayor productividad laboral. Un estudio desarrollado por José Luis Gómez Carmona (EFD 6.501) pretende realizar una valoración empírica de los niveles de estrés laboral en población trabajadora tanto practicante como no de actividades físico-deportivas, con el objeto posterior de realizar un análisis econométrico que recoja los factores explicativos del estrés laboral con la inclusión de la práctica físico deportiva como variable sociodemográfica relevante. La participación a la investigación está abierta a cualquier persona trabajadora mediante un cuestionario Si eres trabajador o trabajadora de cualquier sector, practiques actividad físico-deportiva o no, te animamos a participar en este estudio de investigación sobre el estrés laboral. Por José Luis Gómez Carmona (EFD 6.501), doctorando en la Universidad de León. La microeconomía abarca el estudio de los comportamientos individuales de las unidades económicas (individuos, familias, empresas y mercados) con el objeto de predecir el proceder de productores y consumidores. La macroeconomía se centra en el análisis del comportamiento de los sistemas económicos de áreas concretas ofreciendo una visión global. Entre ambas se establece un entorno con relación directa, donde la inclusión de la práctica físico-deportiva puede tener una influencia significativa. En este sentido, si la unidad de análisis microeconómica es la empresa, y desde el estudio de sus recursos humanos, entre sus múltiples metas a desarrollar se encontraría el incremento de la productividad de sus factores en sintonía con la mejora del estado de bienestar de estos. La vinculación entre productividad laboral del trabajador/a y la actividad físico deportiva ha sido desarrollada por Lechner, quien establece que la práctica regular de estas disciplinas puede aumentar la productividad de los recursos humanos o influir en el éxito individual en el mercado laboral ante las mejoras desarrolladas a nivel de salud, apariencia física, capital humano y habilidades blandas, lo que repercute positivamente en beneficios en la salud y fomento de las habilidades cognitivas y no cognitivas, incluida la autodisciplina, el manejo del estrés y el trabajo en equipo (Lechner, 2015). En esta línea, son diversas las investigaciones que relacionan la práctica físico-deportiva con beneficios en el control de estrés en el entorno laboral (Kuo, 2013; López-Bueno et al., 2020; Obando Mejía et al., 2017). Bajo estas premisas se pretende una investigación, base para la elaboración de una tesis doctoral desarrollada por Jose Luis Gómez Carmona (EFD 6.501), en la que se acomete examinar los influjos positivos que la práctica físico-deportiva puede tener sobre la población trabajadora. La investigación, en primera instancia, tratará de analizar las relaciones que pudieran existir en la reducción del estrés entre los ámbitos deportivo y laboral. En segundo lugar, de ratificarse esta vinculación previa, se procedería a la realización de un análisis econométrico de los costes por estrés laboral, en relación con estudios similares previos (Burón, 2010), pero con la inclusión de variables asociadas a la práctica físico deportiva, en previsión de lograr resultados que permitan certificar y cuantificar el incremento de la productividad laboral de los recursos humanos que practican actividad físico deportiva, a razón de mejoras en el control del estrés derivado de dicha práctica. Para poder llevar a cabo este proyecto es necesaria la recopilación de información para el posterior tratamiento de datos, siendo el instrumento empleado con este propósito un cuestionario, cuyo acceso se realiza a través del vínculo: https://forms.gle/jyu1q1nAD11JX4br9 La participación y su divulgación al estudio está abierta a toda persona empleada, practicante o no de actividad físico deportiva. REFERENCIAS Burón, C. G. (2010). Análisis económico de los determinantes del estrés laboral en España. Estadística Española. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=3615662 Kuo, C. T. (2013). The effect of recreational sport involvement on work stress and quality of life in central Taiwan. Social Behavior and Personality. https://doi.org/10.2224/sbp.2013.41.10.1705 Lechner, M. (2015). Sports, exercise, and labor market outcomes. IZA World of Labor. https://doi.org/10.15185/izawol.126 López-Bueno, R., Andersen, L. L., Smith, L., López-Sánchez, G. F., Mompel, J., Casedas, L., & Casajús, J. A. (2020). Physical activity and perceived stress at work in university workers: A cross-sectional study. Journal of Sports Medicine and Physical Fitness. https://doi.org/10.23736/S0022-4707.19.10259-9 Obando Mejía, I. A., Calero Morales, S., Carpio Orellana, P., & Fernández Lorenzo, A. (2017). Efecto de las actividades físicas en la disminución del estrés laboral. Revista Cubana de Medicina General Integral. http://www.revmgi.sld.cu/index.php/mgi/article/view/382/152 Esta nota divulgativa se ha publicado bajo la iniciativa del Consejo COLEF ‘deporCIENCIA’, para dar difusión al trabajo investigador de la colegiación. Si eres colegiada o colegiado y tú también investigas, puedes beneficiarte de todas las ventajas de ‘deporCIENCIA’. Accede al dossier o la web y conoce todos los recursos que proporciona esta iniciativa.
- Apoya más EF en las Órdenes sobre el currículo de Primaria, Secundaria y Bachillerato
EL CONSEJO COLEF PIDE MÁS EF EN LAS ÓRDENES SOBRE EL CURRÍCULO DE PRIMARIA, SECUNDARIA Y BACHILLERATO. ¡APÓYANOS! El Consejo COLEF participa en la consulta pública previa de las Órdenes por la que se establecen la ordenación y el currículo de Primaria, Secundaria y Bachillerato en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Conoce todo lo que se ha solicitado para una Educación Física de Calidad. Además, puedes apoyar estas aportaciones hasta el próximo martes, 8 de febrero de 2022. El Ministerio de Educación y Formación Profesional está sometiendo a consulta pública las Órdenes por la que se establecen la ordenación y el currículo de Primaria, Secundaria y Bachillerato en el ámbito de su gestión, es decir, Ceuta, Melilla y el exterior. Este trámite de participación pública permanecerá abierto hasta el próximo martes, 8 de febrero de 2022. Por supuesto, el Consejo COLEF ha hecho llegar sus observaciones al Ministerio, y ahora las comparte con toda la ciudadanía y el colectivo profesional para que, antes de que finalice el plazo, cualquier persona o entidad pueda apoyarlas, en la forma que considere conveniente, a través de los correos electrónicos que proporciona el Gobierno: Para Primaria: tipinfaprimsgoa@educacion.gob.es Para Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato: tipesobachsgoa@educacion.gob.es ¿QUÉ ES LO QUE PIDE EL CONSEJO COLEF? En la línea con lo ya solicitado en los trámites de participación pública de los reales decretos curriculares sobre enseñanzas mínimas, y a la espera de conocer el texto final de las tres etapas mencionadas, la corporación colegial estatal ha seguido insistiendo en sus reivindicaciones para la concreción territorial de Ceuta, Melilla y el exterior. NOTA ACLARATORIA: Evidentemente, los correspondientes COLEF autonómicos se están ocupando de los próximos decretos curriculares en sus respectivas Comunidades Autónomas. Te resumimos a continuación todo lo solicitado en las tres Órdenes, pero también puedes descargarte los documentos íntegros que ha enviado el Consejo COLEF al Ministerio de Educación y Formación Profesional. No dudes en apoyar las aportaciones del Consejo COLEF enviando un correo electrónico, antes del 8 de febrero de 2022, a tipinfaprimsgoa@educacion.gob.es para Primaria y a tipesobachsgoa@educacion.gob.es para Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. Gracias a la colegiación podemos hacer que se escuchen nuestras voces como colectivo profesional en las iniciativas legislativas y reglamentarias de interés para la profesión y para el sector de la educación física, la actividad física y el deporte. Cuantas más personas estemos colegiadas, más se escucharán nuestras voces. Es tu responsabilidad, es tu compromiso con la profesión. Si todavía no te has colegiado, puedes hacerlo de forma fácil y sencilla a través de la PLATAFORMACOLEF.es
- El Consejo COLEF solicita la convalidación del bloque específico de los títulos de TD y TDS
EL CONSEJO COLEF SOLICITA LA CONVALIDACIÓN DEL BLOQUE ESPECÍFICO DE LOS TÍTULOS DE TÉCNICO DEPORTIVO Y TÉCNICO DEPORTIVO SUPERIOR El Consejo COLEF pide que las “maestrías” del Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte puedan convalidarse por el bloque específico de las enseñanzas deportivas de régimen especial, estableciendo un procedimiento que sea concreto y aporte suficiente seguridad jurídica a las personas solicitantes. Si quieres conocer más sobre las aportaciones realizadas en la consulta pública previa del proyecto de Orden que modificará el régimen de convalidaciones para los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior, lee la noticia. Una de las reivindicaciones más habituales de las personas egresadas de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte ha sido y es que las “maestrías” de los diferentes deportes que se cursan en la carrera pudieran convalidarse para obtener las titulaciones de las enseñanzas deportivas. Recientemente el Ministerio de Educación y Formación Profesional sometió a consulta pública previa un proyecto de Orden que pretende establecer las convalidaciones entre determinadas enseñanzas de los títulos oficiales relacionados con la actividad física y el deporte y las correspondientes del bloque común de las enseñanzas deportivas. Esta Orden sustituirá a la Orden ECI/3224/2004, de 21 de septiembre (BOE-A-2004-17359), la cual, en su anexo IV establecía el régimen de convalidación para las personas con Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. Pues bien, el Consejo COLEF, a pesar de que la iniciativa del Ministerio se centra en el bloque común, ha solicitado que se tenga en cuenta la formación cursada en el Grado en relación con las modalidades y disciplinas deportivas y prevea una vía concreta y eficaz para la convalidación total o parcial del bloque específico. Para aquellas personas ajenas a las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte a continuación haremos un breve resumen de la situación. Hay que tener en cuenta que el Libro Blanco del título de Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (ANECA, 2007) contempla 42 créditos ECTS de contenidos troncales relacionados con las modalidades deportivas. Éstos, denominados ‘Fundamentos de los deportes’, integran contenidos básicos tales como iniciación deportiva, deportes individuales, deportes colectivos y deportes de lucha y adversario. Estos créditos pueden ampliarse en los itinerarios elegidos por el estudiantado, que en materia de modalidades deportivas tradicionalmente se han denominado “Maestrías”. La posibilidad de obtener estas “maestrías”, que podrían considerarse itinerarios, significa que el estudiantado puede profundizar en un deporte, según la oferta de asignaturas de la universidad para este Grado, desde el primer al último año de la carrera universitaria, adquiriendo conocimientos realmente complejos, acordes al número de créditos cursos. De la misma manera, la ‘Resolución de 18 de septiembre de 2018, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Universidades de 17 de septiembre de 2018, por el que se establecen recomendaciones para la propuesta por las universidades de memorias de verificación del título oficial de Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte’ (BOE-A-2018-12774) indica que el plan de estudios deberá incluir, como mínimo, 42 créditos ECTS de formación obligatoria en ‘Fundamentos de los deportes’ (descriptores: bases de la iniciación deportiva, fundamentos técnico-tácticos del deporte, deportes individuales, deportes colectivos, deportes de lucha y adversario). En un estudio realizado por el propio Consejo COLEF, se ha podido comprobar cómo la formación obligatoria en modalidades deportivas en el Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte alcanza las 1018,75 horas (mediana de 50 planes de estudios). Por supuesto, como se ha indicado previamente, a esto debe añadirse la especialización/mención escogida por el propio estudiantado. Por todo ello, el Consejo COLEF no solo ha aprovechado esta consulta pública para solicitar que las personas con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte puedan seguir convalidando en su totalidad el bloque común de las enseñanzas deportivas de régimen especial, sino que la nueva Orden también contemple lo siguiente: Que el número de créditos ECTS sobre una modalidad o disciplina deportiva realizados y superados en el Grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte (o titulación equivalente) pueda ser convalidado por los bloques específicos, tanto de las enseñanzas de Técnico Deportivo, como de las enseñanzas de Técnico Deportivo Superior. Que se establezca un procedimiento para la convalidación total o parcial del bloque específico de las enseñanzas deportivas de régimen especial para personas con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, y que éste, en cualquier caso, sea concreto y aporte suficiente seguridad jurídica a las personas solicitantes. Esperamos que el Ministerio de Educación y Formación Profesional por fin resuelva esta situación, en la que se ha obviado que en las facultades de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte existe un alto nivel docente e investigador también en lo referente a las modalidades y disciplinas deportivas. Es decir, se ha obviado que dichas instituciones han formado a titulados universitarios altamente cualificados con competencias en los diferentes deportes, y que ante la falta de reconocimiento oficial en la modalidad o disciplina concreta, han sufrido consecuencias laborales, profesionales e incluso económicas. Gracias a la colegiación podemos hacer que se escuchen nuestras voces como colectivo profesional en las iniciativas legislativas y reglamentarias de interés para la profesión y para el sector. Cuantas más personas estemos colegiadas, más se escucharán nuestras voces. Es tu responsabilidad, es tu compromiso con la profesión. Si todavía no te has colegiado, puedes hacerlo de forma fácil y sencilla a través de la PLATAFORMACOLEF.es
- Proyecto de Ley del Deporte: conversando sobre el trámite de enmiendas con el PSOE
PROYECTO DE LEY DEL DEPORTE: CONVERSANDO SOBRE EL TRÁMITE DE ENMIENDAS CON EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA Juan Luis Soto, diputado socialista en el Congreso de los Diputados, recibe al Consejo COLEF para conocer las propuestas de la corporación estatal colegial al Proyecto de Ley del Deporte. Este político, jurista experto en derecho deportivo, coincide con el Consejo COLEF en la extensión de la práctica deportiva a toda la ciudadanía y en el impulso definitivo de la #RegulaciónProfesionalYA a través de la próxima ley estatal de profesiones del deporte. Inmediatamente después de que el Consejo COLEF hiciera llegar a los Grupos Parlamentarios sus propuestas para enmendar el proyecto de Ley del Deporte, el diputado socialista Juan Luis Soto recibió a Vicente Gambau, Eva Mª Navarro y Javier Portela, presidente, vocal y director general de la corporación colegial estatal. En la mañana del jueves 27 de enero los representantes del Consejo COLEF acudieron a los despachos del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados para exponer las modificaciones que pueden mejorar sustancialmente el texto de la futura Ley. Juan Luis Soto, como jurista experto en derecho deportivo, una vez más se ha preocupado por atender y entender los puntos de vista del colectivo profesional de educadoras y educadores físico deportivos. El diputado comparte la visión de que la práctica deportiva tiene que extenderse a toda la ciudadanía, y se compromete a valorar la posible incorporación de mejoras en el texto como las sugerencias 16, 17 y 18 del documento del Consejo COLEF, que propone adicionar tres artículos de carácter descriptivo, programático y con vocación de principios: uno sobre las actividades deportivas recreativas, otro sobre las actividades deportivas de desarrollo social, y uno más sobre las actividades deportivas sociosanitarias, que atiendan a este posicionamiento, más allá de la exposición de motivos. Por supuesto, también hubo lugar para conversar sobre las mejoras que debieran producirse para aportar seguridad jurídica a las personas profesionales prestadoras de servicios deportivos, pues la actual redacción pudiera dar pie a la confusión y, por tanto, a promover el conflicto, dando lugar a la interpretación de los jueces. Este punto, sumamente importante para el Consejo COLEF, derivó la reunión hacia la futura Ley de ordenación de las profesiones del deporte. Evidentemente, aunque todavía quede tiempo para su tramitación parlamentaria, el Grupo Socialista, como partido de Gobierno, tiene gran implicación en la orientación que pueda tomar el próximo Anteproyecto que se está comenzando a trabajar desde el Consejo Superior de Deportes. Desde el Consejo COLEF agradecemos la oportunidad que el Grupo Parlamentario Socialista ofrece una vez más a esta corporación de derecho público, y esperamos que el trabajo realizado, en esta ocasión con motivo del proyecto de Ley del Deporte, sirva para motivar la acción política hacia la mejora de esta norma tan cardinal para el sector deportivo y sus profesionales. Gracias a la colegiación podemos hacer que se escuchen nuestras voces como colectivo profesional en las iniciativas legislativas y reglamentarias de interés para la profesión y para el sector. Cuantas más personas estemos colegiadas, más se escucharán nuestras voces. Es tu responsabilidad, es tu compromiso con la profesión. Si todavía no te has colegiado, puedes hacerlo de forma fácil y sencilla a través de la PLATAFORMACOLEF.es
- La Justicia reconoce razones de interés público en el aumento de la carga horaria de EF escolar
LA JUSTICIA RECONOCE RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO EN EL AUMENTO DE LA CARGA HORARIA DE EDUCACIÓN FÍSICA ESCOLAR Ante el pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconociendo las razones de interés público vinculadas al aumento de la carga horaria de la materia de Educación Física, el Consejo COLEF espera que los Gobiernos de las Comunidades Autónomas sean suficientemente valientes y lo plasmen en los próximos Decretos curriculares que han de elaborar y publicar, siguiendo las recomendaciones los COLEF autonómicos correspondientes. En julio de 2020 el Consejo COLEF anunció que la tercera hora de Educación Física en las escuelas madrileñas ya estaba articulada mediante Decreto publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Esta norma autonómica estuvo envuelta de polémica y fue llevada a los tribunales por la Federación Regional de Enseñanza de Comisiones Obreras y por la Asociación Internivelar de profesores de francés de Madrid. NOTA: Este Decreto todavía no se ha hecho efectivo bajo la motivación de la situación generada por la pandemia. Para más información, puede acudir a nuestro Colegio autonómico en la Comunidad de Madrid (COPLEF Madrid) o consultar su web y redes sociales. Recientemente, varios medios de comunicación informaban que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ya se había pronunciado “a favor” del aumento horario de la materia de Educación Física. Pues bien, una vez conocidas las Sentencias públicamente, el Consejo COLEF informa a la ciudadanía que puede encontrarlas en el CENDOJ (STSJ M 12633/2021 y STSJ M 13059/2021). Por supuesto, deben destacarse las palabras del TSJ de Madrid en el Fundamento de Derecho Cuarto de la Sentencia nº 12633/2021, en las que se reconoce que el aumento de horas semanales de Educación Física se basa en razones de interés público: «Interesa destacar que objeto del Decreto se centra exclusivamente en modificar el currículo escolar para incrementar una hora la asignatura de Educación Física por razones de interés público, de modo que la disposición reglamentaria no ha sido directamente diseñada para modificar ni las condiciones laborales, ni la plantilla, siendo de recordar que luchar contra la obesidad infantil es el fin que avala la reforma». «La elección de esta opción se ha basado en el hecho de que la Educación Física es cursada por todos los alumnos y se pretende que la modificación horaria llegue a todos ellos, por los motivos expuestos anteriormente; se ha optado a este respecto por dichas materias como objeto de ese cambio, dada la opcionalidad y la libre elección que los alumnos realizan para cursar alguna de estas asignaturas, frente a la materia de Educación Física que es cursada por todos los alumnos, minimizando así todo posible menoscabo y anulando todo posible impacto negativo que, en cualquier caso, habría quedado compensado por el beneficio universal del aumento de horas de la Educación Física». Esperamos que estas Sentencias, y en concreto el reconocimiento de las razones de interés público vinculadas al aumento de la carga horaria de la materia de Educación Física, sirvan para que los Gobiernos de las Comunidades Autónomas sean suficientemente valientes y lo plasmen en los próximos Decretos curriculares que han de elaborar y publicar, con la colaboración de los respectivos COLEF autonómicos. Gracias a la colegiación podemos hacer que se escuchen nuestras voces como colectivo profesional en el Gobierno y en la Administración General del Estado. Cuantas más personas estemos colegiadas, más se escucharán nuestras voces. Es tu responsabilidad, es tu compromiso con la profesión. Si todavía no te has colegiado, puedes hacerlo de forma fácil y sencilla a través de la Plataforma COLEF.
- La REEFD retoma la recepción de artículos a partir de 2022 tras una profunda reestructuración
LA REEFD RETOMA LA RECEPCIÓN DE ARTÍCULOS A PARTIR DE 2022 TRAS UNA PROFUNDA REESTRUCTURACIÓN La Revista Española de Educación Física y Deportes (REEFD) ha finalizado su reestructuración para la mejora de la calidad. La nueva dirección no sólo ha impulsado un cambio en la política editorial y ha renovado el equipo de personas editoras y asesoras, sino que también está modificando la imagen de la revista, en colaboración con el equipo profesional del Consejo COLEF, y ha tomado la decisión de abandonar definitivamente el papel. Todo ello supone que de nuevo se retoma la recepción de artículos. ¡Calls for papers! La Revista Española de Educación Física y Deportes (REEFD) comienza una nueva etapa tras la incorporación de su nuevo Director, Javier Fernandez Río (EFD 5.675), y el cierre del anterior periodo anual con los artículos pendientes de publicación. La suspensión de la recepción de artículos durante el último año, al objeto de finalizar 2021 con la línea editorial previa, se da por concluída, para así comenzar una nueva etapa para la revista de Educación Física más antigua del mundo en idioma español que todavía sigue editándose. La REEFD ha sido reestructurada en diversos aspectos, desde su política editorial, hasta el equipo compuesto por el director, el consejo editorial, las editoras y editores de área y las asesoras y asesores externos e internacionales. Además, como se puede comprobar, la plataforma ‘Open Journal Systems’ se ha mejorado para facilitar la lectura y conectividad, también para que la revista se adapte totalmente al entorno digital, pues ha dejado de imprimirse. Este último hito, en el que la Revista abandona el papel, ha supuesto una difícil decisión, teniendo en cuenta el recorrido histórico de esta publicación, pero necesaria en el marco social de la Agenda 2030, y especialmente haciendo hincapié en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, 12 -producción y consumo responsable-, 13 -acción por el clima- y 15 -vida de ecosistemas-. Por otra parte, el nuevo equipo de la REEFD espera que el camino tomado aumente progresivamente su impacto científico, logrando estar a la par que las citaciones y visualizaciones que ya tienen muchos de sus artículos. Es por ello que la política editorial se ha reforzado en varios aspectos, entre ellos, el proceso de revisión. En este contexto, desde la REEFD se retoma la “llamada de artículos” de investigaciones científicas originales relacionadas con las áreas de dirección y gestión deportiva, enseñanza de la Educación Física, ejercicio físico para la salud, rendimiento físico-deportivo, intervención social deportiva, recreación deportiva y otros ámbitos relacionados con la educación física y el deporte. También se incluirán revisiones de la literatura, recensiones críticas de libros (de publicación reciente), resúmenes de tesis doctorales, documentos académicos y profesionales de interés para el colectivo, y experiencias y buenas prácticas en el ámbito de las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. Animamos al personal investigador a formar parte de esta revista a través de sus trabajos. Y, por último, agradecemos a las lectoras y lectores de todo el mundo la excelente acogida que está teniendo la REEFD en los últimos años mediante su versión digital. Actualización (24/01/2022) La REEFD ya dispone de su propio Digital Object Identifier (DOI): 10.55166. El DOI es un enlace permanente en forma de código alfanumérico que identifica de forma única un contenido electrónico. A partir del próximo número cada artículo publicado tendrá su propio DOI.
- Anuario de Estadísticas y Evolución de los COLEF 2021
ANUARIO DE ESTADÍSTICAS Y EVOLUCIÓN DE LOS COLEF 2021: LA MASA COLEGIAL AUMENTA EN MÁS DE MIL PERSONAS EN UN AÑO El Consejo COLEF aumenta su masa colegial en más de un millar en tan solo un año gracias a la gran labor de los 17 Colegios Oficiales autonómicos. Este dato y muchos más ya están disponibles en el ‘Anuario de Estadísticas y Evolución Colegial 2021’. La profesión crece gracias a sus colegiadas y colegiados. Ahora, con la previsión del Gobierno de elaborar la ley de #RegulaciónProfesionalYA en 2022, vuestro apoyo será fundamental. Cada seis meses, el Consejo COLEF actualiza las estadísticas de colegiación con los datos de todos los Colegios Oficiales autonómicos. A su vez, en enero, se publica el anuario que recoge la evolución comparada año tras año, y el de 2021 ya está disponible en todas nuestras plataformas. El crecimiento que se está produciendo en los COLEF está permitiendo su profesionalización, lo cual redunda en que éste sea cada vez más exponencial. Pues, a pesar de que nos encontramos ante una profesión titulada y de adscripción obligatoria, sus atribuciones profesionales todavía no tienen un marco estatal regulatorio, por lo que esto ha conllevado serias dificultades para el impulso de la obligación de colegiación. El compromiso de las personas tituladas universitarias en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte que se colegian para ejercer la profesión con todas las garantías es lo que ha permitido y está permitiendo avanzar en la consecución de los fines esenciales y las funciones de todos los COLEF y su Consejo General. Por ello, agradecemos a las 16.534 educadoras y educadores físico deportivos colegiados que están haciendo posible conducir a la profesión hacia su definitiva regulación profesional (se prevé para 2022). Este agradecimiento también se extiende a los 749 profesionales jubilados que han decidido seguir vinculados con la Organización Colegial, y también a las y los 637 estudiantes que, a través de la precolegiación, quieren informarse y comprometerse con su futura profesión. NOTA: EJERCIENTES: Desempeñan la profesión en cualquiera de sus actividades como educadores/as físico deportivos/as. En todos los COLEF del Estado español tienen incluido el seguro de responsabilidad civil profesional. NO EJERCIENTES: Pertenecen a la Organización Colegial, cumplen los requisitos de acceso, pero no ejercen la profesión. No tienen incluido el seguro de responsabilidad civil profesional. La masa colegial total ya asciende a 17.920 personas, lo cual quiere decir que en un año se ha producido un aumento de 1.032 personas. Una estupenda cifra de mejora que da cuenta del gran trabajo realizado en los 17 Colegios Oficiales autonómicos. La distribución por género es similar al pasado año: 72,56 % hombres y 27,4 4% mujeres. Aunque leve, sigue descendiendo el porcentaje de mujeres (desde 2016 un 2,72%). Este problema de falta de paridad en la profesión preocupa profundamente al Consejo COLEF. Por eso, se están realizando diversas acciones encaminadas al análisis de la brecha de género, para poder encontrar soluciones. En cuanto a la edad, la mayor parte de la colegiación se encuentra en el rango de edad de los 23 a los 53 años: el 18,40% tiene entre 23 y 28 años, el 26,17% entre 29 y 35 años, el 20,45% entre 36 y 42 años y el 22,42% entre 45 y 53 años. La evolución en los últimos años nos informa que las nuevas generaciones parecen incorporarse al Colegio al egresar en mayor medida a lo que lo hacían anteriormente. Esto puede ser fruto de los grandes esfuerzos de los COLEF acudiendo a las facultades y acercándose a los futuros profesionales mediante las redes sociales. También es destacable el establecimiento en toda la Organización Colegial de un régimen económico ventajoso para que puedan ofrecerse, con mayor facilidad, promociones para las personas recién egresadas del Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. En definitiva, la profesión crece gracias a sus colegiadas y colegiados. Ahora, con la #RegulaciónProfesionalYA por delante (mira la última noticia al respecto), vuestro apoyo será fundamental. Para colegiarte, sigue los pasos que se indican en la Plataforma COLEF. Más información sobre por qué colegiarte.
- Pedimos que el acceso a la docencia de EF quede reservada a verdaderos especialistas
EL CONSEJO COLEF PIDE QUE EL ACCESO A LA DOCENCIA DE LA ESPECIALIDAD DE EDUCACIÓN FÍSICA QUEDE RESERVADA A VERDADEROS ESPECIALISTAS El Consejo COLEF solicita al Ministerio de Educación y Formación Profesional que la modificación prevista al Real Decreto de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes también contemple una disposición sobre la cualificación del personal docente del área de Educación Física que señale la obligatoriedad de que éste, además de la capacitación pedagógica de posgrado, debe contar con la titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, en base a las recomendaciones internacionales, la normativa estatal, además de la referida a la profesión de ‘Profesor de Educación Física’, y la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional. El pasado 30 de diciembre de 2021 el Ministerio de Educación y Formación Profesional inició el trámite de Audiencia e Información Pública del ‘Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley’. Por supuesto, el Consejo COLEF ha participado enviando sus aportaciones dentro del plazo proporcionado, abierto hasta mañana día 21 de enero de 2022. Para la corporación de derecho público estatal las modificaciones que propone el Gobierno no son suficientes, pues solo se refieren a la situación laboral de temporalidad del personal docente, que ha de adaptarse a la reciente ‘Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público’ El Consejo COLEF considera que el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, debería modificarse también introduciendo en el ‘Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes’ una disposición sobre la cualificación del personal docente del área de Educación Física que señale la obligatoriedad de que éste, además de la capacitación pedagógica de posgrado, debe contar con el Grado universitario en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, Ciencias del Deporte, o título homologado, declarado equivalente o reconocido por el Estado español en materia de Educación Física y Deportiva, en base a las recomendaciones internacionales, la normativa estatal, además de la referida a la profesión de ‘Profesor de Educación Física’, y la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional. En el documento remitido al Ministerio se han reiterado los aspectos expuestos semanas antes en el trámite de Consulta Pública Previa, y que se resumen en los siguientes puntos: PROTECCIÓN DE LA INTEGRIDAD FÍSICA EN LA EDUCACIÓN FÍSICA: El Estado debe tomar todas las medidas posibles para garantizar la integridad física, como derecho fundamental, en una materia como la Educación Física, cuyas actividades pueden causar graves consecuencias, incluso la muerte; hechos éstos últimos que pueden corroborarse incluso a través de la jurisprudencia. ORGANISMOS INTERNACIONALES ANTE LA CUALIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DE EDUCACIÓN FÍSICA: UNESCO y Consejo de Europa coinciden en que el personal docente de Educación Física debe tener formación suficiente, y que el Estado tiene la responsabilidad de asegurar que las y los docentes cuentan con cualificación específica del área. NORMATIVA Y DOCTRINA DEL CARÁCTER DIFERENCIADOR DE LA FUNCIÓN DOCENTE EN EL ÁREA DE EDUCACIÓN FÍSICA: El Tribunal Supremo, en la Sentencia 15799/1987, de 3 de octubre de 1987 destacó que la identidad de actuación entre el personal docente de Educación Física y el profesorado del resto de materias exigen planteamientos diferentes. La actual homogeneización de los requisitos de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades está obviando el pronunciamiento del Tribunal Constitucional en la Sentencia 194/1998, de 1 de octubre, y los efectos que deberían haberse producido tras ello, pues en la Educación Física nos encontramos ante una profesión titulada y colegiada, en base a su interés general. SITUACIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA: La formación especializada en Educación Física de las maestras y maestros de Educación Primaria ha sido insuficiente, y actualmente lo es aún más. Bien es cierto que la normativa vigente, la ‘Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación’, permitiría solucionar el actual problema mediante la aplicación del artículo 93.1. SITUACIÓN EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO: Ni lo establecido en el artículo 36.3 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, ni el apartado 4.2 del anexo de la Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre, ni la normativa autonómica que limita a ciertas titulaciones el acceso a la bolsa de interinaje, parecen ser medidas suficientemente efectivas para garantizar que el personal docente de Educación Física tiene la cualificación suficiente como para enseñar Educación Física en Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. En cualquier caso, es inaceptable que el Estado equipare las pruebas de la fase de una oposición con la adquisición de competencias y resultados de aprendizaje de una titulación universitaria de 4 o 5 años. SITUACIÓN EN FP Y ENSEÑANZAS DEPORTIVAS DE RÉGIMEN ESPECIAL: La superación de la oposición de profesorado para la especialidad de Educación Física no asegura que personas sin la formación de Grado específico tengan todas las competencias necesarias para impartir la materia en Secundaria y Bachillerato, pero menos aún lo hace para el resto de actividades docentes a las que se dedica el profesorado de esta especialidad: formación profesional de la familia de actividades físicas y deportivas y enseñanzas deportivas de régimen especial. En el caso que nos ocupa, el de la formación profesional y las enseñanzas deportivas de régimen especial, la incapacidad del personal docente alcanzaría incluso a las personas deportistas sobre las que prestará sus servicios el alumnado egresado. Por todo lo anteriormente expuesto, el Consejo COLEF considera totalmente necesario que se formulen las modificaciones pertinentes al Real Decreto de 2007, especialmente para que el Estado promueva todas las acciones que están en su mano para proteger los derechos constitucionalmente reconocidos del alumnado de Educación Física, de formación profesional de la familia de actividades físicas y deportivas y enseñanzas deportivas de régimen especial.
- ANECA explica el miércoles, 19 de enero, los criterios y baremos para la evaluación de sexenios
ANECA EXPLICA EL MIÉRCOLES 19 DE ENERO, LOS CRITERIOS Y BAREMOS PARA LA EVALUACIÓN DE SEXENIOS A través de cuatro sesiones de Conversaciones con ANECA, en YouTube, el próximo 19 de enero la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación explicará los criterios específicos para la evaluación de la actividad investigadora del profesorado universitario para cada uno de los campos de evaluación. Esperamos que este encuentro, online y gratuito, sea de utilidad para todas las personas colegiadas que vayan a tramitar la evaluación de su actividad investigadora mediante el programa CNEAI (“sexenios”). El primer día de este año se publicó la ‘Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación’ (BOE-A-2022-58). El Consejo COLEF, en colaboración con COLEF Andalucía, está trabajando para acercar los procesos de evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) a la colegiación dedicada a la docencia e investigación desde la universidad, ya sea desde los ámbitos de conocimiento de Educación Física y Deportiva o Didáctica de la Expresión Corporal, u otros. Por ello, damos difusión al próximo evento de la Agencia que, a buen seguro, será de utilidad para aquel profesorado universitario que vaya a tramitar la evaluación de su actividad investigadora mediante el programa CNEAI (“sexenios”). ANECA ha programado para el próximo 19 de enero cuatro encuentros online a través de su espacio #ConversacionesConANECA, en el canal de la Agencia en YouTube, ANECAtv, para explicar en detalle el desarrollo de criterios y los baremos que utilizará cada comité evaluador en la convocatoria de la evaluación de la actividad investigadora correspondiente al año 2021 (BOE-A-2022-58). Está previsto que se realicen varias sesiones para que las presidentas de todos los comités puedan abordar con detalle los pormenores de cada uno de los campos. Las sesiones se realizarán de acuerdo con el siguiente horario: 09:00h a 11:00 h Comité 2: Química. Comité 3: Biología Celular y Molecular. Comité 4: Ciencias Biomédicas. Comité 5: Ciencias de la Naturaleza. 12:00h a 14:00 h Comité 1: Matemáticas y Física. Comité 6.1: Tecnologías Mecánicas y de la producción. Comité 6.2: Ingenierías de la Comunicación, Computación y Electrónica. Comité 6.3: Arquitectura, Ingeniería Civil, Construcción y Urbanismo. 16:00h a 18:00 h Comité 7.1: CC. Sociales, Políticas, del Comportamiento y de Estudios de Género. Comité 7.2: Ciencias de la Educación. Comité 8: Ciencias Económicas y Empresariales. 18:30h a 20:30 h Comité 9: Derecho y Jurisprudencia. Comité 10: Historia, Geografía y Arte. Comité 11: Filosofía, Filología y Lingüística. La emisión será en directo y se podrá seguir sin necesidad de inscripción previa. La participación estará abierta a través del chat del canal.












