Consejo COLEF
Las 20 preguntas que se hace el Consejo COLEF sobre ADESP después de que discriminen a la profesión

LAS 20 PREGUNTAS QUE SE HACE EL CONSEJO COLEF SOBRE ADESP DESPUÉS DE QUE HAYAN SOLICITADO DISCRIMINAR A LA PROFESIÓN
Si en España se invierte en la formación de profesionales altamente cualificados para que la sociedad sea más activa y realice una mejor práctica deportiva, ¿es para que estas y estos profesionales solo trabajen en los centros escolares? ¿No sería tan ridículo y peligroso como formar médicos solo para centros hospitalarios, y que fuera de ellos, en cualquier otro contexto que no fuese el hospitalario, las personas estuviesen atendidas por druidas y adivinos de sospechosa formación, curanderos aficionados, instructores o técnicos (superiores) en medicina?

El Foro Profesional de las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (CAFyD) ha publicado un comunicado al respecto de las solicitudes de la Asociación del Deporte Español (ADESP) a los grupos políticos, en las que pide limitar la reserva de actividad de las educadoras y educadores físico deportivos a la docencia de la Educación Física escolar.
El Consejo COLEF, como parte integrante de este Foro, ha mostrado su preocupación y rechazo ante el posicionamiento que ADESP parece estar tomando con respecto a la ordenación de profesionales del deporte, y en concreto sobre la discriminación que muestra hacia las educadoras y educadores físico deportivos y en la voluntad de no respetar el marco legal de las profesiones reguladas en España.
Ahondando en esta situación, que desde luego ha afectado, afecta y afectará a la tramitación del Anteproyecto de Ley de ordenación de profesionales del deporte, queremos compartir con la colegiación y la ciudadanía las preguntas que nos hacemos sobre el desprecio que muestra ADESP hacia nuestra profesión.
LAS 20 PREGUNTAS QUE SE HACE EL CONSEJO COLEF
SOBRE EL CONCEPTO EDUCACIÓN FÍSICA.
¿Por qué ADESP considera que la reserva de actividad de la profesión titulada y regulada de las ‘educadoras y educadores físico deportivos’, única en nuestro país para fomentar la educación física en todas las etapas de la vida de las personas, no es prioritaria?
¿Cree ADESP que la Constitución Española, cuando expone que los poderes públicos deben fomentar la educación física y el deporte, solo se debe atender al deporte?
¿Por qué ADESP se “salta a la torera” la Ley del Deporte de 2022 cuando ésta indica que es un fin de los poderes públicos «el fomento de la Educación física y el deporte en todas las etapas de la vida como parte fundamental de la mejora de la calidad de vida y la adquisición de hábitos saludables, tanto dentro como fuera del sistema educativo»?
¿Por qué el derecho constitucional de una educación física a lo largo de toda la vida deportiva para toda la ciudadanía debe limitarse a la enseñanza de una asignatura en centros escolares?
¿ADESP cree que el modelo del deporte español debe atender de forma exclusiva al deporte federativo y olvidarse de la educación física?
SOBRE LOS NIVELES DE CUALIFICACIÓN Y SU ORDENACIÓN COMPETENCIAL.
¿No es prioritaria la regulación de las profesiones del deporte porque atañe a un colectivo que debe seguir discriminado en favor de técnicos menos cualificados controlando las federaciones su monopolio formativo?
Equiparar profesionales de diferente nivel de cualificación en un sector de servicios de interés general ¿por qué solo se hace en este sector?
¿Por qué la Organización Internacional del Trabajo y en general todos los ámbitos profesionales diferencian los profesionales científicos e intelectuales de los técnicos como profesionales de apoyo y en el deporte no?
SOBRE LA IDENTIFICACIÓN DE EFD SOLO COMO DOCENTES ESCOLARES.
Si en España se invierte en la formación de profesionales altamente cualificados para que la sociedad sea más activa y realice una mejor práctica deportiva, ¿es para que estas y estos profesionales solo trabajen en los centros escolares?
¿Con qué intención confunde ADESP al profesor de enseñanza de la asignatura de Educación Física con nuestra profesión titulada y colegiada desde 1978?
¿No sería tan ridículo y peligroso como formar médicos solo para centros hospitalarios, y que fuera de ellos, en cualquier otro contexto que no fuese el hospitalario, las personas estuviesen atendidas por druidas y adivinos de sospechosa formación, curanderos aficionados, instructores o técnicos (superiores) en medicina?
Si los éxitos del deporte español se sustentan en los conocimientos científicos aportados por los profesionales universitarios, y las propias federaciones aprovechan la excelente labor de preparadores físicos y readaptadores con la formación universitaria CAFyD, ¿por qué se intenta limitar su espacio profesional?
¿Considera que en España la formación inicial universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte con una especialización en una modalidad deportiva no garantiza una adecuada intervención en el ámbito federativo?
SOBRE LAS PROPUESTAS DE FINANCIACIÓN DE ADESP.
¿No es prioritario regular la profesión porque a ADESP le interesa más una Ley de patrocinio y captar más dinero público? ¿Cómo es que casi la mitad de sus propuestas van en la línea de generar más dinero para su estructura -que solo integra a aproximadamente un 18% de las personas que practican deporte- y no en pro de la mejora de la calidad de vida y salud de la ciudadanía?
ADESP solicita que se les proceda a financiar por parte del CSD para que ésta pueda llevar a cabo su cometido. ¿No sería igual de justo que se financiara la labor del Consejo COLEF para el fomento de la educación física?
SOBRE LOS INTERESES EMPRESARIALES DE ADESP.
¿A quién beneficia que no se quiera reconocer el grupo profesional que corresponde a los profesionales científico-técnicos que tiene en sus manos la responsabilidad de prestar con calidad y seguridad los servicios esenciales de Educación Física y Deportiva?
¿Por qué una Asociación de Federaciones Deportivas Españolas está dentro de CEOE? ¿No será que limitar a las personas profesionales universitarias en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte es una propuesta compartida con asociaciones empresariales para no pagar debidamente a las personas más cualificadas y mantener el control sobre la formación de su personal?
¿Está de acuerdo ADESP con la situación generalizada de subempleo, precariedad, alta temporalidad, salarios indignos, competencia desleal, irregularidades en la contratación, y economía sumergida que padece nuestro colectivo? ¿Está a favor de que no aparezca dentro de los convenios colectivos del sector el grupo profesional que representamos y que no se resuelva esta situación mediante la ordenación del espacio profesional?
SOBRE LAS COMPETENCIAS EN REGULACIÓN DE PROFESIONES TITULADAS.
¿Desde cuándo ADESP tiene la competencia de limitar las actividades de las profesiones tituladas en España sin tener en cuenta el marco legal y competencial del Estado?
¿Es ADESP la organización que debe restringir los derechos de las ‘educadoras y educadores físico deportivos’ a desempeñar una actividad profesional digna?
Después del 23J en el Consejo COLEF seguiremos trabajando duro para defender la profesión, y NO PERMITIREMOS QUE las infamias y la discriminación hacia las ‘educadoras y educadores físico deportivos’ CONTAMINE LA DIRECCIÓN POLÍTICA DE LA PRÓXIMA LEGISLATURA.

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Autoría: Díez Rico, C., Palomar Olmeda, A. y Perea Crespillo, G. (2023). La profesión de la Educación Física y Deportiva y su regulación. Consejo COLEF.
Dirección de la obra: Gambau i Pinasa, V.
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