"Con ocho leyes autonómicas aprobadas y con cuatro en trÔmite, la presión legislativa territori
- Consejo COLEF
- 26 mar 2019
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ANA HERNĆNDEZ GĆNDARA
Presidenta COLEF Castilla y León, colegiada número 59.829

Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad FĆsico-Deportiva de Castilla y León
P: La Comunidad de Castilla y León ha conseguido sacar adelante la Ley de la Actividad FĆsico-Deportiva, que incluye la regulación profesional en nuestro Ć”mbito, ĀæquĆ© ha significado este hecho para la ciudadanĆa y para los profesionales de la educación fĆsica y del deporte de Castilla y León?
R: La hasta ahora vigente Ley 2/2003 recogĆa en su artĆculo 44 que, en el Ć”mbito de la Comunidad de Castilla y León, la prestación de servicios profesionales relacionados con la formación, dirección, rehabilitación, entrenamiento, animación deportiva y otras exigĆa de profesionales con la titulación establecida. Lamentablemente nunca se llegó a desarrollar esta disposición.
La reciĆ©n publicada Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad FĆsico-Deportiva de Castilla y León incluye en su TĆtulo VII la prestación de servicios profesionales por profesiones cualificados al fin de garantizar los derechos, salud y seguridad de la ciudadanĆa, lo que redundarĆ” en una mejora de la calidad del sistema deportivo y del ejercicio fĆsico.
Desde mi punto de vista, que las comunidades autónomas estén actuando de manera activa en este asunto, denota una gran fuerza hacia la regulación estatal.
P: DetrÔs de una Ley aprobada hay muchas horas de trabajo, esfuerzo e incontables reuniones, ¿qué supuso para vosotros el momento de aprobación de la Ley en las Cortes de Castilla y León?
R: Es una gran satisfacción saber que Castilla y León suma una mĆ”s, y la primera en este aƱo 2019, en la lista de leyes aprobadas de regulación de las profesiones de la actividad fĆsico-deportiva
P: Una vez puesta en marcha esta Ley, ¿cómo cree que debe afrontar el COLEF CyL el cumplimiento de la misma?
R: COLEF CyL debe ser un brazo de apoyo en el desarrollo de esta Ley. Las labores relativas al cumplimiento, control e inspección corresponden a la Dirección General de Deportes de la Junta de Castilla y León. Estoy segura de que la nueva Junta Directiva afrontarÔ medidas y actuaciones que garanticen la defensa de los intereses de los colegiados.
P: ¿Cómo considera que debe ser una Ley estatal?
R: Ser profesión regulada es un paso muy necesario. Desde mi punto de vista, esta Ley debe ser integrante. HabrÔ que buscar un marco estatal que conviva con el resto de leyes autonómicas para poder hablar todas la misma lengua.
Con ocho leyes autonómicas aprobadas y con cuatro en trÔmite, la presión legislativa territorial se hace mÔs y mÔs presente. Esto espero que inste a llegar a un acuerdo para que se inicien los trÔmites para hacer continuar dicha Ley estatal.
P: ĀæQuĆ© competencias adquiere durante su formación un Titulado Universitario CCAFYDE que le diferencia del resto de titulaciones de la familia de la actividad fĆsica y del deporte, como por ejemplo las Formaciones Profesionales de carĆ”cter tĆ©cnico? ĀæY de otros profesionales con mismo nivel de cualificación (grado/licenciatura), pero de otros Ć”mbitos?
R: El titulo universitario en CCAFYDE es el actual grado impartido que se relaciona directamente por norma profesional a los/as educadores/as fĆsico deportivos/as. Este tĆtulo cuenta con la Resolución de 18 de septiembre de 2018, de la SecretarĆa General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Universidades, por el que se establecen recomendaciones de cara a modificaciones del tĆtulo. Todas las Ć”reas de competencia del grado en CCAFYDE, por dicha resolución, se relacionan con el ejercicio fĆsico para la salud y/o intervención en problemas de salud o asimilados, siendo la intervención educativa; la prevención, adaptación y mejora del rendimiento fĆsico-deportivo y de la salud mediante la condición fĆsica y el ejercicio fĆsico; la promoción de hĆ”bitos saludables y autónomos mediante actividad fĆsica y deporte; la intervención mediante las manifestaciones del movimiento humano; y la planificación, evaluación y dirección-organización de los recursos y la actividad fĆsica y deporte, entre otras, las mĆ”s seƱaladas dentro del perfil profesional relacionado con la dirección de ejercicio fĆsico y la salud.
En los Ćŗltimos aƱos se ha producido un conflicto competencial entre las profesiones de la Educación FĆsica y Deportiva y otros Ć”mbitos profesionales, fundamentalmente relacionados con la salud, como es la fisioterapia. Este desacuerdo confunde al usuario o ciudadano de cara a la elección de un profesional que le atienda, ademĆ”s conduce al desarreglo en tema de prestación de servicios de ejercicio fĆsico en general, y de ejercicio fĆsico orientado a la salud en particular.
Todos esos desacuerdos se verĆan solventados y las competencias profesionales y funciones definidas con la citada Ley de regulación estatal.
P: Por Ćŗltimo, dado que en breve usted deja el cargo de presidenta de la Comisión Gestora, para dar paso a la nueva Junta de Gobierno, cuĆ©ntenos el camino recorrido en este tiempo en el cargo, relacionadas con la tramitación de la ley, con la reestructuración jurĆdica del Colegio, etc.
R: Lo cierto es que, desde nuestra toma de posesión en noviembre de 2017, todo nuestro foco ha ido dirigido hacia la redacción del nuevo Estatuto, ademÔs de la restructuración de otros aspectos internos del Colegio. La Ley lleva fraguÔndose bastante tiempo. Nosotros hemos aparecido en una fase muy avanzada del proceso pudiendo participar en las reuniones con la Junta y en las enmiendas a las modificaciones del Anteproyecto. Afortunadamente, entró en Cortes antes de la finalización de legislatura.
