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"La Ley supone un ā€œmarco de convivenciaā€ en el que todos los profesionales puedan actuar en ben

  • Alicia MartĆ­n
  • 27 feb 2017
  • 5 min de lectura

ALICIA MARTƍN PƉREZ

Predicenta COPLEF Madrid, colegiada nĆŗmero 10.500

Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid


Frase clave: "La Ley supone un ā€œmarco de convivenciaā€ en el que todos los profesionales puedan actuar en beneficio de la ciudadanĆ­a. El control e inspección le corresponde a la Dirección General competente en materia de deportes de la Comunidad de Madrid y a COPLEF Madrid defender los intereses de nuestros colegiados"


La Comunidad de Madrid ha conseguido sacar adelante la Ley de Ordenación de las Profesiones del Deporte, siendo la 5ª CCAA que consigue la regulación profesional en nuestro Ômbito, ¿qué ha significado este hecho para la ciudadanía y para los profesionales de la actividad física y del deporte de Madrid?

Bueno, para ser exactos en la Comunidad de Madrid no estÔn ordenadas las profesiones del deporte, sino el ejercicio de las profesiones del deporte, que es el marco legal en el que pueden trabajar las CCAA. Al margen de la puntualización, para la ciudadanía es una garantía de que los servicios profesionales deportivos se van a prestar de forma segura y saludable.


Para los profesionales de la actividad física y del deporte ha sido un sueño hecho realidad. Por fin sabrÔn cuÔl es su profesión, sus funciones y que titulaciones tienen que tener para desempeñar dicha profesión



DetrÔs de una Ley aprobada hay muchas horas de trabajo, esfuerzo e incontables reuniones, ¿qué supuso para vosotros el momento de aprobación de la ley en el Parlamento Madrileño?

El momento fue muy especial, desde el colegio se organizó el FORUM COPLEF Madrid donde se vivió en directo la aprobación desde la Asamblea de Madrid. Todos los que allí estuvimos culminÔbamos muchos años de trabajo transmitiendo un mensaje claro a la sociedad: las profesiones del deporte intervienen claramente en la salud de las personas y jugamos un papel fundamental para salvaguardarla.


Efectivamente han sido muchas horas de trabajo, de reuniones, de consenso con otros agentes implicados…pero un aƱo inolvidable donde me quedo con todo lo aprendido, con la experiencia de haber vivido en primera persona la tramitación de una ley. En este sentido, tengo que dar las gracias al grupo parlamentario Ciudadanos por ser los impulsores como proponentes de le Ley y al Partido Popular y Podemos por el apoyo.



Una vez puesta en marcha la Ley de Ordenación de las Profesiones del Deporte de la Comunidad Madrileña, ¿cómo afrontarÔ el COPLEF de Madrid el cumplimiento de la misma? ¿Qué acciones tomarÔ frente aquellos que no respeten el espacio profesional reconocido?

Para nosotros esta Ley supone un ā€œmarco de convivenciaā€ en el que todos los profesionales puedan actuar en beneficio de la ciudadanĆ­a. El control e inspección le corresponde a la Dirección General competente en materia de deportes de la Comunidad de Madrid y a COPLEF Madrid defender los intereses de nuestros colegiados. Para ello en primer lugar hemos creado una plataforma de servicios para el profesional del deporte. Fue aprobada por nuestra asamblea en el mes de diciembre y ya estamos a dĆ­as de su lanzamiento. Con ella pretendemos tender la mano a los profesionales del deporte en un objetivo de evitar tanto el intrusismo como la competencia desleal. Preferimos una lĆ­nea mĆ”s pedagógica y educativa que sancionadora. A pesar de todo, la plataforma lleva una herramienta de notificación del ejercicio profesional irregular con 16 aspectos fundamentales de la Ley, y de la que no dudaremos en Ćŗltima instancia de poner en conocimiento de los órganos de control e inspección.



Actualmente, la profesión de Profesor/a de Educación FĆ­sica tiene reserva de actividad exclusiva para los TU CCAFYDE y por tanto es de colegiación obligatoria, Āæcree que los Titulados en Ciencias de la Actividad FĆ­sica y del Deporte, ademĆ”s de en esta actividad, deberĆ­a tener reserva en otras actividades para las que ha sido formado? ĀæQuĆ© competencias adquiere durante su formación un Titulado Universitario CCAFYDE que les diferencia del resto de titulaciones de la rama de la actividad fĆ­sica y del deporte como TAFAD, TCAFMN, TĆ©cnicos Deportivos…?

El grado en CCAFYDE no es suficiente para ejercer como profesores, los alumnos deben realizar el MĆ”ster en Educación Secundaria. Y por supuesto que estoy de acuerdo, de hecho en la Comunidad de Madrid ya estĆ” regulada por ejemplo la profesión del ā€œPreparador FĆ­sicoā€ y el ā€œEntrenador Personalā€ con reserva de denominación.


Como bien se ha dicho el profesor de enseñanza secundaria es una profesión titulada y tiene reserva de actividad, cosa que es muy distinta a la colegiación obligatoria, y esto último debe quedar muy claro. La STC 194/1998, dictaminó la colegiación obligatoria para todos aquellos profesores de educación física que intervinieran en centros privados. Pero no es al aspecto legislativo al que me quiero referir, sino al de control e inspección de la profesión y potestad disciplinaria sobre el colegiado, ”esa es la verdadera esencia del colegio profesional!, la ética y deontología, una norma donde no llega la justicia y que implica los principios y deberes de conducta del profesional, la autonomía en las decisiones, la independencia en el ejercicio profesional, el secreto profesional, etc. Y es por ello que COPLEF Madrid aprobó en Asamblea del 22 de diciembre de 2016, un código deontológico acorde a la situación actual de las profesiones del deporte.


Por otro lado, todos los estudios que citas se refieren a los conocimientos y técnicas propias de las ciencias del deporte. BÔsicamente son conocimientos avanzados, comprensión de teorías y principios, la resolución de problemas complejos, imprevisibles y no estandarizados, así como la capacidad de ejecución de actividades y proyectos técnicos complejos que requieren de toma de decisiones en situaciones de incertidumbre.

Con la ley autonómica en la mano, ¿CuÔles son los próximos objetivos de COPLEF Madrid?

Al margen de la plataforma que hemos comentado anteriormente, que es de carÔcter interno y que supone un hecho sin precedentes en la historia colegial, como presidenta he marcado dos objetivos legislativos. El primero es la tercera hora de Educación Física, para lo que tenemos casi cerrado un proyecto a presentar a los grupos políticos de la Comunidad de Madrid. Y el segundo es la receta deportiva, para lo que de la mano de la Escuela de Medicina del Deporte hemos comenzado con la organización de unas jornadas el día 25 de marzo. Estoy convencida de que las profesiones del deporte vamos a jugar un papel fundamental en la sociedad del futuro.



¿Cómo consideras que debe ser una Ley Estatal?

Como he comentado anteriormente, este aƱo ha sido un aƱo de trabajo y aprendizaje. Si algo me ha quedado claro es que estamos en manos de los polĆ­ticos, y por ello debemos entender la esencia de lo que ellos quieran hacer para poder ā€œnegociarā€. El ideal es una Ley Estatal en lĆ­nea de las leyes autonómicas..y la Ley de Madrid tiene que ser un referente para esta futura ley Estatal. Ha sido la Ćŗltima aprobada y ha ido mejorando las leyes anteriores. Nos espera mucho trabajo y como no podĆ­a ser de otra manera , lucharĆ© desde donde me necesiten para lograrlo.




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