La iniciativa de la ONU sobre sostenibilidad empresarial y su relación con la deontologĆa de las y los EFD
- Consejo COLEF
- 30 jul 2024
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LA INICIATIVA DE LA ONU SOBRE SOSTENIBILIDAD EMPRESARIAL Y SU RELACIĆN CON LA DEONTOLOGĆA DE LAS EDUCADORAS Y EDUCADORES FĆSICO DEPORTIVOS
La deontologĆa de las educadoras y educadores fĆsico deportivos y su relación con la propuesta de sostenibilidad en las empresas del Pacto Mundial de las Naciones Unidas: Ā«Es precisamente ese carĆ”cter preventivo de la deontologĆa, ese sello de identidad que diferencia a las profesiones colegiadas, el que justifica la necesidad de que las empresas cuenten con profesionales cuya independencia se salvaguarda mediante un agente externo, ajeno a cualquier interĆ©s empresarial, como son los colegios profesionalesĀ».
Hace poco Unión Profesional nos propuso escribir unas palabras sobre los dos primeros principios del Pacto Mundial de las Naciones Unidas, relacionados con los Derechos Humanos, para un número especial de la Revista Profesional (accede a la revista). AdemÔs de compartir la reflexión que remitimos a la asociación que nos aglutina a las profesiones colegiadas, queremos dar a conocer dicho Pacto, de gran relevancia para empresas y profesionales.
El Pacto Mundial de las Naciones Unidas es una iniciativa de la ONU que lidera la sostenibilidad empresarial en el mundo. Se trata de un llamamiento a las empresas y organizaciones para que alineen sus estrategias y operaciones con Diez Principios universales sobre derechos humanos, normas laborales, medioambiente y lucha contra la corrupción.
Los dos primeros principios son los siguientes:
PRINCIPIO 1: Las empresas deben apoyar y respetar la protección de los derechos humanos fundamentales, reconocidos internacionalmente, dentro de su Ômbito de influencia.
PRINCIPIO 2: Las empresas deben asegurarse de que sus empresas no son cómplices en la vulneración de los Derechos Humanos.
Y precisamente sobre estos dos principios remitimos la siguiente reflexión a Unión Profesional:
Ā«Los Derechos Humanos, concretados en el Ć”mbito estatal como Derechos Fundamentales, se incardinan en el ADN de los colegios profesionales. Esta genĆ©tica que vincula las mĆ”ximas internacionales con el ejercicio profesional se vehiculan, ni mĆ”s ni menos, que con la deontologĆa.Ā
Los principios deontológicos, transversales a todas las profesiones, subrayan que en la prestación de servicios profesionales no puede mediar, de ninguna manera, la discriminación, ni tampoco la cooperación o la complicidad con prĆ”cticas que pongan en riesgo la vida, la integridad fĆsica y moral o el acceso a la educación, la justicia o los sistemas que proporcionan cuidados y salud.
Es precisamente ese carĆ”cter preventivo de la deontologĆa, ese sello de identidad que diferencia a las profesiones colegiadas, el que justifica la necesidad de que las empresas cuenten con profesionales cuya independencia se salvaguarda mediante un agente externo, ajeno a cualquier interĆ©s empresarial, como son los colegios profesionales.
Por ello, los dos primeros principios del Pacto Mundial de la ONU sobre la protección de los Derechos Humanos en las empresas, ponen de relieve la importancia de que las y los profesionales cientĆfico-intelectuales, quienes desarrollan tareas complejas y tienen altas responsabilidades, deban adherirse con firmeza a unos principios Ć©ticos.Ā
Pero, sin duda, la responsabilidad individual sabemos que no siempre es suficiente, y es por este motivo que los colegios profesionales se erigen como vigilantes del respeto al prójimo y al planeta. En este sentido, los dos primeros principios del Pacto son el sustrato ideal para que, por fin, las empresas vean a las corporaciones colegiales como aliadas en la consecución de sus objetivos en un mundo sostenible».
ĀæPor quĆ© consideramos Ć©sto? PORQUE LA COLEGIACIĆN PROPORCIONA:
Independencia y autonomĆa de criterio facultativo frente a las imposiciones de los empleadores que pudieran colisionar y perjudicar a las personas consumidoras y usuarias.
Prevención y formación en comportamientos especĆficos de la profesión, y eventual tipicidad de sanciones cuando la persona profesional se aparta de los mismos.
GarantĆa de la calidad de los servicios mediante el control de los mismos: especialmente relevante cuando se afecta a la salud y a la integridad fĆsica o jurĆdica de la ciudadanĆa.
En concreto, los actos profesionales de las educadoras y educadores fĆsico deportivos exentos de una perspectiva Ć©tica y deontológica pueden afectar gravemente a las personas a las que se prestan los servicios. A continuación se exponen algunos ejemplos de lo que pretende evitar el Código Deontológico de esta profesión, mĆ”s allĆ” de aquello que pudiera constituir delito y que evidentemente tambiĆ©n se incluye en el mismo:
Profesionales sin independencia ni herramientas para reclamarla, obligados a asumir los criterios de la entidad o las personas responsables para las que trabajan, a pesar de no ser correctos o no ser Ʃticos.
Venta de servicios de ejercicio fĆsico prometiendo resultados ilusorios, o prestación de servicios de Educación FĆsica y Deportiva que no estĆ”n basados en evidencias cientĆficas contrastadas y, por tanto, que pongan en peligro la salud de las personas.
Actuaciones profesionales que puedan poner en riesgo la salud mental o fĆsica de las personas consumidoras, usuarias, deportistas o del alumnado. Por ejemplo, creando entornos que inciten a trastornos relacionados con la imagen corporal, o generando situaciones devaluadoras y/o discriminatorias que constituyan una barrera para la adherencia a los estilos de vida activos.
Indefensión de las personas consumidoras, usuarias, deportistas o del alumnado, porque no se pone a su disposición toda la información especĆfica de los servicios de Educación FĆsica y Deportiva, aĆŗn cumpliendo la legislación vigente, bajo una interpretación que no tiene en cuenta las especificidades y necesidades de estos servicios.
Si quieres explorar todos los beneficios que proporcionan las y los profesionales colegiados a las empresas en su camino hacia la sostenibilidad, no dudes en acceder al Código deontológico de la profesión de la Educación FĆsica y Deportiva.
Cuantas mƔs personas estemos colegiadas, mƔs se escucharƔn nuestras voces.
Es tu responsabilidad, es tu compromiso con la profesión y la sociedad.
Si todavĆa no te has colegiado, puedes hacerlo de forma fĆ”cil y sencilla a travĆ©s de la






