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Modificación de la Ley de Colegios Profesionales que avanza hacia la digitalización

Actualizado: 22 sept 2020



UN PROYECTO DE LEY MODIFICARÁ LA LEY DE COLEGIOS PROFESIONALES EN LO REFERENTE A LOS ACUERDOS TELEMÁTICOS


Un Proyecto de Ley sobre medidas de la Administración de Justicia introduce una modificación de la Ley de Colegios Profesionales que da soporte y robustez legal a los acuerdos telemáticos. El texto, remitido al Senado para que concluya su tramitación y sea aprobado definitivamente, se puede consultar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.

En el marco de Proyecto de Ley de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia (procedente del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril) presentado por el Gobierno el 13 de mayo de 2020, el proceso de enmiendas fue aprovechado por el Grupo Parlamentario Ciudadanos (enmienda 121) y el Grupo Parlamentario Plural (enmienda 178) para introducir modificaciones en la Ley de Colegios Profesionales destinadas a dar una habilitación legal para la celebración de las reuniones de los órganos de gobierno colegiales por vía telemática.


Finalmente, tras su aprobación por amplia mayoría en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados el pasado martes 21 de julio, el texto será remitido al Senado para que concluya su tramitación y sea aprobado definitivamente, introduciendo la enmienda de Ciudadanos que adiciona el siguiente texto para la modificación de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales:


«Disposición adicional sexta. Sesiones telemáticas.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, todos los órganos colegiados de las corporaciones colegiales se podrán constituir, convocar, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos y remitir actas tanto de forma presencial como a distancia, salvo que su reglamento interno recoja expresa y excepcionalmente lo contrario. En todo caso, estas previsiones podrán ser desarrolladas por los correspondientes reglamentos de régimen interno o normas estatutarias.»


Hasta su definitiva aprobación y publicación en el Boletín Oficial del Estado, se puede consultar el Proyecto de Ley remitido al Senado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales del día 22 de julio de 2020.


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