La regulación profesional, bajo aviso del Congreso: sin equiparaciones y respetando a las CCAA
- Consejo COLEF
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LA LEY DE REGULACIĆN PROFESIONAL EN EL DEPORTE, BAJO AVISO DEL CONGRESO: SIN EQUIPARACIONES Y RESPETANDO A LAS CCAA
El Congreso de los Diputados ha vuelto a interpelar al Gobierno sobre la ley de regulación profesional en el deporte durante la comparecencia de la ministra en Comisión. EH Bildu ha puesto el foco en dos cuestiones clave: el respeto a las competencias autonómicas y la configuración de la profesión de educadora o educador fĆsico deportivo como profesión titulada y colegiada de acceso universitario. El debate retoma el marco fijado en 2024 y cuestiona la equiparación entre el Grado universitario en CAFyD y las titulaciones de Formación Profesional planteada por el Ministerio en el primer semestre de 2025.
La regulación del ejercicio profesional en el deporte ha regresado al centro del debate parlamentario. Lo ha hecho en una sesión de la Comisión de Educación, Formación Profesional y Deportes en la que comparecĆa la ministra, Milagros Tolón, y en la que distintos grupos interpelaron directamente al Gobierno sobre una norma que acumula retraso y sobre cuyo enfoque siguen existiendo cuestiones de fondo sin resolver.
Durante la comparecencia, el diputado Javier Merino (PP)Ā recordó el compromiso adquirido por EspaƱa con la Unión Europea para desarrollar la ley. Por su parte, la diputada Marije Fullaondo (EH Bildu)Ā centró el debate en los elementos sustantivos de la regulación, con una intervención especialmente precisa desde el punto de vista jurĆdico.
Fullaondo partió de un marco claro. Por un lado, la disposición final sexta de la Ley 39/2022, del Deporte, que fijó un plazo āya superadoā para regular las profesiones del deporte, seƱalando ademĆ”s la configuración de la profesión de educadora o educador fĆsico deportivo como profesión titulada y colegiada de acceso universitario. Por otro, el acuerdo adoptado por el propio Congreso en junio de 2024 mediante una Proposición no de Ley, que estableció que esta regulación debĆa limitarse a las profesiones tituladas y respetar tanto las competencias autonómicas como el desarrollo normativo existente.
A partir de ese marco, la diputada planteó los principales problemas del Ćŗltimo planteamiento conocido del Anteproyecto. En particular, advirtió de la incongruencia de equiparar el Grado en Ciencias de la Actividad FĆsica y del Deporte con los tĆtulos de Formación Profesional de grado superior āen concreto, TSEAS y TSAFā dentro de una misma profesión.
Asimismo, puso de relieve la contradicción que supondrĆa configurar profesiones tituladas en el Ć”mbito de la Formación Profesional sin integrar adecuadamente a los certificados de profesionalidad, que comparten ese mismo espacio de cualificación.
Pero fue en su repregunta donde situó con mayor claridad el nĆŗcleo del debate, interpelando directamente a la ministra: Ā«Hay un Ć”mbito āel de la Formación Profesional y los certificadosā que las comunidades autónomas ya estĆ”n regulando con normalidad, y otro ācomo por ejemplo el de la profesión universitaria de educador fĆsico deportivoā que sĆ requiere desarrollo estatal. ĀæVa el Gobierno a respetar esa distinción o pretende difuminarla?Ā».
La cuestión planteada no es menor. Introduce una distinción esencial desde el punto de vista jurĆdico y competencial entre lo que corresponde ordenar al Estado āel Ć”mbito de las profesiones tituladasā y lo que ya estĆ”n desarrollando las comunidades autónomas en el ejercicio de sus competencias. En este sentido, conviene recordar que en la actualidad diez comunidades autónomasĀ cuentan con leyes de ordenación del ejercicio profesional en el deporte. No se parte, por tanto, de un vacĆo normativo, sino de una tendencia legislativa consolidada.
La respuesta de la ministra Milagros TolónĀ se limitó a seƱalar que existe una vĆa de diĆ”logo abierta con el sector, las comunidades autónomas y los grupos parlamentarios para que la ley salga adelante. Sin embargo, no concretó si el Gobierno va a respetar la diferenciación entre niveles formativos ni cómo va a encajar el desarrollo autonómico existente, que fueron precisamente las cuestiones planteadas en la Comisión.
Este contexto adquiere mayor relevancia si se tiene en cuenta que, en mayo de 2025, el Ministerio intentó elevar al Consejo de Ministros un Anteproyecto que incluĆa expresamente la equiparación de una titulación universitaria con los tĆtulos de Formación Profesional de grado superior dentro de una misma profesión. Aquel planteamiento fue finalmente frenado, y desde entonces no se han producido avances pĆŗblicos significativos.
Lo ocurrido en esta sesión confirma que el Congreso no solo sigue pendiente de esta norma, sino que estĆ” marcando con claridad los lĆmites dentro de los cuales debe desarrollarse. La futura ley deberĆ”, necesariamente, respetar el marco competencial, atender al desarrollo autonómico y consolidar la profesión de educadora o educador fĆsico deportivo como profesión titulada, colegiada y de acceso universitario.
Porque la cuestión ya no es Ćŗnicamente cuĆ”ndo se aprobarĆ” la ley, sino si esta serĆ” capaz de ordenar el sector con coherencia jurĆdica y con respeto a la realidad existente. El Congreso ha vuelto a recordarlo. Ahora corresponde al Gobierno dar respuesta.
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