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ā€œQueda por delante el firme compromiso de los/as profesionales, en el caso de los/as educadores/as f

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    Consejo COLEF
  • 28 jun 2019
  • 6 Min. de lectura

DƍA DEL ORGULLO LGTBI+:

EN LA EDUCACIƓN FƍSICA Y EL DEPORTE TODAVƍA QUEDA CAMINO POR RECORRER


Artículo de opinión, por la Dra. Dña. Carlota Díez Rico, col. 52.838, Coordinadora Intercolegial del Consejo COLEF.


El pasado aƱo, con motivo del DĆ­a Internacional del Orgullo LGTBI+, el Consejo COLEF publicó el ā€œManifiesto por un deporte mĆ”s inclusivo con los colectivos LGTBI+ā€, en conjunto con la Agrupación Deportiva IbĆ©rica LGTB. Este documento seƱalaba 9 puntos necesarios para que el sector de la Educación FĆ­sica y el Deporte sea un lugar seguro para la diversidad de identidades y expresiones de gĆ©nero y orientaciones sexuales, partiendo del compromiso de todas las personas profesionales.


Este aƱo, en los dĆ­as previos a esta fecha tan seƱalada, el Consejo COLEF ha vuelto a recordar este Manifiesto que sigue siendo inclusive mĆ”s necesario cuando los derechos fundamentales de las personas pertenecientes a estos colectivos estĆ”n siendo vulnerados de forma flagrante tambiĆ©n en EspaƱa, el que se supone como uno de los paĆ­ses en el que las personas LGTBI+ estĆ”n mĆ”s ā€œaceptadasā€. Las cifras de los delitos de odio y las noticias sobre agresiones estĆ”n ahĆ­ para toparnos de bruces con la realidad.


BREVE RESEƑA HISTƓRICA


Antes de reflexionar sobre los colectivos LGTBI+ en el deporte, es necesario hacer una breve nota para aquellos que desconozcan por quĆ© se celebra el DĆ­a Internacional del Orgullo LGTBI+. Hace hoy exactamente 50 aƱos, el 28 de junio de 1969, de los ā€œdisturbios de Stonewallā€, una serie de manifestaciones espontĆ”neas en protesta contra una redada policial que se habĆ­a producido la madrugada de ese dĆ­a, como era habitual, en el pub Stonewall Inn, el Ćŗnico bar para personas transexuales, travestis y transgĆ©nero de la ciudad de Nueva York en aquel momento. Un aƱo despuĆ©s, esta protesta contra la represión y pidiendo un trato digno como seres humanos, se conmemoró con la primera marcha del Orgullo.


ĀæPor quĆ© ā€œorgulloā€? No se trata de estar orgullosos de la identidad o expresión de gĆ©nero o de la orientación sexual, sino de la valentĆ­a para ser visibles y solicitar tener los mismos derechos que el resto de colectivos, para luchar por que pertenecer a los colectivos LGTBI+ no se considere un delito (segĆŗn datos de AmnistĆ­a Internacional, tener relaciones sexuales con una persona del mismo sexo actualmente es ilegal en 70 paĆ­ses, en algunos pueden condenarte con cadena perpetua, y en 9 de ellos con pena de muerte) o un condición por la que poder ser discriminado.


TrasladĆ”ndonos a EspaƱa, cuando se celebró aquella primera marcha en Nueva York, la Ley 16/1970, de 4 de agosto, sobre Peligrosidad y Rehabilitación Social decĆ­a que ā€œserĆ”n declarados en estado peligroso, y se les aplicarĆ”n las correspondientes medidas de seguridad y rehabilitación [...] los que realicen actos de homosexualidadā€. Hasta 1978 este precepto no desapareció, aunque hasta 1981 las personas trans siguieron yendo a la cĆ”rcel por realizarse cirugĆ­a genital. En 2005 en EspaƱa se produjo un gran avance, la aprobación del matrimonio igualitario, que no solo supuso un paso legal, sino que en mĆ”s de una dĆ©cada se ha configurado como una medida bĆ”sica para la visibilidad de los colectivos LGTBI+.


LOS COLECTIVOS LGTBI+ EN LA EDUCACIƓN FƍSICA Y EL DEPORTE


Ahora bien, en la Educación Física y el Deporte todavía queda camino por recorrer, y de hecho existe tanta conciencia a nivel mundial al respecto de este Ômbito que el 19 de febrero de cada año se celebra el Día Internacional contra la LGTBI+fobia en el Deporte.


Los titulares relacionados con el deporte muestran una sociedad que todavĆ­a discrimina a gais, lesbianas, transexuales, bisexuales, etc. y emplea esta realidad como motivo de insulto:


Por otra parte uno de los datos mÔs destacados por las Asociaciones LGTBI+ es que en La Liga de fútbol profesional no hay ningún jugador que haya declarado públicamente una orientación sexual diferente a la heteronormativa. Existe escasa visibilidad LGTBI+ en el Ômbito federativo, especialmente en los deportes que mÔs espectadores reúnen. Espectadores, deportistas, profesionales y técnicos generan un ambiente hostil, provocando situaciones como esta:


No se trata solo de la violencia ejercida hacia los colectivos LGTBI+, sino tambiƩn de asociar el deporte a determinadas expresiones de gƩnero, provocando asƭ barreras psicosociales hacia la prƔctica fƭsico-deportiva de determinados colectivos, en este caso de las mujeres.


El error de asociar deporte y masculinidad mediatiza las creencias de niños y adolescentes con respecto a la prÔctica deportiva y pone en peligro los aprendizajes humanísticos del deporte base y escolar. Las expresiones de género, los roles asumidos por la sociedad para un género u otro, no deben tener cabida en relación a la Educación Física y el Deporte. No pueden seguir leyéndose noticias con titulares como este:


Pero la violencia también puede ejercerse desde la instituciones y la forma que tienen de articular sus normas. En el Ômbito del deporte competición la regla de la testosterona no se adecua a la conceptualización de identidad de género, y de cualquier manera establece una forma binaria de clasificación.


En los Ômbitos del deporte con otros fines diferentes al competitivo (salud, recreación, educación, etc.) instalaciones y profesionales no contemplan las necesidades de las personas transexuales e intersexuales, por ejemplo en cuanto al uso de vestuarios, y especialmente en los procesos de transición de transexualidad.


En relación a la enseñanza de la Educación Física el 64,5% del alumnado de Secundaria en las clases de Educación Física ha sido testigo de comportamientos homofóbicos entre estudiantes y un 33% los ha sufrido en primera persona en alguna ocasión, incluso siendo heterosexuales (Piedra de la Cuadra, Rodríguez SÔnchez, Ries y Ramírez Macías, 2013).


¿CuÔl es la solución a todo este problema social e institucional?


En el deporte hace aƱos se crearon asociaciones, clubes, federaciones, ligas, etc. para personas de los colectivos LGTBI+ como medida para generar espacios seguros para la prĆ”ctica deportiva. Como ejemplo de ello podemos nombrar a nivel internacional la Federation of Gay Games o la International Gay and Lesbian Football Association, aunque EspaƱa tambiĆ©n hay diversos ejemplos. Si bien es cierto que estas entidades han realizado y estĆ”n realizando una importante labor en lugares donde la ā€œaceptaciónā€ a los colectivos LGTBI+ es muy baja, el Dictamen del ComitĆ© de las Regiones sobre el tema Ā«Igualdad de oportunidades y deporteĀ» (2007) considera que ā€œocultar y segregar no puede ser una solución a largo plazo: el objetivo ha de ser que todos los hombres y todas las mujeres puedan acudir a todos los clubes deportivos, con independencia de su orientación sexualā€.


Por otra parte, se debe considerar la hipótesis de que muchas mujeres lesbianas han encontrado como factor motivacional para la prÔctica deportiva, especialmente en deportes de equipo, la posibilidad de vivir su orientación sexual de forma libre dentro de un grupo. Podríamos reflexionar si una de las razones se debe a la asociación del deporte con las masculinidades y, por tanto, la adhesión de las mujeres lesbianas que utilizaban roles y expresiones de género de lo que se consideraba propio de los hombres asumiéndolo como parte de su identidad lésbica. El deporte como reclamo para encontrar un lugar seguro donde mostrar la orientación sexual de forma segura es posible que haya jugado su función social con las lesbianas.


La legislación tambiĆ©n intenta poner freno a las situaciones de violencia y discriminación. A nivel estatal, en el Ć”mbito del deporte, la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte integra la intolerancia como el ā€œcajón de sastreā€ para una gran variedad de realidad que sufren discriminación, independientemente si los delitos de odio por ello son mayoritarios o no en el deporte. En cuanto a los colectivos LGTBI+, solo contempla de forma especĆ­fica la discriminación por orientación sexual.


A nivel autonómico, de las 17 leyes del deporte, solo 5 hacen referencia directa a alguno de los colectivos LGTBI+. También algunas leyes de regulación del ejercicio profesional en el deporte contemplan como derecho de los consumidores, usuarios y deportistas la igualdad de trato independientemente de la identidad de género o la orientación sexual.


El deporte, al ser un concepto transversal, también se aborda en varias de las leyes específicas sobre los colectivos LGTBI+ de las diferentes Comunidades Autónomas. En todas en las que se menciona el deporte se habla de la promoción e inclusión de los colectivos LGTBI+, abordando la no discriminación y la lucha contra la LGTBI+fobia. En algunas se habla de la formación adecuada de los profesionales y técnicos para poder abordar cualquier situación de discriminación de estos colectivos. Las mÔs avanzadas contemplan cuestiones relacionadas con el acceso a competiciones deportivas en relación a la identidad de género, e incluso la necesaria adaptación de aseos y vestuarios.


Ahora bien, lo que queda por delante es el firme compromiso de los/as profesionales, en el caso de los/as educadores/as físico deportivos/as cumpliendo la deontología de la profesión, para conseguir la plena inclusión de los colectivos LGTBI+.


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