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Foto del escritorConsejo COLEF

La organización colegial de la Educación Física y Deportiva aprueba sus nuevos Estatutos Generales,


EL PLENO DEL CONSEJO COLEF DA LUZ VERDE A LOS NUEVOS ESTATUTOS GENERALES


El pasado 23 de marzo de 2019, en el marco del 89º Pleno Ordinario del Consejo COLEF celebrado en Toledo, se trató uno de los asuntos más relevantes para la reconstrucción jurídica de la organización colegial: los nuevos Estatutos Generales.


Hace 10 años, en virtud de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, el Consejo General debía realizar modificaciones estatutarias para el cumplimiento legislativo. En junio de 2010 se presentó al Ministerio una versión de Estatutos que había sido aprobada en el Pleno de Cáceres, 2009.


Después de varios años la organización colegial se encontraba en la misma situación, dependiendo de una normativa sin actualizar de 1978 y 1981, además de los cambios de denominación de 1983 y 1999. Así pues, se configuró un Grupo de Trabajo Estatutario que en 2018 inició su actividad. En el 87º Pleno celebrado en Oviedo en marzo de 2018 ya había una primera versión de Estatutos Generales, que no fue presentada en sede plenaria al no ser aprobada la denominación.


Meses más tarde, en el siguiente Pleno celebrado en Las Palmas de Gran Canaria en noviembre de 2018 se presentó el proyecto de Estatutos, pero no se sometió a votación, considerando que era necesario un nuevo proceso de enmiendas, estableciendo una temporización exhaustiva de trabajos y trámites. Además, uno de los acuerdos fundamentales al que se llegó en ese momento con respecto a los Estatutos fue “blindar” la profesión, es decir, que el acceso a la colegiación estuviese limitada a Licenciados en Educación Física, Licenciados y Graduados en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte y Graduados en Ciencias del Deporte.


Desde entonces hasta el 89º Pleno Ordinario (Toledo, marzo de 2019) se ha realizado un total de tres periodos de enmiendas que han permitido a todos los miembros plenarios, y por tanto a los COLEF, realizar tantas sugerencias como creyeran convenientes. De las 43 enmiendas realizadas en tiempo y forma, el 55,81% fueron aprobadas, el 23,26% pospuestas y el 20,93% no aprobadas.


Más del 80% de los votos emitidos, el 23 de marzo de 2019 en el 89º Pleno Ordinario de Toledo, fueron a favor de estos Estatutos Generales. De cualquier forma, la aprobación del texto en sede plenaria está supeditada a que si durante la tramitación se tuviese que realizar cualquier cambio en la denominación de la profesión o composición del Colegio o competencias profesionales o ámbitos de ejercicio profesional o cualquier otra cuestión sustancial por contenidos, supondría una nueva revisión del texto y un nuevo proceso de aprobación por mayoría cualificada.


¿Qué contenido se destaca de este nuevo Estatuto General?

  • Define la profesión de los/as educadores/as físico deportivos/as y sus actos profesionales.

  • Establece con claridad los requisitos de acceso.

  • Indica los servicios profesionales a la ciudadanía y la digitalización de los mismos.

  • Enumera los derechos y deberes de las personas colegiadas.

  • Regula el ejercicio profesional bajo forma societaria.

  • Establece un régimen de responsabilidades de las personas colegiadas en el ejercicio de la profesión y el procedimiento disciplinario asociado.

  • Indica la organización general de los COLEF.

  • Introduce la figura de los Consejos Autonómicos, en previsión de una posible creación.

  • Establece la organización y funcionamiento del Consejo General y sus órganos de gobierno.


Ahora el Consejo COLEF tramitará la propuesta de Estatutos Generales con el Ministerio competente, que será quien resolverá cualquier cuestión jurídica o técnica que deba ser solventada previa a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Según el Informe sobre la actualización de los estatutos de las profesiones a la normativa vigente de Unión Profesional, la tramitación ministerial podría demorarse aproximadamente 4 años.


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