El dĆa en que la profesión comenzó a organizarse como la Organización Colegial que hoy conocemos
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EL DĆA EN QUE LA PROFESIĆN COMENZĆ A ORGANIZARSE COMO LA ORGANIZACIĆN COLEGIAL QUE HOY CONOCEMOS
Hoy se cumplen 45 años de la aprobación del Real Decreto 2353/1981, la norma que dio origen a la Organización Colegial tal y como hoy la conocemos. A partir de la transformación del antiguo colegio único estatal en una estructura integrada por colegios territoriales y un Consejo General, comenzó a construirse el modelo de representación profesional que continúa vigente. Este aniversario invita a recordar un hito decisivo en la historia de la profesión y a reflexionar sobre el valor de una organización democrÔtica, unida y al servicio del interés general.
El 13 de julio de 1981, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 2353/1981, por el que se constituĆan los Colegios Oficiales de Profesores de Educación FĆsica de CataluƱa y del PaĆs Vasco y, simultĆ”neamente, se creaba el Consejo General de Colegios de Profesores de Educación FĆsica de EspaƱa. Aunque la norma no se publicó en el BoletĆn Oficial del Estado hasta el 22 de octubre de ese mismo aƱo, aquella decisión supuso mucho mĆ”s que una reorganización administrativa: marcó el nacimiento de la Organización Colegial tal y como hoy la conocemos.Ā
Con frecuencia se identifica este Real Decreto únicamente con la creación del Consejo General. Sin embargo, su verdadera trascendencia reside en haber transformado un modelo basado en un único colegio estatal en una organización colegial adaptada a la nueva realidad territorial surgida tras la Constitución Española de 1978. El Consejo General no nació como una estructura superpuesta a los colegios, sino como la consecuencia natural de su evolución. A partir del momento en que comenzaron a constituirse colegios de Ômbito territorial propio, resultó imprescindible dotar a la profesión de un órgano común de coordinación, representación y defensa de sus intereses generales.
Cuarenta y cinco años después, aquella arquitectura institucional continúa siendo la base sobre la que se articula la representación de la profesión en España.
DE UN COLEGIO ĆNICO A UNA ORGANIZACIĆN COLEGIAL
Para comprender el alcance del Real Decreto de 1981 es necesario retroceder algunas dĆ©cadas. El Colegio Oficial de Profesores de Educación FĆsica habĆa sido creado en 1948 y, tras la aprobación de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, adaptó su naturaleza jurĆdica mediante los Estatutos aprobados por el Real Decreto 2957/1978, de 3 de noviembre, convirtiĆ©ndose en una corporación de derecho pĆŗblico.
No obstante, la organización seguĆa respondiendo a un modelo unitario. ExistĆa un Ćŗnico colegio de Ć”mbito estatal, apoyado en delegaciones provinciales, pero no una red de colegios territoriales con personalidad jurĆdica propia. Los propios Estatutos de 1978 ya contemplaban la posibilidad de crear colegios de Ć”mbito territorial reducido y preveĆan que, cuando ello ocurriera, se propusiera simultĆ”neamente la constitución de un Consejo General que garantizara la unidad institucional de la profesión. Precisamente asĆ lo recuerda el preĆ”mbulo del Real Decreto 2353/1981.Ā
La aprobación de la Constitución y el desarrollo del Estado de las AutonomĆas aceleraron ese proceso. El Real Decreto de 1981 materializó la segregación de los colegios de CataluƱa y del PaĆs Vasco, redefinió el entonces Colegio Oficial Central y creó el Consejo General de Colegios de Profesores de Educación FĆsica de EspaƱa como órgano superior de representación y coordinación de toda la profesión.Ā
Aquella decisión no suponĆa el final de un proceso, sino su verdadero comienzo. A partir de ese momento se abrió el camino para la creación progresiva de los colegios oficiales de Ć”mbito autonómico hasta conformar la Organización Colegial integrada actualmente por diecisiete colegios oficiales y un Consejo General de carĆ”cter estatal.
UNA ORGANIZACIĆN CONCEBIDA PARA SERVIR A LA PROFESIĆN
El Reglamento provisional incorporado como anexo al Real Decreto permite apreciar con claridad la visión de futuro de quienes impulsaron aquella transformación. Desde su origen, el Consejo General fue concebido como el órgano encargado de coordinar la actuación de los colegios, representar a la profesión ante las instituciones del Estado, elaborar los futuros Estatutos Generales, informar los proyectos normativos que afectasen al ejercicio profesional, promover el desarrollo cientĆfico y pedagógico de la profesión y velar por su prestigio, combatiendo el intrusismo profesional.Ā
Llama especialmente la atención comprobar cómo aquellas funciones continĆŗan definiendo hoy la actividad cotidiana del Consejo COLEF. La interlocución institucional con las administraciones pĆŗblicas, la participación en la elaboración de normas, la coordinación entre los colegios oficiales, la defensa del ejercicio profesional o la promoción del conocimiento cientĆfico siguen constituyendo los pilares fundamentales de la Organización Colegial.
Ello demuestra que, mĆ”s allĆ” de los cambios organizativos o de la evolución de la sociedad, la finalidad esencial de la Organización Colegial permanece inalterada: representar a la profesión y contribuir, desde el conocimiento cientĆfico, a la protección del interĆ©s general.
UNA ORGANIZACIĆN CONSTRUIDA DESDE LA DEMOCRACIA PROFESIONAL
Uno de los aspectos mĆ”s valiosos del modelo diseƱado en 1981 es, probablemente, tambiĆ©n uno de los menos conocidos. El Reglamento provisional configuró una organización basada en la representación democrĆ”tica de la propia profesión. El Pleno del Consejo General quedó integrado por las presidencias de los colegios y por vocalĆas designadas por estos, correspondiendo al propio Pleno la elección de la presidencia, la secretarĆa y la tesorerĆa del Consejo General.Ā
Esta forma de gobierno constituye uno de los principales rasgos distintivos de las corporaciones colegiales. La representación institucional no emana de un nombramiento realizado por la Administración ni responde a intereses privados o asociativos, sino al mandato conferido por las personas colegiadas mediante los procesos electorales celebrados en cada colegio oficial. Es esa cadena de legitimidad democrĆ”tica la que permite que la Organización Colegial represente institucionalmente a toda la profesión y actĆŗe en defensa tanto de sus intereses legĆtimos como del interĆ©s general al que sirven las profesiones colegiadas.
En un momento histórico en el que la participación y la transparencia adquieren una relevancia creciente en todas las instituciones, conviene recordar que la gobernanza democrÔtica forma parte del ADN de la Organización Colegial desde su mismo origen.
UN REGLAMENTO CONCEBIDO COMO PROVISIONAL... DURANTE CUARENTA Y CINCO AĆOS
Existe, sin embargo, una circunstancia que convierte al Real Decreto 2353/1981 en una norma singular dentro de nuestro ordenamiento jurĆdico. La disposición adicional primera establecĆa que el reciĆ©n creado Consejo General elaborarĆa unos Estatutos Generales para su aprobación por el Gobierno. Al mismo tiempo, la disposición transitoria primera disponĆa expresamente que el Reglamento incorporado al Real Decreto tendrĆa carĆ”cter provisional hasta la entrada en vigor de esos nuevos Estatutos.Ā
La realidad siguió un camino distinto. Han transcurrido cuarenta y cinco aƱos y la Organización Colegial continĆŗa rigiĆ©ndose formalmente por aquel Reglamento provisional, a pesar de los numerosos intentos del Consejo General para que el Gobierno por fin publicase unos Estatutos Generales. Se trata de una situación excepcional que pone de manifiesto tanto la necesidad de culminar el desarrollo estatutario previsto desde 1981 como la capacidad de la propia Organización para consolidarse institucionalmente sobre unas bases jurĆdicas concebidas para un contexto muy diferente del actual.
Lejos de quedar anclada en el pasado, la Organización Colegial ha continuado evolucionando durante estas dĆ©cadas. La creación sucesiva de los colegios oficiales autonómicos, el fortalecimiento de la coordinación institucional, la creciente presencia de la profesión enĀ diversos sectores, asĆ como la consolidación del conocimiento cientĆfico que sustenta el ejercicio profesional, reflejan una organización plenamente adaptada a las necesidades contemporĆ”neas sin haber perdido la esencia que inspiró su creación.
MIRANDO AL FUTURO SIN OLVIDAR LOS ORĆGENES
Desde 2019, la Organización Colegial trabaja en la aprobación de unos nuevos Estatutos Generales que sustituyan definitivamente al Reglamento provisional de 1981. Su proyecto se encuentra desde aƱos anclado en la fase final de su tramitación, a pesar de que la propia Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte incorporó en la disposición final sextaĀ un texto especĆfico para facilitar la culminación del proceso.
La futura aprobación de esos Estatutos permitirĆ” dotar a la Organización Colegial de un marco jurĆdico plenamente adaptado a la realidad institucional del siglo XXI, manteniendo intactos los principios que inspiraron su nacimiento: la unidad de la profesión, la coordinación entre los colegios oficiales, la representación democrĆ”tica y el compromiso con el interĆ©s general.
Cuarenta y cinco aƱos despuĆ©s, el Real Decreto 2353/1981 sigue siendo mucho mĆ”s que una referencia histórica. Representa el momento en que la profesión decidió organizarse territorialmente sin renunciar a una representación comĆŗn, fortaleciendo una estructura democrĆ”tica que, desde entonces, ha acompaƱado su desarrollo y ha contribuido a consolidar la presencia institucional de las educadoras y educadores fĆsico deportivos.
El Consejo COLEF se sostiene hoy sobre el compromiso de sus personas colegiadas y sobre el legado de quienes, generación tras generación, han contribuido a construir la Organización Colegial. Mantener vivo ese legado exige seguir ejerciendo el liderazgo con responsabilidad, vocación y orgullo, desde la acción y siempre al servicio de la profesión.
Cuantas mƔs personas estemos colegiadas, mƔs se escucharƔn nuestras voces.
Es tu responsabilidad, es tu compromiso con la profesión y la sociedad.
Si todavĆa no te has colegiado, puedes hacerlo de forma fĆ”cil y sencilla a travĆ©s de la






