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COPLEF Madrid y el CFISIOMAD lanzan un comunicado conjunto



LOS COLEGIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID DE LICENCIADOS EN EF Y EN CAFYD Y DE FISIOTERAPEUTAS LANZAN UN COMUNICADO CONJUNTO SOBRE LAS COMPETENCIAS DE AMBAS PROFESIONES


Ambos colegios invitan, recomiendan y apoyan el trabajo multidisciplinar entre profesionales, sin perjuicio de las funciones que, de acuerdo con su titulación específica corresponda desarrollar a cada profesional, ni de las que puedan desarrollar otras profesiones”.

COPLEF Madrid y el Colegio de Fisioterapeutas de Madrid lanzan un comunicado conjunto con el fin "de erradicar posibles situaciones de invasión de competencias, evitando el intrusismo profesional, fomentar buenas prácticas y/o trabajo multidisciplinar entre colegiados, así como aclarar términos legales referidos al ejercicio profesional de cada parte".


El Consejo General de la Educación Física y Deportiva se congratula de este hecho de uno de sus Colegios y espera poder sentarse pronto con el nuevo presidente del Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas, con el que se realizó un primer acercamiento la pasada semana en la Asamblea de Unión profesional, y así fomentar el entendimiento entre educadores/as físico deportivos/as y fisioterapeutas.


¡Excelente iniciativa de los Colegios de la Comunidad Autónoma de Madrid! Esperamos que traiga resultados exitosos y que el espíritu de concordia se extienda a otros territorios y al ámbito estatal.


¡Enhorabuena!


El Consejo General de la Educación Física y Deportiva (Consejo COLEF) se congratula de este hecho de uno de sus Colegios y espera pronto poderse sentar con el nuevo presidente del Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas, con el que se realizó un primer acercamiento la pasada semana en la Asamblea de Unión Profesional, y así fomentar el entendimiento entre educadores/as físico deportivos/as y fisioterapeutas.


 

TRANSCRIPCIÓN

COMUNICADO


Ilustre Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid y el Ilustre Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física y Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de la Comunidad de Madrid en relación con el EJERCICIO PROFESIONAL DE LA FISIOTERAPIA Y DE LAS PROFESIONES DEL DEPORTE


Es intención del Ilustre Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid y del Ilustre Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física y Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de la Comunidad de Madrid, transmitir un mensaje de acuerdo, consenso y respeto mutuo entre profesiones e instituciones.


De común acuerdo, y en las potestades de representación y ordenamiento de ambas profesiones en la Comunidad de Madrid, dirigen el siguiente comunicado a los colegiados y a las colegiadas con los objetivos de:


a) Aclarar términos referidos al ejercicio profesional.


b) Erradicar malas praxis profesionales, y fomentar buenas prácticas.


c) Evitar el intrusismo profesional y las acciones que lo fomentan.


d) Fomentar el trabajo MULTIDISCIPLINAR de ambas profesiones.


1.- Que la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias (LOPS), incluye la profesión de fisioterapeuta, atribuyéndole la función de la “prestación de los cuidados propios de su disciplina, a través de tratamientos con medios y agentes físicos, dirigidos a la recuperación y rehabilitación de personas con disfunciones o discapacidades somáticas, así como la prevención de las mismas”.


2.- Que la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, del ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid (LOPDCM), incluye la profesión del Preparador/a Físico/a como “todo aquel profesional del deporte que orienta su actividad profesional al asesoramiento, planificación, diseño, evaluación técnico-científica, desarrollo y ejecución de las actividades físico-deportivas y ejercicio físico orientado al mantenimiento, desarrollo, mejora, optimización y recuperación de la condición física y las capacidades coordinativas de las personas con el objetivo de mejorar su calidad de vida y su salud así como prevenir, reducir reeducar, readaptar y entrenar a aquellas con lesiones y patologías (diagnosticadas y/o prescritas por un médico), mediante actividades físico-deportivas y ejercicios físicos adecuados a sus características y necesidades”.


3.- Que las titulaciones y competencias a adquirir, que dan acceso a ambas profesiones con reserva de denominación y de actividad profesional, vienen reguladas en la Orden CIN/2135/2008 para el caso de los/as titulados/as en Fisioterapia, y en la Resolución de 18 de septiembre de 2018, de la Secretaría General de Universidades, para el caso de los titulados en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.


4.- Que como dos PROFESIONES diferentes que son, su ámbito de actuación de embarcarse en sus legislaciones respectivas, una de “profesiones sanitarias” y otra de “profesiones del deporte”.


5.- Que como dos TITULACIONES diferentes que son, deben aplicar los conocimientos y procedimientos que la ley le reconoce para conseguir los objetivos.


6.- Que si bien existe en la actualidad una diferenciación clara en la legislación de ambas profesiones como se acaba de exponer, existe un debate en torno a diferentes poblaciones, técnicas, materiales, etc. propias de cada una de ellas, siendo el objetivo y la aplicación de los conocimientos y competencias adquiridos en cada una de las respectivas titulaciones, quien determine la profesión que ha de ejercer.


7.- Que Fisioterapeutas y Preparadores/as Físicos/as deben evitar utilizar la legislación citada como vía de extralimitación de actividad profesional y oferta de servicios profesionales no propios de su título, pues tanto la legislación de profesiones sanitarias como la de profesiones del deporte prevén las sanciones correspondientes administrativas y, en su caso, penales.


8.- Que Ambos colegios invitan, recomiendan y apoyan en el trabajo MULTIDISCIPLINAR entre profesionales, sin perjuicio de las funciones que, de acuerdo con su titulación no competencia específica corresponda desarrollar a cada profesional, ni de las que puedan desarrollar otras profesiones.


9.- Que ambos colegios se emplazan a la resolver tantas cuestiones como puedan surgir de forma conjunta, desde el máximo respeto legislativo, institucional y competencial de cada una de las profesiones y colegios profesionales.


En Madrid, a 23 de diciembre de 2019.


Firmado por Rosa de Tapia Ortega, presidenta de COPLEF Madrid, y Aurora Araújo Narváez, presidenta de CFISIOMAD.

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