Preámbulo La Conferencia General de la UNESCO,
Recordando que en la Carta de las Naciones Unidas los pueblos proclamaron su fe en los derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor de la persona humana, y afirmaron estar resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida,
Recordando que, según lo dispuesto en la Declaración Universal de Derechos Humanos, toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en ella, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición,
Convencida de que una de las condiciones del ejercicio de los derechos humanos es que todas las personas dispongan de la libertad y la seguridad para desarrollar y preservar su bienestar y sus capacidades físicas, psicológicas y sociales,
Haciendo hincapié en que los recursos, el poder y la responsabilidad de la educación física, la actividad física y el deporte deben asignarse sin discriminación alguna, ya sea esta sexista o fundada en la edad o la discapacidad, o de cualquier otro tipo, a fin de superar la exclusión experimentada por los grupos vulnerable o marginados,
Reconociendo que la diversidad cultural de la educación física, la actividad física y el deporte pertenece al patrimonio inmaterial de la humanidad y comprende el juego físico, el esparcimiento, la danza, así como los deportes y juegos organizados, informales, competitivos, tradicionales e indígenas,
Reconociendo también que la educación física, la actividad física y el deporte pueden reportar diversos beneficios individuales y sociales, como la salud, el desarrollo social y económico, el empoderamiento de los jóvenes, la reconciliación y la paz,
Destacando que la oferta de educación física, actividad física y deporte de calidad es esencial para realizar plenamente su potencial de promoción de valores como el juego limpio, la igualdad, la probidad, la excelencia, el compromiso, la valentía, el trabajo en equipo, el respeto de las normas y las leyes, la lealtad, el respeto por sí mismo y por los demás participantes, el espíritu comunitario y la solidaridad, así como la diversión y la alegría,
Subrayando que para lograr que la educación física, la actividad física y el deporte sean de buena calidad todo el personal, tanto el profesional como el voluntario, debe tener acceso a una formación, una supervisión y un asesoramiento apropiados,
Subrayando asímismo ue las primeras experiencias de juego con los padres y cuidadores y una educación física de calidad son vías de acceso esenciales para que los niños adquieran las competencias, las actitudes, los valores, los conocimientos, la comprensión y el disfrute necesarios para participar a lo largo de toda la vida en la actividad física, el deporte y la sociedad en general,
Subrayando además que la educación física, la actividad física y el deporte deberían procurar promover vínculos más estrechos entre las personas, la solidaridad, el respeto y el entendimiento mutuos, así como el respeto de la integridad y la dignidad de todo ser humano,
Insistiendo en que una acción concertada y la cooperación entre las partes interesadas en todos los niveles son los requisitos previos para la protección de la integridad y los posibles beneficios de la educación física, la actividad física y el deporte frente a la discriminación, el racismo, la homofobia, el acoso y la intimidación, el dopaje, la manipulación, el entrenamiento excesivo de niños pequeños, la explotación sexual, la trata de personas, así como la violencia,
Consciente de que la educación física, la actividad física y el deporte pueden enriquecerse cuando se practican de modo responsable en el entorno natural, y que ello infunde respeto por los recursos de la Tierra y contribuye a poner empeño en conservarlos y utilizarlos para el mayor bien de la humanidad,
Proclama que esta Carta internacional pone la educación física, la actividad física y el deporte al servicio del desarrollo humano e insta a todos y en especial a los gobiernos, las organizaciones intergubernamentales, las organizaciones deportivas, las entidades no gubernamentales, los círculos empresariales, los medios de comunicación, los educadores, los investigadores, los profesionales y los voluntarios del deporte, los participantes y su personal de apoyo, los árbitros, las familias, así como los espectadores, a adherirse a esta Carta y difundirla a fin de que sus principios puedan convertirse en realidad para todos los seres humanos.
ARTICULADO
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Artículo 1. La práctica de la educación física, la actividad física y el deporte es un derecho fundamental para todos.
Artículo 2. La educación física, la actividad física y el deporte pueden reportar una amplia gama de beneficios a las personas, las comunidades y la sociedad en general.
Artículo 3. Todas las partes interesadas deben participar en la creación de una visión estratégica que determine las opciones y prioridades en materia de políticas.
Artículo 4. Los programas de educación física, actividad física y deporte deben suscitar una participación a lo largo de toda la vida.
Artículo 5. Todas las partes interesadas deben procurar que sus actividades sean económica, social y medioambientalmente sostenibles.
Artículo 6. La investigación, los datos empíricos y la evaluación son componentes indispensables para el desarrollo de la educación física, la actividad física y el deporte.
Artículo 7. Las actividades de enseñanza, entrenamiento y administración relacionadas con la educación física, la actividad física y el deporte deben encomendarse a un personal cualificado.
Artículo 8. Es indispensable que la educación física, la actividad física y el deporte dispongan de espacios, instalaciones y equipos adecuados.
Artículo 9. La seguridad y la gestión de los riesgos son condiciones necesarias para una oferta de calidad.
Artículo 10. La protección y promoción de la integridad y los valores éticos de la educación física, la actividad física y el deporte deben ser una preocupación permanente para todos.
Artículo 11. La educación física, la actividad física y el deporte pueden desempeñar un papel importante en la consecución de los objetivos relativos al desarrollo, la paz y las situaciones posteriores a conflictos o desastres.
Artículo 12. La cooperación internacional es un requisito previo para aumentar el alcance y los efectos de la educación física, la actividad física y el deporte.