A la consulta:
¿Que repercusiones tiene el llevar en mi coche como profesor a alumnos a una excursión? ¿Puedo negarme?.
Respuesta del profesional el 21 de octubre 2011:
1.- De acuerdo con la legislación educativa “las actividades complementarias y extraescolares tendrán carácter voluntario para alumnos y profesores”.
2.- Si tales actividades son voluntarias, no cabe duda que los profesores se pueden negar a participar en tales actividades.
3.- Incluso en el supuesto de que se pudiesen considerar obligatorias no existe disposición legal o reglamentaria que les obligue a llevar a los alumnos en sus vehículos particulares.
4.- Si se produce un accidente de tráfico llevando a los alumnos en vehículos particulares las posibilidades son innumerables. Por ejemplo:
a) Si el accidente se produce por culpa del profesor responderá él de los daños causados a los alumnos, sin perjuicio de que puedan concurrir otras responsabilidades (por ejemplo, del centro educativo). En ese caso, la cobertura del seguro es la del vehículo a motor, que cubre a todos los ocupantes, excepto al conductor.
b) Si el accidente se produce por culpa de otro conductor responderá éste de los daños causados a los alumnos.
c) Si el accidente se produce por culpa del mal estado de la calzada, deficiente señalización, funcionamiento ineadecuado de los semáforos, etcétera, habría que exigir la responsabilidad patrimonial por los daños causados por la Administración a los alumnos.

















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